El Ministro de Justicia, Administración Pública, Consejos Provinciales, Gobierno Local y Trabajo es un nombramiento en el Gabinete de Sri Lanka .
La constitución define que es obligatorio que un ministro del gabinete sea nombrado Ministro de Justicia. De 1947 a 1970, según la sección 48 de la constitución, el Ministro de Justicia fue uno de los dos Ministros designados por el Senado de Ceilán , ya que dichos nombramientos han sido realizados por Abogados . [1] Sucedió al cargo de Secretario Jurídico de Ceilán que existió de 1932 a 1947.
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