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Restricción de venta al por mayor

Las restricciones a la venta a granel —también conocidas como restricciones a la venta a granel , limitaciones a la forma final y limitaciones a la forma de dosificación— son, tal como se utiliza el término en la jurisprudencia antimonopolio de los Estados Unidos, cláusulas en las licencias de patentes que establecen que el licenciatario fabricará y venderá el producto licenciado solo en "forma farmacéutica terminada" o "forma de dosificación" (como tabletas, cápsulas y viales, la forma en que se administran los medicamentos a los humanos), no a granel. La forma a granel es la forma en que se fabrican los productos químicos de los medicamentos mediante procesos químicos o de otro tipo. Estas cláusulas se encuentran principalmente en las licencias de productos farmacéuticos y se utilizan para mantener los ingredientes activos de los medicamentos fuera del alcance de los fabricantes de genéricos y los reductores de precios.

Casos antimonopolio

La Corte Suprema de los Estados Unidos explicó en el caso Estados Unidos v. Glaxo Group Ltd. [1] la razón por la cual las compañías farmacéuticas buscan impedir las ventas a granel:

Las ventas a granel crearían una nueva competencia entre los mayoristas, al permitir que otras empresas convirtieran el medicamento a granel en formas de dosificación y lo vendieran a puntos de venta minoristas, y presumiblemente conducirían a reducciones de precios como resultado de las fuerzas competitivas normales. De hecho, hay pruebas sustanciales en el expediente que indican que otras compañías farmacéuticas no sólo habrían entrado en el mercado, si hubieran podido hacer compras a granel, sino que también habrían cobrado precios al por mayor sustancialmente más bajos por las formas de dosificación del medicamento. [2]

Además del caso Glaxo , otros casos antimonopolio en los que los tribunales estadounidenses han determinado que el uso de restricciones a las ventas a granel es ilegal según las leyes antimonopolio incluyen Estados Unidos contra CIBA Geigy Corp. [3] En ese caso, el Gobierno impugnó tanto las ventas de productos químicos farmacéuticos a granel como las licencias de fabricación, cada una con restricciones a las ventas a granel y limitaciones a la comercialización del fármaco en una combinación específica con otro fármaco (por ejemplo, la hidroclorotiazida patentada de Ciba más el meprobamato de Carter). El Gobierno tenía dos teorías jurídicas principales: (1) cada acuerdo era un "contrato, combinación o conspiración" en violación del artículo 1 de la Ley Sherman; (2) la "red" de acuerdos equivalía a una conspiración en forma de centro y radios . El tribunal de distrito determinó:

En este caso, la prueba ha demostrado una serie de acuerdos de suministro que limitan, en distintos grados, la gama de usos a los que el comprador tenía derecho a dar el material vendido. Aunque estos contratos se celebraron en un contexto vertical, de proveedor-comprador, en realidad estaban diseñados para limitar la competencia horizontal entre CIBA y sus compradores. Estos acuerdos son violaciones antimonopolio más perniciosas que las simples restricciones verticales, ya que, como resultado de ellos, "la actividad de cártel coexiste con el intento de controlar verticalmente la discreción del empresario independiente". Cuando se demuestra, como en este caso, que una restricción impuesta verticalmente tiene por objeto suprimir la competencia horizontal, el tribunal tratará el acuerdo como el equivalente de una restricción horizontal del comercio. [4]

Sin embargo, el tribunal de distrito sostuvo que la conspiración de los centros y los radios no tenía marco y, por lo tanto, no estaba probada. Es decir, la evidencia no mostraba comunicación entre los radios ni que estuvieran al tanto de la identidad o los actos de los demás. [5] El tribunal también rechazó la afirmación de que las licencias de fabricación violaban la Ley Sherman. Consideró que estaban protegidas por la doctrina general de las películas sonoras . [6]

Derecho comercial

En el derecho comercial, el término "venta en bloque" tiene un significado diferente. Se refiere a una venta "fuera del curso ordinario de los negocios" de una gran parte ("una parte importante") de los bienes de un comerciante (por ejemplo, más de la mitad) en existencia. Por lo general, el comprador debe registrar la notificación de la transacción para no ser responsable ante los acreedores del vendedor cuyas reclamaciones podrían verse frustradas por la transferencia de los bienes del vendedor. El propósito de la ley es prevenir las transferencias fraudulentas. [7] Este campo se rige generalmente por el Código Comercial Uniforme. [8]

Referencias

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  1. ^ 410 Estados Unidos 52 (1973).
  2. ^ 310 Estados Unidos a las 63.
  3. ^ 508 F. Suplemento. 1118 (DNJ 1976).
  4. ^ 508 F. Sup. en 1146.
  5. ^ 508 F. Sup. en 1147-48.
  6. ^ 508 F. Sup. en 1150-51.
  7. ^ Véase en general Dater & Price Co. v. Musselman Grocer Co. , 217 US 461 (1910); Martin Marietta Corp. v. NJ Nat'l Bank , 612 F.2d 745 (3d Cir. 1979).
  8. ^ Véase UCC § 6-104 a -106.