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Sustancia económica

La sustancia económica es una doctrina de la legislación fiscal de los Estados Unidos según la cual una transacción debe tener tanto un propósito sustancial además de la reducción de la obligación tributaria como un efecto económico además del efecto tributario para calificar para cualquier beneficio fiscal. Esta doctrina es utilizada por el Servicio de Impuestos Internos para determinar si los refugios fiscales o las estrategias utilizadas para reducir la obligación tributaria se consideran "abusivas". [1] Según la doctrina, para que una transacción sea respetada, la transacción debe cambiar la posición económica del contribuyente de una "manera significativa" además de los efectos del impuesto a las ganancias federales, y el contribuyente debe haber tenido un "propósito sustancial" para realizar la transacción, además de los efectos del impuesto a las ganancias federales. [2]

La doctrina de la sustancia económica fue originalmente una doctrina de derecho consuetudinario. [3] La doctrina fue codificada en la subsección (o) de la sección 7701 del Código de Rentas Internas por la Ley de Reconciliación de Atención Médica y Educación de 2010. [ 4] [5]

Véase también

Referencias

  1. ^ La doctrina de la sustancia económica en el actual entorno de protección fiscal: Observaciones de Donald L. Korb, asesor jurídico principal del Servicio de Impuestos Internos
  2. ^ Véase la subsección (o) del 26 USC  § 7701.
  3. ^ Véase ACM Partnership v. Commissioner , 157 F.3d 231 (3rd Cir. 1998), afirmando 73 TCM (CCH) 2189 (1997), cert. denegado, 526 US 1017 (1999).
  4. ^ "El Obámetro: Exigir justificación económica para los cambios impositivos". PolitiFact .
  5. ^ Sec. 1409, Pub. L. No. 111-152, 124 Stat. 1029, 1067 (30 de marzo de 2010).

Lectura adicional