El Valle de Arán se divide en seis circunscripciones, correspondientes a los seis tercios (terçons) históricos.
El Consejo General está integrado por 13 miembros, elegidos por cada una de estas circunscripciones de la siguiente manera: La elección directa de los consejeros generales, convocada por decreto autonómico, se realiza de acuerdo con la legislación electoral vigente, mediante listas cerradas y según el sistema D'Hondt.
El Consejo General de Arán tiene competencia plena en todo aquello que haga referencia al fomento y la enseñanza del aranés y de su cultura, de acuerdo con las normas de carácter general vigentes en toda Cataluña en el campo de la política lingüística y educativa.
Además, la Generalidad ha de ceder al Consejo General competencias y servicios al menos sobre las siguientes materias:[1] Además, le corresponden las facultades que la legislación de la Generalidad reconozca a las comarcas en relación con las actividades y servicios de competencia municipal, la asistencia a los municipios y la cooperación con estos, la planificación territorial y las actuaciones especiales de montaña.
El Consejo General ejerce también las competencias que le delega o le asigna la Administración de la Generalidad, de acuerdo con lo que establece la legislación del régimen local.