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Corporación religiosa

Una corporación religiosa es un tipo de organización religiosa sin fines de lucro , que ha sido constituida conforme a la ley. A menudo, este tipo de corporaciones están reconocidas por la ley a nivel subnacional, por ejemplo, por un gobierno estatal o provincial . La agencia gubernamental responsable de regular dichas corporaciones suele ser el titular oficial de los registros, por ejemplo, el Secretario de Estado . En los Estados Unidos, las corporaciones religiosas se forman como todas las demás corporaciones sin fines de lucro mediante la presentación de artículos de incorporación ante el estado. Los artículos de corporaciones religiosas deben tener el lenguaje estándar de exención de impuestos que exige el IRS . Las corporaciones religiosas pueden designar a una persona para que actúe en calidad de corporación única . Se trata de una persona que actúa como titular oficial del título de propiedad, etc.

Hay cuatro formas diferentes de corporaciones religiosas con respecto a sus leyes y la forma en que funcionan dentro del gobierno. Las cuatro clases son "la corporación agregada, la corporación fiduciaria , la forma moderna de la corporación única y la Iglesia Católica Romana ". [1]

Estados Unidos

En los Estados Unidos, las corporaciones religiosas están sujetas a requisitos de presentación y presentación de informes estatales y federales menos rigurosos que otras organizaciones exentas de impuestos, como las corporaciones sin fines de lucro de beneficio mutuo o las corporaciones sin fines de lucro de beneficio público . [2] Dependiendo del estado en el que se encuentren, también pueden estar exentos de algunas de las inspecciones o regulaciones que rigen a los grupos no religiosos que realizan los mismos servicios. [3] Las leyes de los diferentes estados revelan el hecho de que, a pesar de la diversidad de disposiciones legales relativas a las corporaciones caritativas y religiosas, existe tal grado de uniformidad que sugiere que las corporaciones en diferentes estados tienen diversas disposiciones legales. [4]

Iglesia católica romana

La Iglesia Católica Romana es reconocida como una corporación en virtud del tratado [ cita necesaria ] de 1898 en España, mientras que otras corporaciones religiosas derivan su estatus de los estatutos que les otorga el estado. Todas las corporaciones religiosas, privadas y civiles se crean con el propósito de conducir los asuntos temporales de su iglesia afiliada. La iglesia, por la naturaleza de su organización, puede ser enteramente independiente de otras asociaciones clericales; o tal vez una parte subordinada de alguna corporación o denominación general en la que existen tribunales ministeriales superiores, con poder general y último de judicatura sobre todos los miembros de la organización general. [1]

En consecuencia, la Conferencia General de 1872, en cumplimiento de una resolución ofrecida, después de consultas y posteriormente aprobada por el Comité de Extensión de la Iglesia, ordenó a los obispos "nombrar, en cada estado y territorio, y en el Distrito de Columbia, una persona aprendido en derecho, cuyo deber será proporcionar gratuitamente a la Junta de Extensión de la Iglesia un formulario de escritura, formularios de hipotecas y legados, y formularios para la constitución legal de iglesias, con sugerencias escritas en relación con los mismos que se consideren deseables. ". [1]

Impuestos

Cada estado tiene sus propias leyes con respecto a las organizaciones caritativas, específicamente las de carácter religioso. Cada estado tiene pautas generales que deben seguir para declarar la capacidad de estas corporaciones para estar exentas de impuestos y funcionar como lo hace una corporación.

Las leyes tributarias federales describen las consideraciones de las organizaciones y corporaciones religiosas y divulgan información tributaria que se considerará para la exención de impuestos. La organización no debe organizarse ni operarse en beneficio de intereses privados, y ninguna parte de las ganancias netas de una organización de la sección 501 puede redundar en beneficio de ningún accionista o individuo privado. Si la organización realiza una transacción de beneficios excesivos con una persona que tiene influencia sustancial sobre la organización, se puede imponer un impuesto especial a la persona y a los gerentes de la organización que acepten la transacción.

Las iglesias y corporaciones asociadas se consideran automáticamente exentas de impuestos y no están obligadas a solicitar ni obtener el reconocimiento del estado de exención por parte del IRS. Los donantes pueden reclamar una deducción caritativa por donaciones a una iglesia que cumpla con los requisitos de la sección 501(c)(3) , aunque la iglesia no haya solicitado ni recibido el reconocimiento del IRS de que está exenta de impuestos. Además, debido a que las iglesias y otras organizaciones religiosas no están obligadas a presentar una declaración anual o un aviso ante el IRS, no están sujetas a la revocación automática de la exención por no presentarla. [5]

Ver también

Referencias

  1. ^ abc Zollmann, Carl (junio de 1915). "Poderes de las corporaciones religiosas estadounidenses". Revisión de la ley de Michigan . 13 (8): 646–666. doi :10.2307/1275756. JSTOR  1275756.
  2. ^ Información fiscal para iglesias y organizaciones religiosas
  3. ^ Henriques, Diana B. (8 de octubre de 2006). "A medida que aumentan las exenciones, la religión supera la regulación". New York Times . Consultado el 29 de mayo de 2014 .
  4. ^ Kynett, Alfa Jefferson (1895). La religión de la República y las leyes de las corporaciones religiosas: un tratado sobre la estructura social, civil y religiosa estadounidense: una declaración concisa de las relaciones de los estados de la Unión con el gobierno federal, que constituyen los Estados Unidos de América y de las relaciones de la religión cristiana con todos y cada uno de ellos; Junto con las leyes de los diversos estados sobre sociedades religiosas, corporaciones, títulos de propiedad, testamentos, etc., y formas en armonía con las leyes. Cranston y Curts.
  5. ^ "Iglesias, Auxiliares Integrados y Convenciones o Asociaciones de Iglesias | Servicio de Impuestos Internos". www.irs.gov . Consultado el 15 de noviembre de 2022 .

enlaces externos