En derecho consuetudinario , se entiende por animal extraviado cualquier animal doméstico que se encuentre suelto o perdido, en particular si se desconoce su dueño. [1] En la mayoría de los casos, se trata de animales domésticos, no de mascotas.
En el derecho consuetudinario inglés primitivo, los animales extraviados eran confiscados al rey o al señor del feudo; en los estatutos modernos, se prevé la recogida de animales extraviados y la adquisición de un título sobre ellos o un gravamen por los gastos incurridos en su mantenimiento. Una persona que recoge un animal extraviado tiene una propiedad calificada sobre él, que se vuelve absoluta si el propietario no reclama el animal dentro del plazo legal. No importa si el animal se escapó por negligencia del propietario o por el acto ilícito de un tercero. Si el propietario recupera el animal extraviado, es responsable de los costos razonables de su mantenimiento. No se autoriza el uso de un animal extraviado durante el período de propiedad calificada, salvo para su propia conservación o para el beneficio del propietario. Algunos estatutos limitan el derecho a recoger animales extraviados a ciertas clases de personas, a ciertas estaciones o lugares, o a animales que requieren cuidados.
Cuando los funcionarios públicos, como el alguacil del condado , incautan animales callejeros, pueden venderlos en subasta para recuperar los costos de mantenimiento, y las ganancias, si las hay, se destinan al tesoro público. En algunos lugares, un animal de ganado macho sin castrar que ande suelto puede ser esterilizado a expensas del propietario.
En los Estados Unidos, es habitual que se exija que se presente un "Aviso de extravío" bajo juramento en una oficina local. El proceso suele tardar un tiempo determinado para permitir que el propietario de la propiedad recoja su propiedad. De lo contrario, el que la encuentra obtiene el título de propiedad.
Extraviados
1 Definición. No existe una definición estrictamente exacta de un animal extraviado en ninguna sentencia, pero de todas ellas se puede deducir lo siguiente: Un animal extraviado es un animal, por naturaleza domesticado y recuperable, que tiene un valor como propiedad generalmente reconocido por la ley, como una oveja, un buey, un cerdo o un caballo, que se encuentra vagando y cuyo dueño es desconocido. Los animales a los que la ley no les asigna ningún valor, como un perro o un gato, y los animales ferae naturae como un oso o un lobo, no pueden considerarse animales extraviados.
2 Derecho de confiscación. a. En el derecho consuetudinario El derecho de confiscación del título de propiedad de los terrenos extraviados se reconoce desde tiempos muy remotos. En el derecho consuetudinario, originalmente se confiscaban al rey como propietario general y señor supremo del suelo; y más tarde, lo más común era que pertenecieran al señor del feudo por concesión especial de la corona.
— De The American and English Encyclopaedia Law and Practice , 1910, vol. III, pág. 1030 [2]