Zaragoza es una de las 52 circunscripciones ( español : circunscripciones ) representadas en el Congreso de los Diputados , la cámara baja del parlamento español, las Cortes Generales . La circunscripción elige actualmente a siete diputados . Sus límites corresponden a los de la provincia española de Zaragoza . El sistema electoral utiliza el método D'Hondt y una representación proporcional de lista cerrada , con un umbral mínimo del tres por ciento.
La circunscripción se creó según la Ley de reforma política de 1977 y se impugnó por primera vez en las elecciones generales de 1977 . La Ley preveía que las provincias de España se establecieran como distritos plurinominales en el Congreso de los Diputados , [2] manteniéndose esta regulación según la Constitución Española de 1978 . Además, la Constitución exige que cualquier modificación de los límites provinciales sea aprobada mediante ley orgánica , necesitándose mayoría absoluta en las Cortes Generales . [3]
La votación se realiza sobre la base del sufragio universal , que comprende a todos los nacionales mayores de dieciocho años y en pleno goce de sus derechos políticos. La única excepción fue en 1977, cuando se limitó a los nacionales mayores de veintiún años y en pleno goce de sus derechos políticos y civiles. Las modificaciones a la ley electoral de 2011 exigían que los españoles en el extranjero solicitaran el voto antes de poder votar, un sistema conocido como voto "mendado" o de expatriado ( en español : Voto rogado ) que fue abolido en 2022. [4] [5] 348 Los escaños se eligen utilizando el método D'Hondt y una representación proporcional de lista cerrada , con un umbral electoral del tres por ciento de los votos válidos, que incluye votos en blanco, que se aplica en cada distrito electoral. Cada circunscripción provincial tiene derecho a un mínimo inicial de dos escaños, distribuyéndose los 248 restantes en proporción a su población. A Ceuta y Melilla se les asignan los dos escaños restantes, que se eligen mediante votación plural . [3] [6] [7] El uso del método D'Hondt puede dar como resultado un umbral efectivo más alto, dependiendo de la magnitud del distrito . [8]
La ley electoral permite que los partidos y federaciones registrados en el Ministerio del Interior , coaliciones y agrupaciones de electores presenten listas de candidatos. Los partidos y federaciones que deseen formar una coalición antes de las elecciones deben informar a la Comisión Electoral correspondiente dentro de los diez días siguientes a la convocatoria de las elecciones (quince antes de 1985), mientras que los grupos de electores deben obtener la firma de al menos el uno por ciento del electorado en los distritos electorales para los que buscan la elección (una milésima parte del electorado, con un mínimo obligatorio de 500 firmas, hasta 1985), impidiendo a los electores firmar por más de una lista de candidatos. También desde 2011, los partidos, federaciones o coaliciones que no hayan obtenido un mandato en ninguna de las cámaras de las Cortes en la elección anterior deben obtener la firma de al menos el 0,1 por ciento de los electores en los distritos electorales antes mencionados. [6] [7]
41°35′N 1°00'W / 41.583°N 1.000°W / 41.583; -1.000