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La tenencia feudal de la tierra en Inglaterra

En el sistema feudal inglés existían varias formas distintas de tenencia de la tierra , cada una de las cuales era en realidad un contrato con diferentes derechos y obligaciones asociados. Dichas tenencias podían ser de propiedad absoluta si eran heredables, perpetuas o no absolutas si terminaban con la muerte del arrendatario o en un período anterior especificado.

Período alto medieval

En el pasado antiguo de Inglaterra, grandes partes del reino estaban desocupadas [1] y eran propiedad de los terratenientes en virtud de títulos alodiales : los terratenientes simplemente cooperaban con el rey por interés mutuo en lugar de por obligación legal. No fue hasta la conquista normanda , cuando Guillermo el Conquistador se declaró el único propietario alodial de todo el reino, que las tenencias de la tierra cambiaron drásticamente. [2] En el reino de Guillermo, el intercambio y la venta de tierras en común se restringieron y todos los terratenientes debían prestar un servicio a su señor (" no hay tierra sin señor "). [3]

Reformas normandas

Guillermo despojó de sus tierras a quienes se oponían a él y las redistribuyó entre sus seguidores. Introdujo un nuevo tipo de feudalismo, en el que las obligaciones se extendían a lo largo de toda la jerarquía, un modelo inspirado en el sistema militar . [4]

Baronía y servicio de caballero

Los arrendatarios en jefe poseían sus tierras en virtud de la tenencia de baronía , que requería que el arrendatario proporcionara un número determinado de caballeros a su señor feudal durante 40 días al año. Después de los días de servicio, el señor feudal estaba obligado a comenzar a pagar a los caballeros o a despedirlos. [5] Sin embargo, a los arrendatarios que poseían sus tierras en virtud de la tenencia de servicio de caballero no se les permitía pasar sus tierras al heredero automáticamente, sino que debían obtener la aprobación del señor feudal. [6]

El sistema fracasó porque la evaluación de los honorarios de los caballeros se volvió imposible de mantener. Unas pocas propiedades conservaron la misma riqueza y población que cuando se enfeudaron por primera vez , con el resultado de que el señor proporcionó solo un pequeño número de los caballeros que realmente pudo reunir. Otro problema fue la práctica de la subinfeudación , por la cual los subarrendatarios podían enajenar la tierra a sus propios arrendatarios. Esto se volvió impopular entre los señores superiores y fue prohibido por Eduardo I en su edicto Quia Emptores . En compensación, se legalizó la venta de propiedades . [2]

Período medieval tardío

Durante el transcurso de la Baja Edad Media , el servicio de caballería fue reemplazado por la tenencia de scutage , bajo la cual los arrendatarios pagaban impuestos evaluados de acuerdo con su tarifa de caballero, en lugar de proporcionar caballeros. Antes de mediados del siglo XIII, los feudos no habían sido hereditarios debido a la incertidumbre de si el heredero del arrendatario sería capaz de proporcionar el servicio de caballería requerido. Como el scutage reemplazó al servicio de caballería, esa cuestión quedó fuera de consideración. Por lo tanto, los herederos podían suceder a los feudos a cambio del pago de un tipo de impuesto a la herencia . [3]

La Ley de Abolición de la Tenencia de 1660 declaró que toda la tierra debía ser tenida en régimen de socage , poniendo fin a la tenencia feudal. [7]

Referencias

  1. ^ Lawler, J. John; Lawler, Gail Gates (agosto de 2000). Una breve introducción histórica al derecho de propiedad inmobiliaria. Beard Books. pág. 3. ISBN 978-1-58798-032-9. Recuperado el 17 de enero de 2021 .
  2. ^ ab Longman, William (1863). Lecciones sobre la historia de Inglaterra. Longman, Green, Longman, Roberts y Green. pág. 82. Consultado el 14 de enero de 2021 .
  3. ^ ab Lucas, Adam (29 de abril de 2016). Señorío eclesiástico, poder señorial y comercialización de la molienda en la Inglaterra medieval. Routledge. pág. 48. ISBN 978-1-317-14647-6. Recuperado el 14 de enero de 2021 .
  4. ^ Lawler, J. John; Lawler, Gail Gates (agosto de 2000). Una breve introducción histórica al derecho de propiedad inmobiliaria. Beard Books. pág. 3. ISBN 978-1-58798-032-9. Recuperado el 17 de enero de 2021 .
  5. ^ Lucas, Adam (29 de abril de 2016). Señorío eclesiástico, poder señorial y comercialización de la molienda en la Inglaterra medieval. Routledge. pág. 51. ISBN 978-1-317-14647-6. Recuperado el 17 de enero de 2021 .
  6. ^ Lawler, J. John; Lawler, Gail Gates (agosto de 2000). Breve introducción histórica al derecho de propiedad inmobiliaria. Beard Books. págs. 6-8. ISBN 978-1-58798-032-9. Recuperado el 14 de enero de 2021 .
  7. ^ QC, Michael Barnes (20 de febrero de 2020). La ley de preclusión. Bloomsbury Publishing. p. 681. ISBN 978-1-5099-0940-7. Recuperado el 14 de enero de 2021 .