El Documento Nacional de Identidad (DNI) es el único documento de identidad personal reconocido por el Estado peruano para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba presentarse. Es un documento público, personal e intransferible y constituye, además, el único título de derecho al sufragio de la persona a cuyo favor ha sido otorgado. Su expedición está a cargo del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).
A partir del 15 de julio de 2013, el RENIEC emite el DNI electrónico (DNI-e), [1] que sustituirá paulatinamente al DNI actual. [2] [3] El DNI electrónico está fabricado en policarbonato y tiene el formato de una tarjeta de crédito, siguiendo la norma ISO 7816. Cuenta con un chip basado en las tecnologías de firma electrónica , tarjeta inteligente y biometría , e incorpora inicialmente cuatro aplicaciones de software: la primera de identidad eMRTD ICAO , la segunda de firma digital PKI , la tercera de autenticación biométrica por huella dactilar Fingerprint Match-on-Card y una sala de tipo genérico que incluye dispositivos de almacenamiento de datos y contador. En junio de 2015, el DNI electrónico fue reconocido como el mejor documento de identidad de América Latina, durante la “ Conferencia Latinoamericana de Impresión de Alta Seguridad ” celebrada en Lima , que fue organizada por la firma británica Reconnaissance International, dedicada a la holografía, la moneda, la autenticación y la seguridad documental. [2] [4]
La vigencia del DNI es de ocho años, plazo al cual los ciudadanos tienen la obligación de realizar el respectivo trámite de renovación (en caso de ser necesario modificar algún dato, estos se tienen que realizar de forma obligatoria). Esto con el fin de mantener actualizados los datos en el registro civil . Sin embargo, cuando una persona renueva su DNI a los 70 años o más, éste ya no caducará, debido a que la persona lo renovó a una edad en la que ya no es obligatorio tener que acudir a votar en las elecciones ; sin embargo, se recomienda renovarlo en caso de modificar algún dato como estado civil (en caso de viudez o divorcio), cambio de domicilio o número de teléfono, etc.
En el Perú se han utilizado diversos sistemas y documentos con el fin de llevar el registro de su población. En un inicio, estos sistemas solo estaban pensados para la contabilización de nacimientos y defunciones , para luego volverse más complejos para registrar todos los actos civiles y dotar a la población de un documento de identidad. [5] [6]
Durante el Imperio Incaico, se intentó registrar todos los hechos de importancia para la sociedad, para lo cual se contabilizaban los nacimientos, las muertes y demás acontecimientos. Según el Inca Garcilaso de la Vega , los incas "utilizaban el entrelazado de cintas de colores y nudos" para confeccionar sus registros, a los que llamaba "quipus" y que estaban a cargo de un administrador inca, al que llamaban " Quipucamayoc ". Los registros incluían los nacimientos y las muertes de cada mes, los impuestos que pagaban al inca cada año, especificando cada hogar que lo hacía, así como la totalidad de personas que iban a la guerra y morían.
Durante el periodo colonial la Iglesia Católica cumplió las funciones registrales a través de las parroquias, rigiéndose por el Derecho Canónico . Mediante Real Orden del 21 de marzo de 1749 se ordenó la formación de actas mensuales de nacimientos, matrimonios y defunciones, encomendándose el cuidado y custodia de estos libros a las mismas parroquias .
Luego de producida la independencia del Perú , el Estado se hizo cargo de estas funciones, delegando en una primera fase esas responsabilidades en las prefecturas , subprefecturas y gobernaciones .
El 21 de junio de 1852 se promulgó el primer Código Civil del Perú en el que se crearon los Registros del Estado Civil , cuya gestión estaba a cargo de los gobernadores distritales . Por la Constitución de 1856 , los alcaldes provinciales y distritales son los encargados de administrar el registro.
En 1931 se creó en el Perú el Registro Electoral y por primera vez se entregó la Junta Electoral (JE) a los ciudadanos aptos para votar (hombres mayores de 21 años que supieran leer y escribir). También servía como cédula de identidad y fue la primera del país, pero su principal finalidad era electoral. [7]
En 1946 se creó el Registro Electoral Municipal (LEM). Este documento tenía la apariencia de un pequeño libro con tapa y contratapa y cuatro hojas interiores. El material del que estaba elaborado era papel simple. Entre las medidas de seguridad estaban la huella digital, la firma del registrador, la firma del inscrito y el sello del Registro Electoral Municipal.
En 1963 se creó el Cuaderno Electoral de 7 Dígitos, el cual era un documento de tres cuerpos. Este documento fue entregado durante el primer gobierno del presidente Fernando Belaunde Terry . El material en el que estaba elaborado este cuaderno era una cartulina dúplex fina de color blanco.
En 1978 se creó el Registro de Identidad para Analfabetos (RIA), pues antes de la aparición de este documento, los analfabetos no eran tomados en cuenta para ser identificados. Este documento era elaborado en cartulina simple de color rosa, y constaba de dos cuerpos. Entre las medidas de seguridad mencionamos el reverso con la inscripción en letras miniatura con el texto “Decreto Ley N° 22379”, sello y firma del registrador, la impresión de la huella dactilar, y el sello del Registro de Identificación del Jurado Nacional de Elecciones encima de la fotografía.
En 1984 se creó la Libreta Electoral de 8 Dígitos. El material que se siguió utilizando en estos años fue la cartulina delgada dúplex de color blanco a tres cuerpos. Entre sus medidas de seguridad se encontraba la inscripción en color salmón con letras en miniatura el texto “Jurado Nacional de Elecciones”, número del Acta Electoral en la portada, firma del inscripto, sello y firma del registrador, timbre del Jurado Nacional de Elecciones encima de fotografía y huella digital.
El actual Documento Nacional de Identificación (denominado DNI) creado en 1997 en su versión modificada en 2005
En 1993 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), organismo autónomo del Estado encargado de registrar los nacimientos, matrimonios, defunciones, divorcios y otros que modifiquen el estado civil. Posteriormente, en 1995, se creó el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales.
De 1996 a 1998 se creó el Registro Electoral Mecanizado (LEM), documento transitorio pero cuya información ya era digitada por medios informáticos, no existiendo datos que se ingresaran manualmente.
En 1997 se creó el Documento Nacional de Identidad (DNI) como documento de identidad personal en sustitución definitiva del Registro Electoral. Documento público, personal e intransferible. Su formato original fue el ISO ID-02 de 10 cm de ancho por 7 cm de largo y de un solo cuerpo. En 2005 se aprobó el formato ISO ID-01 similar al tamaño de una tarjeta de crédito de 8,54 cm de ancho por 5,4 cm de largo.
Con la creación del DNI se crea también el DNI de los menores cuya huella es de un color distinto al de los adultos. Las medidas son las mismas que para el DNI de adultos, salvo la falta de huella dactilar y firma escaneada que corresponde al adulto que la declara ante el RENIEC. Formato original ISO DNI-02, 10 cm de ancho por 7 cm de largo.
En el año 2005 se aprobó el formato ISP ID-01, de 8,54 cm de ancho por 5,4 cm de largo. El DNI de menores sirve para garantizar el acceso a servicios de salud, educación, alimentación y seguridad a los niños, niñas y adolescentes peruanos.
En 2013 se implementó el DNI Electrónico, un documento que cuenta con un chip y permite a los ciudadanos identificarse en internet y “realizar transacciones con el Estado desde cualquier punto de acceso a la red, por ejemplo, desde la comodidad de su casa”. Los jóvenes de 18 años que por primera vez tramiten su DNI serán los primeros en obtenerlo en su versión electrónica.
El DNI electrónico ofrece la posibilidad de firmar digitalmente documentos electrónicos y autenticar la identidad a través de la aplicación PKI. Para hacer uso de esta herramienta, el usuario deberá disponer de un lector de tarjetas conectado a un ordenador, y opcionalmente, de un lector de Huellas Dactilares o un lector Biométrico .
Para autentificar la identidad: El ciudadano ingresa a la página web de la institución pública. Si se requiere identificación, deberá introducir su DNI en el lector de tarjetas. La verificación se produce ingresando el PIN de autentificación (Número de Identificación Personal) o si cuenta con lector biométrico, la huella dactilar.
Para firmar electrónicamente: Para que el ciudadano pueda firmar digitalmente un formulario o documento electrónico, previamente deberá introducir su DNI en el lector de tarjetas, el sistema solicitará el PIN de firma, la tarjeta realizará la verificación, si es satisfactoria, se obtendrá el archivo firmado digitalmente.
El chip del DNI-e contendrá los certificados digitales que se muestran a continuación:
De forma similar al anterior DNI, el DNI-e contiene la siguiente información:
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