Constitución de Yucatán de 1841

El Departamento de Yucatán se erige en estado libre e independiente; y en tal virtud, restablece la Constitución de 1824, con las reformas que un congreso general autorizado al efecto por los pueblos tenga a bien hacerle.El estado de Yucatán se declara independiente del gobierno de México, mientras que éste no vuelva al orden del régimen federal en los términos que establece el artículo 1o.Su contribución más importante, reconocida internacionalmente, e inmediata fue el Juicio de amparo.Además, estableció las siguientes figuras jurídica que constituyeron un regreso, aunque con un tinte más radical, a las ideas liberales que inspiraron la Constitución Federal de 1824: El principal autor del documento fue el jurista Manuel Crescencio Rejón, quien falleció en 1849, por lo que sus ideas y escritos sobre el amparo fueron retomados por Mariano Otero e incorporados al texto instructivo del Juicio de Amparo en la Constitución Política de la República Mexicana (1857).Artículo 7.- Son derechos de todo habitante del estado, sea nacional o extranjero: 1.No poder ser preso sino por decreto o mandamiento de juez competente, dado por escrito y firmado, ni aprehendido por disposición del Gobernador, sino en los términos indicados en las facultades de éste.Exceptuase el caso de delito infraganti, en el cual puede cualquiera prenderle, presentándole desde luego a su juez respectivo.No poder ser detenido sin expresa orden, dada y firmada por el juez competente que le aprehenda, ni pasar la detención de veinticuatro horas sin recibirle su declaración preparatoria, ni de cuarenta y ocho sin proveer auto motivado de su prisión.No poder tampoco permanecer preso, ni incomunicado, por más de seis días sin que se le reciba su confesión con cargos, ni podérsele volver a incomunicar después de practicada esta última diligencia.No poder ser juzgado por comisión, sino por el tribunal competente que establece la ley.No poder ser juzgado ni sentenciado por jueces establecidos, ni por leyes dictadas después del hecho que haya motivado el litigio o la formación de su causa.Poder adquirir bienes raíces, rústicos o urbanos, y dedicarse a cualquier ramo de la industria.Amparar en el goce de sus derechos a los que le pidan su protección contra las leyes y decretos de la legislatura que sean contrarias al texto literal de la constitución, o contra las providencias del gobernador, cuando en ellas se hubiesen infringido el código fundamental en los términos expresados, limitándose en ambos casos, a reparar el agravio en la parte en que la constitución hubiese sido violada.
La República de Yucatán y sus cinco entidades
En la Ciudadela de San Benito se firmó el Acta que antecedió al Acta de Independencia de Yucatán)
La bandera de la República de Yucatán tiene una estrella por cada una de sus entidades
Óleo de autor desconocido sobre la Guerra de Castas, pintado hacia 1850