El presidente de Gabón ( en francés : Président du Gabon ) es el jefe de estado de Gabón . Un total de tres personas han ocupado el cargo de presidente (sin contar dos presidentes en funciones) desde que se formó el cargo en 1960.
El actual presidente de transición, Brice Oligui , tomó el poder mediante un golpe de Estado el 30 de agosto de 2023 de manos de Ali Bongo .
El presidente de la república es elegido para un período presidencial de siete (7) años, por sufragio universal y directo. El presidente es reelegible. [2] Había un límite de dos mandatos para el presidente en la Constitución de Gabón . Este límite fue levantado para Omar Bongo en 2003. [3]
La elección la gana el candidato que obtenga el mayor número de votos. [2]
Todos los ciudadanos gaboneses, hombres y mujeres, que tengan al menos cuarenta (40) años de edad, hayan residido en Gabón durante al menos doce (12) meses y disfruten de todos sus derechos civiles y políticos, pueden presentarse como candidatos a la presidencia del Parlamento. presidencia. [4]
El Tribunal Constitucional podrá ampliar los plazos previstos conforme al artículo 11 siguiente, pero las elecciones no podrán realizarse más de treinta y cinco (35) días después de la fecha de la decisión del Tribunal Constitucional. [4]
Si la aplicación de las políticas de los presentes párrafos pospone la elección a una fecha posterior al último día en el cargo del presidente actual, el presidente permanecerá en el cargo hasta la elección del sucesor. [4]
Las formas y medios en que podrá aplicarse el presente artículo se fijan por ley orgánica. [4]
El mandato presidencial comienza el día en que se presenta para prestar juramento presidencial y finaliza al final del séptimo año siguiente a su elección. [5]
La elección del presidente de la república se realiza al menos un mes y como máximo dos meses antes del final del mandato del presidente anterior. [5]
Un presidente actual no puede acortar su mandato de ninguna manera para postularse para otro mandato. [5]
Si el actual presidente de la república se postula para el próximo mandato presidencial, la Asamblea Nacional de Gabón no podrá disolverse. El presidente tampoco podrá ejercer su facultad de legislar mediante ordenanza desde el momento en que anuncia su candidatura hasta la elección. En casos de necesidad, el Parlamento podrá reunirse en sesión extraordinaria. [5]
El juramento presidencial marca el inicio del mandato presidencial. No podrá tener lugar antes de la decisión del Tribunal Constitucional de proclamar los resultados oficiales de las elecciones. [6]
En el momento de la toma de posesión del presidente, el presidente de la república prestará solemnemente juramento a continuación, ante el Parlamento y el Tribunal Constitucional, con la mano izquierda sobre la Constitución y la otra mano levantada ante la bandera nacional: [7]
Prometo dedicar todas mis energías al bien del pueblo gabonés, a asegurar su bienestar y a protegerlo de toda desgracia, a respetar y defender la Constitución y el Estado de derecho, a cumplir concienzudamente los deberes de mi cargo y ser justo para todos.
En caso de vacancia del cargo presidencial por cualquier motivo, o de impedimento permanente del actual presidente, afirmado por el Tribunal Constitucional convocado por el gobierno por mayoría absoluta de sus miembros, o en su defecto, por las mesas de los dos cámaras del Parlamento con la mayoría de sus miembros, el presidente del Senado ejercerá temporalmente las funciones de presidente de la república, o en caso de impedimento permanente del presidente del Senado, afirmado por el Tribunal Constitucional llamado en el mismo En estas condiciones, el primer vicepresidente del Senado ejercerá temporalmente las funciones del cargo presidencial. [8]
La autoridad que en el interino asuma el cargo presidencial será investida temporalmente de todos los deberes y facultades del presidente de la república, con exclusión de ciertos deberes y facultades previstos en los artículos 18, 19 y el primer párrafo del 116. El presidente interino no podrá presentarse como candidato a las próximas elecciones presidenciales. [8]
Antes de su entrada en funciones, la autoridad interesada prestará juramento en las condiciones del artículo 12 anterior. [8]
En caso de vacancia, o si el impedimento del presidente es declarado permanente por el Tribunal Constitucional, las elecciones para la elección del nuevo presidente, excluidos los casos de emergencia anunciados por el Tribunal Constitucional, se realizarán al menos treinta (30) días o como máximo sesenta (60) días después del inicio de la vacancia o de la declaración de inhabilitación permanente del presidente. [8]
† Murió en el cargo