La República de Honduras está organizada de acuerdo al Título I: Del Estado [1] de la Constitución de Honduras de 1982. De acuerdo al Título V: Poderes del Gobierno, [2] los tres poderes administrativos son el legislativo , el ejecutivo y el judicial . El poder legislativo es el Congreso Nacional , el cual es elegido por votación directa. El poder ejecutivo lo ejerce el presidente de Honduras o, en su ausencia, uno de los tres vicepresidentes . El poder judicial está integrado por una corte suprema , una corte de apelaciones y otros tribunales que señale la ley. [3]
Presidente
El presidente, jefe de Estado, de gobierno y máxima autoridad administrativa, es elegido por sus ciudadanos. La actual presidenta es Xiomara Castro a quien le antecedió Juan Orlando Hernández . Los vicepresidentes son Salvador Nasralla , Doris Gutiérrez y Renato Florentino .
Responsabilidades
- Cumplir y hacer cumplir la Constitución, los tratados y convenios, las leyes y demás disposiciones legales.
- Representar y dirigir las políticas del Estado.
- Salvaguardar la independencia y el honor de la República y la integridad e inviolabilidad de su territorio.
- Mantener la paz y la seguridad interior de la república y repeler ataques o agresiones externas.
- Nombrar y remover libremente a los secretarios y subsecretarios del gabinete, así como a los demás funcionarios y empleados cuyo nombramiento no esté atribuido a otras autoridades.
- Convocar al Congreso Nacional a sesiones extraordinarias (a través de la comisión permanente) o proponer la continuación de las sesiones ordinarias.
- Restringir o suspender el ejercicio de derechos de acuerdo con el Consejo de Ministros, con sujeción a la constitución
- Enviar mensajes al Congreso en cualquier momento, mediante comparecencia personal, y por escrito al iniciarse cada sesión legislativa.
- Participar en la elaboración de las leyes mediante la presentación de proyectos de ley en el Congreso a través de los secretarios del gabinete.
- Dar a los poderes legislativo y judicial y al tribunal supremo electoral el auxilio necesario para hacer efectivas sus resoluciones.
- Dictar directivas, decretos, reglamentos y resoluciones conforme a la ley.
- Dirigir la política y las relaciones exteriores
- Celebrar tratados y convenios y ratificar (previa aprobación del Congreso) los tratados internacionales de carácter político y militar, los relativos al territorio y soberanía nacionales y a concesiones , los que impliquen obligaciones financieras para el erario público, los que requieran la modificación o derogación de una disposición constitucional o legal y los que requieran legislación para su ejecución.
- Designar (de conformidad con la ley del servicio exterior) a los jefes de las misiones diplomáticas y consulares, quienes deberán ser nacionales hondureños por nacimiento, salvo los cargos honorarios o de representación conjunta de Honduras ante otros Estados.
- Recibir a los jefes de misiones diplomáticas extranjeras y a los representantes de organizaciones internacionales; expedir el exequátur a (y revocarlo a) los cónsules de otros Estados
- Dirigir las fuerzas armadas al comandante en jefe y adoptar las medidas necesarias para la defensa de la república.
- Declarar la guerra y hacer la paz durante un receso del Congreso, que deberá ser convocado posteriormente.
- Supervisar la conducta oficial de los funcionarios y empleados públicos para la seguridad y el prestigio del gobierno y del estado.
- Administrar el tesoro público
- Adoptar medidas económicas y financieras cuando el interés nacional lo exija y rendir cuentas al Congreso.
- Negociar préstamos y celebrar contratos previa aprobación del Congreso, cuando corresponda.
- Elaborar el plan nacional de desarrollo, discutirlo con el consejo de ministros, someterlo a la aprobación del congreso nacional y dirigirlo y ejecutarlo.
- Regular las tarifas de acuerdo a la ley
- Indultar y conmutar las penas conforme a la ley
- Para otorgar declaraciones conforme a la ley
- Garantizar la recaudación de los ingresos estatales y regular su inversión conforme a la ley.
- Publicar trimestralmente el estado de ingresos y gastos de los ingresos públicos.
- Organizar, dirigir, orientar y promover la educación pública, erradicar el analfabetismo y proporcionar y mejorar la educación técnica.
- Adoptar medidas para la promoción, recuperación y rehabilitación de la salud pública y la prevención de enfermedades.
- Dirigir la política económica y financiera del Estado.
- Supervisar y controlar a los bancos, compañías de seguros y casas de inversión a través de una comisión nacional bancaria y de seguros, cuya integración y funcionamiento se regulará por la ley, y designar al presidente y vicepresidentes de los bancos estatales conforme a la ley.
- Prescribir medidas y disposiciones para promover la reforma agraria y mejorar la productividad en las zonas rurales
- Sancionar, vetar, promulgar y publicar las leyes aprobadas por el Congreso.
- Dirigir y apoyar la integración económica y social, nacional e internacional, para mejorar las condiciones de vida del pueblo hondureño.
- Crear, mantener y suprimir los servicios públicos, tomando las medidas necesarias para su eficiente funcionamiento.
- Conferir grados militares desde segundo teniente hasta capitán, inclusive
- Velar por que las fuerzas armadas sean apolíticas, profesionales y obedientes.
- Expedir y cancelar los documentos de naturalización que autorice el Poder Ejecutivo, de acuerdo con la ley.
- Otorgar pensiones, bonificaciones y asignaciones, de acuerdo con la ley
- Otorgar personalidad jurídica a las organizaciones civiles, de conformidad con la ley.
- Para garantizar la armonía entre el capital y el trabajo
- Fijar y revisar el salario mínimo, de acuerdo con la ley
- Permitir o denegar, previa autorización del Congreso, el tránsito por el territorio hondureño de tropas extranjeras
- Permitir (previa autorización del Congreso) la salida de tropas hondureñas para servir en territorio extranjero, de conformidad con los tratados y convenciones internacionales para el mantenimiento de la paz.
- Otros poderes y deberes que le confieren la constitución y la legislación [4]
Ministerios y secretarias
Presupuesto general
En enero de 2014, el gobierno de Honduras aprobó un presupuesto general de 183.635.281.000 lempiras (9.000 millones de dólares), distribuidos de la siguiente manera:
Véase también
Referencias
- ^ "En español, TITULO I: DEL ESTADO. "Título 1: Del Estado."".
- ^ "En el original español", Título V: De Los Poderes Del Estado.
- ^ "Proyecto Constitutivo - Constitución de Honduras" (PDF) .
- ^ "Proyecto de Constitución - Artículo 245 de la Constitución de Honduras" (PDF) .
- ^ Periódico El Heraldo
Enlaces externos
- Constitución de la República de Honduras, 1982 (con reformas) (en español)
- Constitución de Honduras de 1982 con modificaciones
- Ejecutivo de Honduras