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Sistema de La Haya de la OMPI

El Sistema de La Haya de la OMPI proporciona un mecanismo internacional para garantizar y gestionar derechos de diseño simultáneamente, en múltiples países y regiones, [1] a través de una solicitud presentada directamente ante la OMPI . [2] El registro internacional resultante proporciona a los propietarios de diseños el equivalente a un conjunto de registros nacionales o regionales. La gestión posterior de ese registro internacional –incluidas las modificaciones, actualizaciones y renovaciones– es un procedimiento de un solo paso a través de la OMPI. [3]

Cobertura geográfica

El Sistema de La Haya comprende 77 partes contratantes, que abarcan más de 90 países, incluidos todos los países de la Unión Europea (UE) y la Organización Africana de la Propiedad Intelectual (OAPI). Los usuarios del Sistema de La Haya pueden designar tantas o tantas partes contratantes como deseen al presentar una solicitud internacional.

De acuerdo con las reglas establecidas por el Arreglo de La Haya , [4] cualquier persona que sea nacional de –o que tenga un domicilio, residencia habitual o establecimiento industrial o comercial real y efectivo en– cualquiera de las partes contratantes del Sistema de La Haya (incluyendo cualquier país de la UE o de la OAPI) pueden utilizar el Sistema de La Haya. [5] No existe ningún requisito previo para presentar una solicitud de diseño nacional o regional. [3]

Historia

Los orígenes del Sistema de La Haya se remontan a 1925 y a la adopción del Arreglo de La Haya relativo al Depósito Internacional de Diseños Industriales . El Arreglo de La Haya fue revisado en 1934 (Acta de Londres) y nuevamente en 1960 (Acta de La Haya). Un Acta Adicional firmada en Mónaco en 1961 y una Acta Complementaria firmada en Estocolmo en 1967 (enmendada posteriormente en 1979) complementan el Arreglo de La Haya.

La Ley de Londres (1934) -congelada el 1 de enero de 2010- expiró el 18 de octubre de 2016. Ya no es posible presentar solicitudes internacionales en virtud de esta Ley. Sin embargo, actualmente todavía es posible renovar o modificar un registro internacional inscrito en virtud de esta Ley, hasta la fecha de duración máxima de protección prevista: quince años. Toda actividad en virtud de la Ley de Londres (1934) finalizará a más tardar el 31 de diciembre de 2024.

El Acta más reciente del Arreglo de La Haya es el Acta de Ginebra (1999), firmada el 2 de julio de 1999, que entró en vigor el 23 de diciembre de 2003. Tanto el Acta de Ginebra (1999) como el Acta de La Haya (1960), dos leyes independientes del Arreglo de La Haya – están en vigor. Las operaciones se llevan a cabo casi en su totalidad según el Acta de Ginebra (1999).

El Acta de Ginebra está abierta a todos los estados miembros de la OMPI y a cualquier organización intergubernamental (OIG) que tenga:

El Acta de Ginebra:

El Reglamento Común y las Instrucciones Administrativas complementan las dos Actas del Arreglo de La Haya que están en vigor.

Utilizando el Sistema de La Haya

Las solicitudes de diseños internacionales se presentan directamente a través de la OMPI, de acuerdo con los requisitos y procedimientos establecidos por el Arreglo de La Haya. El marco jurídico interno de cada parte contratante designada rige la protección de los diseños proporcionada por los registros internacionales resultantes.

El procedimiento del Sistema de La Haya

Presentación de una solicitud internacional

A través del Sistema de La Haya, los solicitantes presentan una solicitud internacional directamente ante la OMPI, en un idioma y pagando en una moneda (francos suizos). Pueden designar tantas partes contratantes del Sistema de La Haya como deseen, en función de sus mercados objetivo.

Una solicitud internacional puede incluir hasta 100 diseños diferentes, siempre que pertenezcan a la misma clase de la Clasificación de Locarno, la clasificación internacional utilizada para registrar diseños. [6] Una solicitud internacional debe contener al menos una reproducción (dibujo, fotografía u otra representación gráfica) de cada diseño incluido. Deberá designarse al menos una parte contratante.

Los solicitantes pueden presentar una solicitud internacional en línea utilizando eHague, el portal en línea del Sistema de La Haya para la protección internacional de diseños. Las solicitudes deben presentarse en inglés, francés o español, los idiomas oficiales del Sistema de La Haya. [7]

Los solicitantes pueden programar la publicación de sus diseños para que se ajusten a su estrategia comercial. La publicación estándar tiene lugar doce meses después de la fecha del registro internacional (normalmente la fecha de presentación, es decir, la fecha en que la OMPI recibió la solicitud). [3] Alternativamente, se puede solicitar la publicación inmediata o la publicación en el momento elegido dentro de los 30 meses siguientes a la fecha de presentación (o la fecha de prioridad más temprana), dependiendo de las leyes internas de las partes contratantes designadas individualmente. [8]

Examen de formalidad por parte de la OMPI

La OMPI verifica cada solicitud internacional para garantizar que cumple con los requisitos formales [9] (información necesaria para el solicitante/representante, calidad de las reproducciones, pago de tasas, etc.). [10]

Boletín de diseños internacionales

El Boletín de Diseños Internacionales, que se publica semanalmente, es la publicación oficial de registros internacionales del Sistema de La Haya y contiene todos los datos y reproducciones de los diseños cubiertos en esos registros. También proporciona detalles sobre renovaciones, decisiones y cambios relacionados con esos registros. Es la referencia de datos oficial para los titulares de registros internacionales, las oficinas de propiedad intelectual de las partes contratantes designadas y el público en general. [12]

Examen de fondo

Una vez que la OMPI haya publicado el registro internacional en el Boletín de Diseños Internacionales, la oficina de propiedad intelectual de cada parte contratante designada podrá realizar un examen sustantivo, comprobando, por ejemplo, la novedad del diseño.

Cada parte contratante tiene derecho a denegar los efectos del registro internacional dentro de su propio territorio, si no cumple los requisitos sustantivos de su propio derecho interno. Las denegaciones no pueden basarse en requisitos de formalidad. La denegación por una parte contratante se limita a su propio territorio y no afecta el registro internacional en otras jurisdicciones designadas . [13]

Cualquier denegación debe ser notificada a la OMPI dentro de los seis (o doce) meses siguientes a la fecha de publicación en el Boletín Internacional de Diseños. La OMPI informa al titular del registro, quien luego puede tomar medidas correctivas. Los titulares deben impugnar las denegaciones a nivel nacional, según los procedimientos establecidos por la oficina de propiedad intelectual de que se trate. [14]

A falta de denegación, la protección se considera concedida en una jurisdicción determinada, conforme a su legislación interna. Algunas oficinas de propiedad intelectual, aunque no están obligadas a hacerlo, emiten una declaración de concesión de protección una vez finalizado un examen sustantivo. Cuando un titular impugna con éxito una denegación, la oficina de propiedad intelectual de la parte contratante en cuestión debe retirar la denegación o emitir una Declaración de concesión de protección.

Gestión de registros internacionales

Los titulares pueden realizar cambios en sus registros internacionales, como actualizar los datos de contacto, realizar cambios en la titularidad, nombrar representantes y solicitar renuncia o limitación. Los registros internacionales se gestionan centralmente a través de la OMPI, lo que significa que los cambios se aplican automáticamente a todas las partes contratantes designadas, excepto en caso de limitación o renuncia. [15]

Los titulares realizan todos los cambios utilizando los formularios oficiales del Sistema de La Haya. La OMPI registra las modificaciones en el Registro Internacional y las publica en el Boletín de Diseños Internacionales. [15]

Renovación de registros internacionales

El período inicial de protección proporcionado por el Sistema de La Haya es de cinco años. Es posible renovar un registro internacional dos veces. Si la legislación de una parte contratante individual permite una duración más larga de la protección, esto también se aplica a los registros internacionales. [16] [17]

Los titulares pueden renovar sus registros en línea directamente a través de la plataforma eHague de la OMPI para tantos diseños incluidos y en tantas partes contratantes designadas como deseen. [18]

Estadísticas

datos de 2021

Los datos estadísticos publicados en 2022 muestran que el número de diseños contenidos en solicitudes internacionales creció un 20,8% en 2021 hasta alcanzar 22.480 diseños, el crecimiento más rápido desde 2010. Por quinto año consecutivo, Samsung Electronics (República de Corea) encabezó la lista de los principales declarantes. [19]

datos de 2020

Los datos estadísticos publicados en 2021 revelan que –con 5.792 solicitudes internacionales presentadas en 2020– el Sistema de La Haya mostró cierta resiliencia en 2021 frente a la COVID-19; sólo un 1,7% menos de solicitudes en comparación con el año anterior. [20]

La OMPI registró 6.795 registros internacionales en 2020, lo que representa un aumento del 34,8% con respecto a 2019.

En 2020, estaban en vigor unos 44.100 registros internacionales, que brindaban protección a aproximadamente 172.200 diseños. [21]

Referencias

  1. ^ "Acuerdo de La Haya relativo al Registro Internacional de Diseños Industriales" (PDF) .
  2. ^ "La Haya: el sistema internacional de diseños". www.wipo.int . Consultado el 31 de diciembre de 2021 .
  3. ^ abc "Servicios de La Haya: presentación de solicitudes y renovación de registros". www.wipo.int . Consultado el 31 de diciembre de 2021 .
  4. ^ "Reglamento común en virtud del Acta de 1999 y el Acta de 1960 del Arreglo de La Haya" (PDF) .
  5. ^ "OMPI Lex". wipolex.wipo.int . Consultado el 31 de diciembre de 2021 .
  6. ^ "Clasificación de Locarno". www.wipo.int . Consultado el 31 de diciembre de 2021 .
  7. ^ "eLa Haya". hague.wipo.int . Consultado el 31 de diciembre de 2021 .
  8. ^ "Perfiles de los miembros del Sistema de La Haya". www.wipo.int . Consultado el 31 de diciembre de 2021 .
  9. ^ "Orientación sobre la preparación y provisión de reproducciones a fin de prevenir posibles denegaciones por motivos de divulgación insuficiente de un diseño industrial por parte de las oficinas examinadoras" (PDF) . Junio ​​de 2020.
  10. ^ "Tasas y pagos - Sistema de La Haya". www.wipo.int . Consultado el 31 de diciembre de 2021 .
  11. ^ "Guía de La Haya para usuarios: contenido de la solicitud internacional". www.wipo.int . Consultado el 31 de diciembre de 2021 .
  12. ^ ab "Sistema de La Haya: en foco - Boletín internacional de diseños y modelos". www.wipo.int . Consultado el 2 de enero de 2022 .
  13. ^ "Guía de La Haya para usuarios: denegación de protección". www.wipo.int . Consultado el 2 de enero de 2022 .
  14. ^ "Perfiles de miembros del Sistema de La Haya". www.wipo.int . Consultado el 2 de enero de 2022 .
  15. ^ ab "Servicios del Sistema de La Haya: gestión de registros internacionales". www.wipo.int . Consultado el 2 de enero de 2022 .
  16. ^ "Sistema de La Haya: Declaraciones de las Partes Contratantes". www.wipo.int . Consultado el 2 de enero de 2022 .
  17. ^ "Publicaciones: Revisión anual de La Haya". www.wipo.int . Consultado el 2 de enero de 2022 .
  18. ^ "eLa Haya". hague.wipo.int . Consultado el 2 de enero de 2022 .
  19. ^ "Sistema de La Haya: publicación de nuevos datos estadísticos para 2021". www.wipo.int . Consultado el 2 de enero de 2022 .
  20. ^ "Centro de datos de estadísticas de propiedad intelectual de la OMPI". www3.wipo.int . Consultado el 2 de enero de 2022 .
  21. ^ "Gráficos interactivos: datos y cifras de propiedad intelectual". www.wipo.int . Consultado el 2 de enero de 2022 .