En las mismas elecciones se elegirá un Vicegobernador quien será el reemplazante natural.» (Constitución de la Provincia de Tucumán, Artículo 87).
[3] «El Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en sus funciones y podrán ser reelectos por un período consecutivo.
El Vicegobernador, aun cuando hubiese completado dos períodos consecutivos como tal, podrá presentarse y ser elegido Gobernador y ser reelecto por un período consecutivo.
Si el Gobernador ha sido reelecto para un segundo período consecutivo no puede ser elegido nuevamente, sino con el intervalo de un período.
[4] «El Poder Legislativo será ejercido por un Cuerpo denominado Legislatura compuesto de cuarenta y nueve ciudadanos elegidos directamente por el pueblo de la Provincia.