stringtranslate.com

poder judicial de mexico

El Poder Judicial de México oficialmente el Poder Judicial de la Federación ( en español : Poder Judicial de la Federación , PJF) es uno de los tres poderes del gobierno en México , y el único poder judicial federal. Está integrado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación , que actúa como su máximo tribunal, el Consejo de la Judicatura Federal, el Tribunal Federal Electoral , juzgados regionales, tribunales colegiados de circuito y de apelación, y juzgados de distrito.

Sus fundamentos se pueden encontrar en el Título III, Capítulo IV (que comprende catorce artículos) de la Constitución de México y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación . El Jurado Federal de Ciudadanos y los tribunales de los estados y del Distrito Federal pueden actuar en apoyo de la Justicia Federal en los casos previstos por la Constitución y las leyes.

La administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de México, con excepción de la Suprema Corte de Justicia y el Tribunal Electoral, están encomendadas al Consejo de la Judicatura Federal. En esta rama y su conjunto de instituciones se confiere la autoridad para administrar justicia en todos los aspectos institucionales del Estado mexicano, incluyendo la aplicación de normas y principios jurídicos en la resolución de conflictos, y en todas las áreas de aplicación e interpretación de la ley en la sociedad (civil). , penal, constitucional, comercial, laboral, administrativa, fiscal, procesal, etc.). [1] [2] [3]

Suprema Corte de Justicia de la Nación

La Suprema Corte de Justicia de la Nación es el Tribunal Constitucional de México y el tribunal de última instancia dentro del Poder Judicial de México. Está compuesto por once magistrados que actúan en sesiones plenarias o en salas asignadas a jurisdicciones específicas. Su presidente actúa como su máxima autoridad, representante ante los demás poderes del gobierno y también funge como líder del Consejo de la Judicatura. Esta institución se encarga de defender el orden establecido por la Constitución, mantener el equilibrio entre los distintos poderes y órganos de gobierno y dictar resoluciones definitivas en asuntos judiciales de gran relevancia social a través de sus decisiones jurisdiccionales. Por su condición de tribunal primario y máximo de carácter constitucional, no existe autoridad u órgano superior a él, y contra sus decisiones no cabe recurso judicial alguno.

Tribunal Electoral Federal

El Tribunal Federal Electoral es un órgano especializado del Poder Judicial de México, encargado de resolver conflictos electorales, proteger los derechos políticos y electorales de los ciudadanos y administrar justicia en el ámbito electoral. Actualmente, está compuesta por una Sala Superior, integrada por siete jueces electorales; cinco salas regionales, cada una compuesta por tres jueces; y una Sala Regional Especializada, integrada también por tres miembros. Las funciones de administración, vigilancia y disciplina del Tribunal corresponden a su Comisión Administradora.

Tribunales de circuito

Los Tribunales de Circuito son aquellos con competencia judicial en ámbitos territoriales específicos denominados circuitos, los cuales son determinados por la ley a través del Consejo de la Judicatura. Se dividen en dos categorías según su ámbito de competencia y composición: Tribunales Colegiados y Tribunales Unitarios.

Tribunales Colegiados de Circuito

Los Tribunales Colegiados de Circuito están compuestos por tres jueces, cada uno con su propio expediente. Con frecuencia celebran reuniones llamadas "sesiones" para resolver los casos que se les presentan. Sus competencias se encuentran enumeradas en el artículo 37 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación . Estos incluyen, entre otros: juicios de amparo directo contra sentencias firmes, conflictos de competencia que surjan entre juzgados unitarios de circuito o jueces de distrito de su competencia en juicios de amparo, y demás materias que expresamente les encomienden la ley o los acuerdos de carácter general dictados por la Corte Suprema. Corte de Justicia de la Nación.

Tribunales Unitarios de Circuito

Los Tribunales Unitarios de Circuito son tribunales federales compuestos por un solo juez con facultades y competencias específicas. Según el artículo 29 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación , sus competencias incluyen pero no se limitan a: la apelación de los casos conocidos en primera instancia por los juzgados de distrito, el recurso de apelación denegada y las controversias que surjan entre los tribunales distritales. jueces de su competencia, salvo en los procesos de amparo.

Tribunales de distrito

Los juzgados de distrito son los juzgados de primera instancia de primera instancia dentro del Poder Judicial de México. Son las unidades básicas dentro del sistema de justicia y están presididas por un juez de distrito. En consecuencia, sus facultades y competencias dependen de la materia que les asigne conforme a los artículos 50 a 55-bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación . Sin embargo, con carácter general les corresponde resolver lo siguiente:

Jurado Federal de Ciudadanos

El Jurado Federal de Ciudadanos es el órgano competente para resolver, mediante sentencia, las cuestiones de hecho que le sometan los jueces de distrito conforme a la ley. Está integrado por 7 ciudadanos designados por sorteo, en los términos que establece el Código Federal de Procedimientos Penales.

Tiene competencia sobre los delitos cometidos, a través de la prensa, contra el orden público o la seguridad nacional, tanto externa como interna, y cualesquiera otros que determinen las leyes.

Consejo de la Judicatura Federal

El Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, control, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de México, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Federal Electoral. Además, deberá asegurar siempre la autonomía de los órganos del Poder Judicial de México y la independencia e imparcialidad de sus miembros.

Está integrado por siete miembros: el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien también funge como Presidente del Consejo; tres concejales designados por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de entre los jueces de circuito y de distrito; dos concejales designados por el Senado , y uno designado por el Presidente .

Todos los concejales, excepto el presidente, cumplen un mandato de cinco años, reemplazados de forma escalonada, y cuyo mandato no es renovable. Los consejeros no representan a quienes los designan, por lo que deberán ejercer su función con independencia e imparcialidad.

El Consejo funciona en pleno o en comisiones. El Pleno decide sobre el nombramiento, adscripción, ratificación y remoción de los jueces, así como sobre otras materias que determine la ley. Mientras tanto, los comités son responsables de la administración, la carrera judicial, la disciplina, la creación de nuevos órganos y las asignaciones.

Referencias

  1. «Artículo 49 de la Constitución de México» (PDF) .
  2. «Constitución mexicana artículo 94» (PDF) .
  3. «Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación» (PDF) .