Un mecanismo de resolución de disputas es un proceso estructurado [1] que aborda disputas o quejas que surgen entre dos o más partes que participan en relaciones comerciales, legales o sociales. Los mecanismos de resolución de disputas se utilizan en la resolución de disputas y pueden incorporar conciliación , resolución de conflictos , mediación y negociación .
Los mecanismos de resolución de disputas , también conocidos como mecanismos de reclamación, son típicamente de naturaleza no judicial [2] , lo que significa que no se resuelven en los tribunales de justicia. Según la investigación realizada por el grupo de trabajo sobre mecanismos de reclamación no judiciales de John Ruggie, Representante Especial de las Naciones Unidas para las Empresas y los Derechos Humanos, quienes diseñan y supervisan los mecanismos no judiciales deberían reconocer los procesos básicos de derechos humanos definidos en "todos los tratados básicos de derechos humanos de las Naciones Unidas". [3]
Los mecanismos de resolución de disputas constituyen una forma para que las empresas socialmente responsables cumplan con los requisitos de los acuerdos o pactos relacionados con la responsabilidad corporativa, reduzcan el riesgo mientras desarrollan sus capacidades o se desarrollan a nivel internacional y ayuden a procesos más amplios que generen un cambio social positivo.
Los mecanismos de resolución de conflictos son una herramienta cada vez más eficaz para establecer canales de comunicación entre las empresas y las comunidades. Cuando funcionan, ofrecen una vía fiable para que las personas o comunidades locales expresen y resuelvan sus preocupaciones relacionadas con los proyectos de desarrollo, al tiempo que proporcionan a las empresas formas transparentes y eficaces de abordar las preocupaciones de la comunidad. Según una publicación del Asesor de Cumplimiento/Ombudsman del Grupo del Banco Mundial , "los mecanismos de resolución de reclamos a nivel local ofrecen una vía prometedora al ofrecer una estructura fiable y un conjunto de enfoques en los que la población local y la empresa pueden encontrar soluciones eficaces en conjunto". [4] En general, se acepta que un mecanismo de resolución de reclamos que funcione bien debería:
- Proporciona un proceso predecible, transparente y creíble para todas las partes, lo que da como resultado resultados que se consideran justos, efectivos y duraderos.
- Genera confianza como un componente integral de actividades más amplias de relaciones comunitarias.
- Permite una identificación más sistemática de problemas y tendencias emergentes, facilitando la acción correctiva y la participación preventiva.
Características
Según el Representante Especial sobre Empresas y Derechos Humanos, dichos mecanismos deben ser como mínimo:
- Legítimo : un mecanismo debe tener estructuras de gobernanza claras, transparentes y suficientemente independientes para garantizar que ninguna de las partes en un proceso de queja particular pueda interferir en la conducción justa de ese proceso;
- Accesible : un mecanismo debe ser publicitado para aquellos que deseen acceder a él y brindar asistencia adecuada a las partes afectadas que puedan enfrentar barreras de acceso, incluyendo el idioma, la alfabetización, la conciencia, las finanzas, la distancia o el miedo a represalias;
- Predecible : un mecanismo debe proporcionar un procedimiento claro y conocido con un marco temporal para cada etapa y claridad sobre los tipos de proceso y resultados que puede (y no puede) ofrecer, así como un medio para monitorear la implementación de cualquier resultado;
- Equitativo : un mecanismo debe garantizar que las partes afectadas tengan acceso razonable a las fuentes de información, asesoramiento y experiencia necesarias para participar en un proceso de queja en términos justos y equitativos;
- Compatible con los derechos : un mecanismo debe garantizar que sus resultados y recursos se ajusten a las normas de derechos humanos reconocidas internacionalmente;
- Transparente : un mecanismo debe proporcionar suficiente transparencia en el proceso y los resultados para satisfacer las preocupaciones de interés público en juego y debe presumir de transparencia siempre que sea posible; los mecanismos no estatales en particular deben ser transparentes en cuanto a la recepción de denuncias y los elementos clave de sus resultados. [2]
Tipos
- Industria
- Compañía
- Legislativo
- Gobierno
- No gubernamental
- Estado independiente
- Organización internacional
- Múltiples partes interesadas
Usos
Los mecanismos de reclamación bien diseñados tienen múltiples y a veces divergentes puntos de aplicación, pero suelen emplearse en el seguimiento, la auditoría, la supervisión de proyectos, la gestión de la cadena de suministro y la participación de las partes interesadas. Los mecanismos de reclamación pueden abordar la mayoría de los tipos de reclamaciones (salvo las que generan responsabilidad penal), incluidas (aunque no exclusivamente) las que reflejan preocupaciones sustantivas en materia de derechos humanos y laborales. Por ello, los mecanismos compatibles con los derechos deben trabajar para integrar las normas y estándares de derechos humanos en sus procesos y basarse en los principios de no discriminación, equidad, rendición de cuentas, empoderamiento y participación.
Véase también
Referencias
- ^ "Base de datos de mecanismos de reclamación no judiciales de ACCESS Facility" . Consultado el 13 de diciembre de 2013 .
- ^ ab "0812861" (PDF) . Consultado el 17 de mayo de 2010 .
- ^ Estos principios, basados en una guía más específica desarrollada para las empresas, se aplican a mecanismos no judiciales de distintos tipos. Véase http://www.business-humanrights.org/Links/Repository/308254/link_page_view.
- ^ "Guía para el diseño e implementación de mecanismos de reclamación para proyectos de desarrollo". Commdev.org. Archivado desde el original el 17 de agosto de 2009. Consultado el 17 de mayo de 2010 .
Enlaces externos
- Base de datos ACCESS Facility de mecanismos de reclamación no judiciales para la resolución de problemas entre empresas y comunidades
- Casos prácticos del Defensor del Pueblo - Oficina del Asesor de Cumplimiento/Defensor del Pueblo
- Centro de recursos sobre empresas y derechos humanos: mecanismos de reclamación
- Consulta del Representante Especial del Secretario General - Foro de debate sobre mecanismos de reclamación extrajudiciales