Agnación

La agnación o parentesco agnaticio, en Derecho romano, es el parentesco jurídico que se fundamenta en la potestad del pater familias y no supone, necesariamente, relación de sangre.

Por la adoptio o el matrimonio cum manus se crea la patria potestas mediante un negocio jurídico.

Conviene destacar que el parentesco agnaticio solo se transmite por vía de varón, per virilem sexum, siendo la mujer, en este sentido, finium familia.

Por otra parte, la muerte (a la que se equipara la pérdida de ciudadanía y la de la libertad) del pater no disuelve la agnación entre quienes fueron sus sometidos (la familia comune iure estaba conformada precisamente por todas las personas que habían estado sometidas a la potestad del pater fallecido), pero las personas libres que encontraban inmediatamente sometidos a su potestad pasan a constituir distintas familias, aunque sigan viviendo juntas.

Lo mismo ocurre con el que es emancipado, pues también este al hacerse independiente, tiene su propia familia.