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Corporación religiosa

Una corporación religiosa es un tipo de organización religiosa sin fines de lucro , que se ha incorporado bajo la ley. A menudo, este tipo de corporaciones son reconocidas por la ley a nivel subnacional, por ejemplo, por un gobierno estatal o provincial . La agencia gubernamental responsable de regular dichas corporaciones suele ser el titular oficial de los registros, por ejemplo, el Secretario de Estado . En los Estados Unidos, las corporaciones religiosas se forman como todas las demás corporaciones sin fines de lucro mediante la presentación de artículos de incorporación ante el estado. Los artículos de corporación religiosa deben tener el lenguaje exento de impuestos estándar que requiere el IRS . Las corporaciones religiosas pueden designar a una persona para que actúe en calidad de corporación única . Esta es una persona que actúa como el titular oficial del título de propiedad, etc.

Existen cuatro formas diferentes de corporaciones religiosas en lo que respecta a sus leyes y a la forma en que funcionan dentro del gobierno. Las cuatro clases son "la corporación agregada, la corporación fiduciaria , la forma moderna de la corporación unipersonal y la Iglesia Católica Romana ". [1]

Estados Unidos

En los Estados Unidos, las corporaciones religiosas están sujetas a requisitos de presentación de informes y presentación de declaraciones estatales y federales menos rigurosos que otras organizaciones exentas de impuestos, como las corporaciones sin fines de lucro de beneficio mutuo o las corporaciones sin fines de lucro de beneficio público . [2] Dependiendo del estado en el que se encuentren, también pueden estar exentas de algunas de las inspecciones o regulaciones que rigen a los grupos no religiosos que realizan los mismos servicios. [3] Las leyes de los diferentes estados revelan el hecho de que, a pesar de la diversidad de disposiciones legales relativas a las corporaciones caritativas y religiosas, existe tal grado de uniformidad que sugiere que las corporaciones en diferentes estados tienen diversas disposiciones legales. [4]

Iglesia católica romana

La Iglesia Católica Romana es reconocida como corporación en virtud del tratado [ cita requerida ] de 1898 en España, mientras que otras corporaciones religiosas derivan su estatus de sus cartas concedidas por el estado. Todas las corporaciones religiosas, privadas y civiles se crean con el propósito de dirigir los asuntos temporales de su iglesia afiliada. La iglesia por la naturaleza de su organización puede ser completamente independiente de otras asociaciones clericales; o tal vez una parte subordinada de alguna corporación o denominación general en la que existen tribunales ministeriales superiores, con el poder general y último de judicatura sobre todos los miembros de la organización general. [1]

En consecuencia, la Conferencia General de 1872, en cumplimiento de una resolución ofrecida, después de consulta, y posteriormente aprobada por el Comité de Extensión de la Iglesia, se ordenó a los obispos "designar, en cada Estado y Territorio, y en el Distrito de Columbia, una persona versada en leyes, cuyo deber será proporcionar gratuitamente a la Junta de Extensión de la Iglesia un formulario de escritura, formularios de hipotecas y legados, y formularios para la incorporación legal de iglesias, con sugerencias escritas al respecto que se consideren deseables". [1]

Impuestos

Cada estado tiene sus propias leyes en lo que respecta a las organizaciones benéficas, en particular las de carácter religioso. Cada estado tiene pautas generales que deben seguirse para declarar la capacidad de estas corporaciones de estar exentas de impuestos y funcionar como una corporación.

Las leyes fiscales federales describen las consideraciones de las organizaciones y corporaciones religiosas y revelan la información fiscal que se debe considerar para la exención de impuestos. La organización no debe estar organizada ni operada para el beneficio de intereses privados, y ninguna parte de las ganancias netas de una organización de la sección 501 puede redundar en beneficio de ningún accionista o individuo privado. Si la organización participa en una transacción de beneficio excesivo con una persona que tiene una influencia sustancial sobre la organización, se puede imponer un impuesto especial a la persona y a los gerentes de la organización que acepten la transacción.

Las iglesias y las corporaciones asociadas se consideran automáticamente exentas de impuestos y no están obligadas a solicitar y obtener el reconocimiento de la condición de exentas por parte del IRS. Los donantes pueden reclamar una deducción caritativa por las donaciones a una iglesia que cumpla con los requisitos de la sección 501(c)(3) , incluso si la iglesia no ha solicitado ni recibido el reconocimiento del IRS de que está exenta de impuestos. Además, debido a que las iglesias y ciertas otras organizaciones religiosas no están obligadas a presentar una declaración anual o notificación al IRS, no están sujetas a la revocación automática de la exención por no presentarla. [5]

Véase también

Referencias

  1. ^ abc Zollmann, Carl (junio de 1915). "Poderes de las corporaciones religiosas estadounidenses". Michigan Law Review . 13 (8): 646–666. doi :10.2307/1275756. JSTOR  1275756.
  2. ^ Información fiscal para iglesias y organizaciones religiosas
  3. ^ Henriques, Diana B. (8 de octubre de 2006). "A medida que aumentan las exenciones, la religión supera a la regulación". New York Times . Consultado el 29 de mayo de 2014 .
  4. ^ Kynett, Alpha Jefferson (1895). La religión de la República y las leyes de las corporaciones religiosas: Un tratado sobre la estructura social estadounidense, civil y religiosa: Una declaración concisa de las relaciones de los estados de la Unión con el gobierno federal que constituye los Estados Unidos de América, y de las relaciones de la religión cristiana con cada uno y todos; junto con las leyes de los diversos estados sobre sociedades religiosas, corporaciones, títulos de propiedad, testamentos, etc., y formularios en armonía con las leyes. Cranston & Curts.
  5. ^ "Iglesias, Auxiliares Integrados y Convenciones o Asociaciones de Iglesias | Servicio de Impuestos Internos". www.irs.gov . Consultado el 15 de noviembre de 2022 .

Enlaces externos