En los sistemas democráticos los miembros del parlamento o congreso son elegidos por sufragio universal.
En algunos sistemas, además, se admite que sea a través de una iniciativa popular.
La ley ordinaria es votada según un procedimiento particular de la Asamblea nacional y del Senado.
Aunque la Constitución rija la confección, la aprobación y la utilización de las leyes ordinarias, a veces permite su ampliación.
En efecto, en Italia, no es raro que una ley ordinaria coadyuve a la construcción de la constitución.