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Resolución 478 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

La Resolución 478 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , adoptada el 20 de agosto de 1980, es la última de las siete resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que condenan la anexión de Jerusalén Oriental por parte de Israel . La resolución 478 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas señala el incumplimiento por parte de Israel de la Resolución 476 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas [1] y condena la Ley de Jerusalén de 1980 de Israel que declaraba a Jerusalén como la capital "completa y unida" de Israel , como una violación del derecho internacional. La resolución establece que el Consejo no reconocerá esta ley y pide a los Estados miembros que acepten la decisión del Consejo. Esta resolución también pide a los Estados miembros que retiren sus misiones diplomáticas de la ciudad. Las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas siguieron a dos resoluciones de la Asamblea General sobre las acciones de Israel en Jerusalén Oriental. [2] [3]

La resolución fue aprobada con 14 votos a favor, ninguno en contra y la abstención de Estados Unidos .

Recepción y crítica

Israel rechazó categóricamente la resolución y su Ministerio de Asuntos Exteriores anunció que "no socavará el estatus de Jerusalén como capital de un Israel soberano y como ciudad unida que nunca más será desgarrada". [4]

En declaraciones al Consejo, el entonces Secretario de Estado de Estados Unidos, Edmund Muskie, dijo: "La cuestión de Jerusalén debe abordarse en el contexto de las negociaciones para una paz integral, justa y duradera en Oriente Medio ".

El proyecto de resolución que tenemos ante nosotros hoy es un ejemplo de la preocupación que ha dado lugar a esta serie de textos desequilibrados y poco realistas sobre las cuestiones de Oriente Próximo. No contribuye a alcanzar el objetivo de todas las confesiones que consideran a Jerusalén como un lugar sagrado. Debemos compartir una visión común del futuro de esa antigua ciudad: una Jerusalén indivisa, con libre acceso a los Lugares Santos para las personas de todas las confesiones. [5]

En relación con la sección del proyecto de resolución relativa al traslado de las embajadas de Jerusalén, el Secretario de Estado dijo que la resolución era "fundamentalmente defectuosa" y que Estados Unidos consideraba que la instrucción de que los Estados retiren sus misiones diplomáticas de Jerusalén "no es vinculante" y "no entraña fuerza", y que "la rechazamos por considerarla un intento desestabilizador de dar órdenes a otras naciones". También dijo que Estados Unidos se opondría enérgicamente a cualquier intento de imponer sanciones a Israel en virtud del Capítulo VII de la Carta. [6]

Shlomo Slonim dijo que, a pesar de su tono contundente, la declaración de Muskie no aclaraba realmente la posición estadounidense respecto de Jerusalén. No hacía referencia a Jerusalén como territorio ocupado, pero tampoco negaba tal estatus. Señaló que la política estadounidense respecto de Jerusalén a fines de 1980 seguía estando marcada por un grado considerable de ambigüedad y confusión. [7]

Decisiones sobre situaciones ilegales

Dos de las decisiones contenidas en la resolución se referían a la ilegalidad de la Ley Fundamental de Jerusalén y a las violaciones de la Convención de Ginebra, que se consideran violaciones graves del derecho internacional consuetudinario. [8] El Repertorio de la práctica seguida por los órganos de las Naciones Unidas es una publicación jurídica que analiza y registra las decisiones de los órganos de las Naciones Unidas. [9] En él se afirma que las decisiones fueron adoptadas por el Consejo de Seguridad en nombre de los miembros de conformidad con el Artículo 24. [10] Aunque no fueron adoptadas de conformidad con el Capítulo VII de la Carta, la organización considera que las determinaciones relativas a situaciones ilegales son vinculantes para todos sus miembros. [11] El Repertorio dice: "La cuestión de si el Artículo 24 confiere poderes generales al Consejo de Seguridad dejó de ser un tema de discusión tras la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia emitida el 21 de junio de 1971 en relación con la cuestión de Namibia (CIJ Reports, 1971, pág. 16)". [10]

La opinión consultiva posterior de la Corte Internacional de Justicia expresó la opinión de que todos los Estados tienen la obligación de no reconocer la situación ilegal en Jerusalén Oriental y sus alrededores . [12]

La mayoría de las naciones con embajadas en Jerusalén reubicaron sus embajadas en Tel Aviv , Ramat Gan o Herzliya luego de la adopción de la Resolución 478. Tras las retiradas de Costa Rica y El Salvador en agosto de 2006, ningún país mantuvo su embajada en Jerusalén hasta mayo de 2018. Tras el anuncio del presidente Trump en diciembre de 2017, Estados Unidos reubicó su embajada de Tel Aviv a Jerusalén el 14 de mayo de 2018. [13]

Texto completo de la Resolución 478

El Consejo de Seguridad ,

Recordando su resolución 476 (1980) ,

Reafirmando nuevamente que la adquisición de territorio por la fuerza es inadmisible,

Profundamente preocupado por la promulgación de una "ley básica" en el Knesset israelí que proclama un cambio en el carácter y el estatuto de la Ciudad Santa de Jerusalén , con sus consecuencias para la paz y la seguridad,

Observando que Israel no ha cumplido la resolución 476 (1980),

Reafirmando su determinación de examinar medios y arbitrios prácticos, de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Carta de las Naciones Unidas , para asegurar la plena aplicación de su resolución 476 (1980) en caso de incumplimiento por Israel,

1. Censura en los términos más enérgicos la promulgación por Israel de la "ley básica" sobre Jerusalén y la negativa a cumplir las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad;

2. Afirma que la promulgación de la "ley básica" por Israel constituye una violación del derecho internacional y no afecta a la aplicación continuada del Convenio de Ginebra relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra, de 12 de agosto de 1949, en los territorios palestinos y otros territorios árabes ocupados desde junio de 1967, incluida Jerusalén;

3. Determina que todas las medidas y acciones legislativas y administrativas adoptadas por Israel, la Potencia ocupante, que han alterado o pretenden alterar el carácter y el estatuto de la Ciudad Santa de Jerusalén, y en particular la reciente "ley básica" sobre Jerusalén, son nulas y sin valor y deben ser revocadas inmediatamente;

4. Afirma también que esta acción constituye un grave obstáculo al logro de una paz amplia, justa y duradera en el Oriente Medio;

5. Decide no reconocer la "ley básica" ni otras acciones de Israel que, como resultado de esa ley, pretendan alterar el carácter y el estatuto de Jerusalén, y exhorta a:

a) Todos los Estados miembros acepten esta decisión;

b) Los Estados que hayan establecido misiones diplomáticas en Jerusalén a que retiren dichas misiones de la Ciudad Santa;

6. Pide al Secretario General que informe al Consejo de Seguridad sobre la aplicación de la presente resolución antes del 15 de noviembre de 1980;

7. Decide seguir ocupándose de esta grave situación.

Aprobada en la 2245ª sesión por 14 votos contra ninguno y 1 abstención ( Estados Unidos de América ) .

Véase también

Referencias

  1. ^ "S/RES/476 (1980)". Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas . un.org. 30 de junio de 1980 . Consultado el 30 de junio de 2024 .
  2. ^ A/RES/2253(ES-V)
  3. ^ A/RES/2254(ES-V)
  4. ^ "Israel dice que la resolución de la ONU no afectará el estatus de Jerusalén como capital". Agencia Telegráfica Judía. 22 de agosto de 1980. Consultado el 2 de enero de 2015 .
  5. ^ Véase S/PV.2245(OR), párrafo 111.
  6. ^ Muskie se refería al proyecto de resolución antes de que fuera aprobado. Véase S/PV.2245(OR), párrafo 106.
  7. ^ Slonim, Shlomo (1998). Jerusalén en la política exterior de Estados Unidos, 1947-1997. Editores Martinus Nijhoff . pag. 246.ISBN 978-90-411-1039-8.
  8. ^ Véase por ejemplo S/PV.2245(OR), párrafos 19 y 77.
  9. ^ La resolución 686 (VII) de la Asamblea General, "Medios y arbitrios para hacer más fácilmente accesibles las pruebas del derecho internacional consuetudinario", dispuso que las unidades de la Secretaría competentes prepararan un informe sobre la práctica de los órganos de las Naciones Unidas.
  10. ^ ab Por ejemplo, el Repertorio de la práctica seguida por los órganos de las Naciones Unidas, artículo 24, suplemento núm. 6 (1979-1984), volumen 3, indica que el Consejo actuaba en nombre de los miembros cuando declaró formalmente que las medidas legislativas y administrativas ilegales eran inválidas en la resolución 478. Véase la nota 2 en la página 1 y los listados de páginas en las páginas 12, 19, 24, 25, 26, 29 y 30 [1]
  11. ^ Véase la respuesta de la jueza Higgins a la pregunta contenida en la resolución ES-10/14 de la Asamblea General en su Opinión Consultiva Separada, párrafos 22 y 38: "Copia archivada" (PDF) . Archivado desde el original (PDF) el 12 de enero de 2011 . Consultado el 7 de febrero de 2010 .{{cite web}}: CS1 maint: copia archivada como título ( enlace ); y De Waart, Paul JIM, "La Corte Internacional de Justicia firmemente amurallada en la ley del poder en el proceso de paz israelí-palestino", Leiden Journal of International Law, 18 (2005), págs. 467-487, especialmente 474, y 485-486
  12. ^ Consecuencias jurídicas de la construcción de un muro en el territorio palestino ocupado Archivado el 6 de julio de 2010 en Wayback Machine . Corte Internacional de Justicia.
  13. ^ "EE.UU. abre nueva embajada en Jerusalén mientras decenas de personas mueren en Gaza". 14 de mayo de 2018.

Enlaces externos