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Acuerdo plurilateral

Un acuerdo plurilateral es un acuerdo jurídico o comercial multinacional entre países. En la jerga de la economía global , es un acuerdo entre más de dos países, pero no un gran número, lo que sería un acuerdo multilateral . [1]

Uso del término en la Organización Mundial del Comercio

El término "acuerdo plurilateral" se utiliza en la Organización Mundial del Comercio . Un acuerdo plurilateral implica que los países miembros de la OMC tendrían la opción de acordar nuevas normas de forma voluntaria. Esto contrasta con el acuerdo multilateral de la OMC, en el que todos los miembros de la OMC son parte del acuerdo. El Acuerdo sobre Contratación Pública es un acuerdo plurilateral típico.

Tratados plurilaterales

Un tratado plurilateral es un tipo especial de tratado multilateral . Un tratado plurilateral es un tratado entre un número limitado de Estados con un interés particular en el objeto del tratado. [2] La principal diferencia entre un tratado plurilateral y otros tratados multilaterales es que la disponibilidad de reservas es más limitada en un tratado plurilateral. Debido a la naturaleza limitada de un tratado plurilateral, se requiere la plena cooperación de las partes en el tratado para que se cumpla el objeto del tratado. Como resultado, no se permiten reservas a los tratados plurilaterales sin el consentimiento de todas las demás partes en el tratado. Este principio está codificado en el derecho internacional por el artículo 20(2) de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados :

Cuando del número limitado de Estados negociadores y del objeto y fin de un tratado se desprende que la aplicación del tratado en su totalidad entre todas las partes es una condición esencial del consentimiento de cada una de ellas en obligarse por el tratado, una reserva requiere la aceptación de todas las partes. [3]

Referencias

  1. ^ "Glosario de economía internacional de Deardorff: P" . Consultado el 11 de julio de 2008 .
  2. ^ Anthony Aust (2000). Derecho y práctica de los tratados modernos (Cambridge: Cambridge University Press), pág. 112.
  3. ^ Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, (1969) 1155 UNTS 331 (en vigor desde 1980).