La quiebra de consumidores en Canadá se rige por la Ley de Quiebras e Insolvencia ("BIA"). [1] La legislación se complementa con reglamentos, así como con directivas de la Oficina del Superintendente de Quiebras que proporcionan directrices a los síndicos de quiebras sobre diversos aspectos de la BIA.
Conceptos básicos del consumidor
A los efectos de la BIA, es importante poder distinguir entre la definición legal de " persona insolvente " y la de "quiebra". En general, una persona insolvente es aquella que no puede pagar sus deudas y que posteriormente puede declararse en quiebra, ya sea por declararse en quiebra, por haber sido objeto de una petición de quiebra por parte de los acreedores o por considerarse que se declara en quiebra por no cumplir con una propuesta de la División I.
La persona que no puede pagar sus obligaciones se considera una persona insolvente de conformidad con la Ley de Insolvencia. De conformidad con el artículo 2 de la Ley de Insolvencia, una "persona insolvente" es una persona que no está en quiebra y que reside, lleva a cabo negocios o tiene propiedades en Canadá, cuyas obligaciones con los acreedores demostrables como reclamaciones de conformidad con esta Ley ascienden a $1,000, y
- (a) que por cualquier motivo no pueda cumplir con sus obligaciones a su vencimiento,
- b) el total de sus bienes no es, a una valuación justa, suficiente o, si se enajenara en una venta realizada de manera justa mediante un proceso legal, no sería suficiente para permitir el pago de todas sus obligaciones vencidas y devengadas.
Los consumidores insolventes, según la BIA, tienen tres opciones principales
- Declararse en quiebra;
- Presentar una propuesta de consumidor a los acreedores, propuesta de la División II;
- Presentar una propuesta de División I a los acreedores;
Los cuatro actores principales involucrados en la insolvencia del consumidor son el síndico de insolvencia autorizado, el deudor/persona insolvente, los acreedores y la Oficina del Superintendente de Quiebras.
Según el artículo 2 de la BIA, una "persona insolvente" puede declararse " en quiebra " a los efectos de la BIA de tres maneras:
- por cesión voluntaria en caso de quiebra [2]
- una solicitud de orden de quiebra [3]
- al no cumplir con una Propuesta de la División I [4]
Proceso de quiebra
El proceso de quiebra puede dividirse en tres etapas:
Inicio del proceso concursal
[5]
- Cuando las deudas de una persona, excluidas las deudas garantizadas por su residencia principal, no superen los 250.000 dólares, un deudor insolvente podrá presentar una Propuesta del Consumidor a sus acreedores. [6] [7]
- Para deudas mayores a este monto, se puede presentar una Propuesta de División I. [8]
- Antes de presentar una Propuesta bajo la División I, el individuo insolvente puede presentar un aviso de intención de suspender a los acreedores para que se pueda presentar una propuesta de la División I ante la Oficina del Superintendente de Quiebras antes del vencimiento de los 30 días de la presentación del Aviso de Intención [9].
- Presentar una propuesta bajo la División I es una decisión seria, porque una persona insolvente será puesta en quiebra si la propuesta es rechazada por los acreedores o no es aprobada por el Tribunal. [10]
- Si la propuesta del consumidor no es aceptada por los acreedores o no es una opción viable, una persona insolvente puede declararse en quiebra voluntariamente [11] o ser solicitada involuntariamente por sus acreedores [12].
- Los procedimientos judiciales y los intentos de los acreedores de hacer cumplir las deudas se suspenden, y nadie puede iniciar o continuar acciones judiciales existentes contra el fallido ni hacer cumplir las órdenes judiciales existentes (excepto los acreedores garantizados, a quienes se les permite hacer cumplir sus garantías) [13]
Entre la quiebra y la liquidación
El fallido deberá: [14] [15]
- Entregar todos sus bienes, tarjetas de crédito y registros que estén bajo su posesión o control al fideicomisario
- comparecer ante el síndico oficial (si así se le solicita) para ser interrogado bajo juramento con respecto a su conducta, las causas de su quiebra y la disposición de su propiedad
- preparar y presentar al síndico una declaración de los asuntos del quebrado en el formulario prescrito (también conocida como la Declaración de Asuntos)
- ayudar al fideicomisario a hacer un inventario de sus activos;
- revelar al fideicomisario todos los bienes enajenados durante el año anterior (incluyendo cómo, a quién y por cuánto) que no hayan sido en el curso normal de los negocios o para gastos personales razonables
- revelar al fideicomisario todos los bienes entregados o entregados sin una contraprestación valiosa adecuada dentro de los cinco años anteriores
- asistir a la primera reunión de sus acreedores y, cuando sea necesario, asistir a otras reuniones de sus acreedores o de los inspectores, o asistir a la reunión del síndico
- someterse a otros exámenes bajo juramento con respecto a su propiedad o asuntos que se requieran
- Ayudarle en la medida de sus posibilidades a la realización de su patrimonio y a la distribución de su producto entre sus acreedores.
- Ejecutar cualquier documento que pueda ser requerido
- Examinar la exactitud de todas las pruebas de reclamaciones presentadas, si así lo requiere el fiduciario.
- En caso de que alguna persona tenga conocimiento de que ha presentado una reclamación falsa, deberá informar inmediatamente al fiduciario sobre el hecho.
- Informar al síndico de cualquier cambio material en la situación financiera del fallido.
- en general, realizar todos los actos y cosas en relación con su propiedad y la distribución de los ingresos entre sus acreedores que puedan ser razonablemente requeridos por el síndico, las reglas de quiebra o por orden judicial, y
- hasta que se haya resuelto su solicitud de liberación y se haya completado la administración del patrimonio, mantener al fideicomisario informado en todo momento de su lugar de residencia o dirección.
El fallido también debe remitir al síndico el monto de sus ingresos que se determine que exceden de sus necesidades, para beneficio del patrimonio. [16]
Determinación de los bienes en la masa de la quiebra
Las contribuciones realizadas a Planes de Ahorro para la Jubilación Registrados (RRSP), Fondos de Ingresos de Jubilación Registrados (RRIF) y Planes de Participación en las Ganancias Diferidas (DPSP) en los doce meses anteriores a la fecha de la quiebra se recuperarán para beneficio de la masa de la quiebra [17] en provincias distintas de Columbia Británica, Alberta, Ontario, Nuevo Brunswick y Nueva Escocia (donde están exentas de embargo según la legislación provincial aplicable). El tribunal puede extender el período de recuperación de un año cuando se considere apropiado.
Algunos activos están protegidos mediante exenciones de quiebra que varían según la provincia o territorio en el que viva la persona. Los activos exentos más comunes incluyen muebles del hogar, ropa, alimentos, calefacción, herramientas de trabajo y un vehículo hasta un valor determinado. [18]
Período aplicable hasta el alta
El fallido puede solicitar al tribunal en cualquier momento la liberación de la quiebra (siempre que haya cumplido con sus obligaciones), y el tribunal puede concederla, ya sea en forma total o condicional. [19] [20]
En el caso de quiebras por primera o segunda vez, la liberación se produce automáticamente (siempre que hayan asistido a las sesiones de asesoramiento organizadas por el síndico) [21] de la siguiente manera:
Lo anterior no se aplica a una persona en quiebra que tenga una deuda de impuestos sobre la renta personal de $200,000 o más, que represente el 75% o más del total de reclamaciones no garantizadas. En este caso, no se podrá celebrar una audiencia para una solicitud de condonación antes del final del período aplicable que se indica a continuación:
Las siguientes deudas no se liberan con la descarga:
- cualquier multa, sanción u orden de restitución impuesta por un tribunal con respecto a un delito, o cualquier deuda que surja de un reconocimiento o fianza
- cualquier concesión de daños y perjuicios por parte de un tribunal en un procedimiento civil con respecto a
- daño corporal infligido intencionalmente, o agresión sexual, o
- muerte por negligencia resultante de ello
- pensión alimenticia o pensión alimenticia
- pagos de manutención o apoyo
- cualquier deuda o responsabilidad derivada de fraude, malversación, apropiación indebida o desfalco mientras se actúa en calidad de fiduciario (o, en la provincia de Quebec, como fideicomisario o administrador de la propiedad de otros) [24]
- cualquier deuda o responsabilidad resultante de la obtención de bienes o servicios mediante falsas pretensiones o declaraciones fraudulentas (que no sean deudas o responsabilidades que surjan de un reclamo de capital)
- responsabilidad por el dividendo que un acreedor hubiera tenido derecho a recibir por cualquier reclamación demostrable no revelada al síndico (a menos que el acreedor haya tenido conocimiento o notificación de la quiebra y no haya tomado medidas razonables para probar su reclamación)
- préstamos estudiantiles, donde ocurrió la fecha de quiebra
- antes de la fecha en que el fallido dejó de ser estudiante a tiempo completo o parcial (según sea el caso), o
- dentro de los siete años siguientes a la fecha en que el fallido dejó de ser estudiante a tiempo completo o parcial
- cualquier interés acumulado sobre cualquiera de los anteriores [25]
En el caso de préstamos estudiantiles, el período de siete años indicado anteriormente, mediante solicitud al tribunal, puede reducirse a cinco años, si el tribunal está convencido de que:
- que el fallido ha actuado de buena fe en el asunto, y
- Todavía atraviesa dificultades financieras, hasta el punto de que no podrá pagar la deuda. [26]
Finalidad y objetivos del proceso concursal
El objetivo del proceso de quiebra es introducir un mecanismo legislativo que proporcione una resolución justa y pacífica de los conflictos financieros entre deudores y acreedores, en los que los acreedores compiten entre sí por la recuperación de sus préstamos, y equilibrar el interés público en proteger la seguridad financiera de los acreedores por un lado y el interés público en permitir que una persona insolvente pueda comenzar de nuevo. En general, los objetivos del proceso de quiebra se pueden resumir de la siguiente manera:
- Permitir que un deudor honesto, pero desafortunado, obtenga una liberación de sus deudas y pueda comenzar de nuevo;
- No sólo para permitir que un deudor honesto comience de nuevo, sino también para rehabilitar a dicho deudor asesorándolo sobre cómo administrar sus asuntos financieros después de la liberación a fin de evitar la insolvencia posterior del quebrado;
- Promover un sentido de responsabilidad comercial del quebrado y disuadirlo de insolvencias posteriores introduciendo un tratamiento legislativo y judicial más estricto para las segundas quiebras y las subsiguientes;
- Permitir una investigación de los asuntos financieros del quebrado por un mediador, un síndico de quiebras, a quien se le otorgan amplios poderes para facilitar la liquidación de las reclamaciones mediante una propuesta del consumidor, para exigir el cumplimiento de los procedimientos de quiebra, para dejar de lado las transacciones fraudulentas y las preferencias entre los acreedores y para juzgar diversos asuntos bajo la BIA;
- Para proteger a los acreedores de competir entre sí y para proteger al deudor de una presión excesiva por parte de los acreedores que intentan cobrar sus deudas primero, se introduce un esquema de prioridad de distribución de los bienes del quebrado bajo el cual todos los acreedores son tratados por igual de acuerdo con el esquema.
Consecuencias de la quiebra
Referencias
- ^ "Ley de Quiebras e Insolvencia (RSC, 1985, c. B-3)" . Consultado el 5 de septiembre de 2011 .
- ^ "BIA, S. 49(1)" . Consultado el 25 de marzo de 2017 .
- ^ "BIA, S. 43(1)" . Consultado el 25 de marzo de 2017 .
- ^ "BIA, pág. 57" . Consultado el 25 de marzo de 2017 .
- ^ "Inicio del proceso de quiebra, Guía del abogado de quiebras".
- ^ "Alternativas a la bancarrota. Propuesta del consumidor, Guía de abogados especializados en bancarrotas, http://www.lawyersbankruptcy.ca/consumer_proposal.html" . Consultado el 24 de agosto de 2014 .
- ^ "BIA, S. 66.12(1)". Archivado desde el original el 30 de septiembre de 2011 . Consultado el 16 de septiembre de 2011 .
- ^ "BIA, S. 50(1)" . Consultado el 16 de septiembre de 2011 .
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- ^ "BIA, S. 49(1)" . Consultado el 16 de septiembre de 2011 .
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- ^ "Descargo por quiebra: descargos absolutos y condicionales". Abogados de bancarrotas .
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- ^ "Defensa de transmisiones fraudulentas". Abogados de bancarrotas .
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- ^ "Búsqueda de registros de quiebra e insolvencia". Gobierno de Canadá . Consultado el 6 de diciembre de 2018 .