La Ley de Jurisdicción Papal de 1560 (c. 2) es una ley del Parlamento de Escocia que todavía está en vigor. Declara que el Papa no tiene jurisdicción en Escocia y prohíbe a cualquier persona solicitar el ejercicio de cualquier título o derecho concedido bajo la autoridad del Papa, bajo pena de proscripción , destierro e inhabilitación para ocupar cualquier cargo u honor público.
El estado de tres estados entonces presente en el entendimiento de que la Jurisdicción y autoridad del Obispo de Roma llama al lugar de visita dentro de este reino en tiempos pasados, lo cual es muy perjudicial y perjudicial para nuestra autoridad soberana y el bien común de este reino. Por lo tanto, es estatuto y orden que el Obispo de Roma no tiene Jurisdicción ni autoridad dentro de este reino en tiempos venideros, y que ninguno de nuestros dichos soberanos sujetos de este reino tiene derecho o deseo en ningún momento de heredar su título o derecho a ser el dicho Obispo de Roma o su siervo en ninguna cosa dentro de este reino bajo los términos de la prohibición, es decir, prohibición de destierro y no estar sujeto a honor ni dignidad dentro de este reino... Y que ningún obispo ni ningún otro prelado de este reino tiene derecho a nada dentro de este reino bajo los términos de la prohibición, es decir, prohibición de destierro y no estar sujeto a honor ni dignidad dentro de este reino... Jurisdicción en tiempos para ser dicho obispo de la autoridad de Roma bajo el panel foirsaid [2]
La jerarquía católica escocesa fue restaurada por el Papa León XIII en 1878 sin reacción legal y permanece vigente hoy en día.
Texto de la Ley de Jurisdicción Papal de 1560 vigente hoy (incluidas todas las modificaciones) en el Reino Unido, de legislación.gov.uk .