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Respuesta (ley)

En derecho, una respuesta era originalmente una afirmación solemne contra alguien o algo y, por tanto, en general, cualquier contradeclaración o defensa , una respuesta a una pregunta o respuesta, una objeción o una solución correcta de un problema. [1]

En el derecho consuetudinario , una respuesta es el primer alegato de un demandado , generalmente presentado y notificado al demandante dentro de un límite de tiempo estricto determinado después de que se haya notificado al demandado una denuncia civil o información o acusación penal. Puede haber sido precedida por una moción opcional "previa a la respuesta" para desestimar o objetar ; Si dicha moción no prospera, el demandado debe presentar una respuesta a la demanda o correr el riesgo de recibir una sentencia adversa en rebeldía .

En un caso penal, suele haber una lectura de cargos o algún otro tipo de comparecencia antes de que el acusado comparezca ante el tribunal. La declaración en el caso penal, que se hace constar en el expediente en audiencia pública, suele ser culpable o no culpable. Generalmente, hablando en casos civiles privados, no se declara culpabilidad o inocencia. Sólo hay una sentencia que concede daños monetarios o algún otro tipo de remedio equitativo como la restitución o una orden judicial permanente . Los casos penales pueden dar lugar a multas u otros castigos , como el encarcelamiento . [2]

Las famosas Responsa Prudentium en latín ("respuestas de los eruditos") fueron las opiniones acumuladas de muchas generaciones sucesivas de abogados romanos , un cuerpo de opiniones jurídicas que gradualmente adquirió autoridad. [1]

Durante los debates de naturaleza polémica, se ha observado ampliamente la desviación, conocida coloquialmente como "cambiar de tema", y a menudo se la considera como una falta de respuesta a una pregunta. [3]

Notas

  1. ^ ab  Una o más de las oraciones anteriores incorporan texto de una publicación que ahora es de dominio públicoChisholm, Hugh , ed. (1911). "Respuesta". Enciclopedia Británica . vol. 2 (11ª ed.). Prensa de la Universidad de Cambridge. pag. 85.
  2. ^ "Cómo funcionan los tribunales". americanbar.org . Asociación de Abogados de Estados Unidos. 9 de septiembre de 2019 . Consultado el 23 de noviembre de 2020 . El primer paso es una comparecencia inicial (a menudo denominada lectura de cargos) ante un juez de un tribunal inferior o magistrado, en la que se leen los cargos al acusado y se le explican las sanciones.
  3. ^ Baaske, Kevin (2015). Argumentos y argumentaciones: los productos y el proceso de la toma de decisiones humanas . pag. 246.