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Por estirpes

Per stirpes ( / p ɜːr ˈ s t ɜːr p z / ; "por raíces" o "por stock") [1] es un término legal del latín , utilizado en la ley de herencias y sucesiones . Un patrimonio de un difunto se distribuye por estirpes si cada rama de la familia va a recibir una parte igual de un patrimonio . Cuando un heredero en la primera generación de una rama falleció antes que el difunto, la parte que se le habría dado a ese heredero se distribuiría entre la descendencia de ese heredero en partes iguales. También puede conocerse como per stirpes estricto [2] o el antiguo enfoque inglés , [3] y difiere de la distribución per cápita , ya que los miembros de la misma generación pueden heredar diferentes cantidades. [4] En la sección 33 de la Ley de Testamentos de 1837 en Inglaterra y Gales, se llama según su stock . [5]

Ejemplos

Figura 1. El patrimonio de A se divide en partes iguales entre cada una de las tres ramas. B , C y D reciben un tercio cada una. Como B falleció antes que A , los dos hijos de B ( B1 y B2 ) reciben cada uno la mitad de la parte de B , equivalente a una sexta parte del patrimonio. E falleció antes que A y no tiene descendientes que reciban una parte del patrimonio.

Ejemplo 1A: El testador A especifica en su testamento que su patrimonio se dividirá entre sus descendientes en partes iguales per stirpes . A tiene tres hijos, B , C y D. B ya ha fallecido, pero ha dejado dos hijos (nietos de A ), B1 y B2 . Cuando se ejecuta el testamento de A , en virtud de una distribución per stirpes , C y D reciben cada uno un tercio del patrimonio, y B1 y B2 reciben cada uno una sexta parte. B1 y B2 constituyen una "rama" de la familia, y reciben colectivamente una parte igual a las partes recibidas por C y D como ramas (figura 1).

Ejemplo 1B: Si el nieto B1 hubiera fallecido antes que A , dejando dos hijos B1a y B1b , y el nieto B2 también hubiera muerto dejando tres hijos B2a , B2b y B2c , entonces la distribución por estirpes daría un tercio a cada uno de los herederos C y D ; un doceavo a cada uno de los herederos B1a y B1b , que constituirían una rama; y un dieciochoavo a cada uno de los herederos B2a , B2b y B2c . Por lo tanto, las ramas B , C y D reciben partes iguales de todo el patrimonio, las ramas B1 y B2 reciben partes iguales de la parte de la rama B , B1a y B1b reciben partes iguales de la parte de la rama B1 , y B2a , B2b y B2c reciben partes iguales de la parte de la rama B2 .

Per cápita en cada generación

El reparto per cápita por generación es una forma alternativa de distribución, en la que los herederos de la misma generación recibirán la misma cantidad. El patrimonio se divide en partes iguales en la generación más cercana al fallecido con herederos supervivientes. El número de partes es igual al número de miembros originales supervivientes o con descendientes supervivientes. Cada heredero superviviente de esa generación recibe una parte. El resto se divide entonces en partes iguales entre los descendientes de la siguiente generación de los descendientes del fallecido de la misma manera.

Ejemplo 2A: En el primer ejemplo, los hijos C y D sobreviven, por lo que la herencia se divide en su generación. Había tres hijos, por lo que cada hijo sobreviviente recibe un tercio. El resto ( la parte de B ) se divide luego de la misma manera entre los descendientes sobrevivientes de B. El resultado es el mismo que en el caso del per stirpes porque el tercio de B se distribuye entre B1 y B2 (una sexta parte para cada uno).

Figura 2. Comparación entre la herencia per cápita y la herencia per cápita por generación . A la izquierda, cada rama recibe un tercio de la herencia. A la derecha, el único hijo superviviente de A , C , recibe un tercio de la herencia. Los dos tercios restantes se dividen entre los descendientes de la siguiente generación.

Ejemplo 2B: Los resultados per cápita y per stirpes serían diferentes si D también hubiera fallecido antes con un hijo, D1 (figura 2). Con per stirpes , B1 y B2 recibirían cada uno una sexta parte (la mitad de la parte de un tercio de B), y D1 recibiría un tercio (la totalidad de la parte de un tercio de D ). Con per cápita , los dos tercios restantes después de que se tomara la parte de un tercio de C se dividirían equitativamente entre los tres hijos de B y D. (Dos tercios = seis novenos) Cada uno recibiría dos novenos: B1 , B2 y D1 recibirían todos dos novenos.

Notas:

Per cápita con representación

En muchos estados de EE. UU., un estatuto ha modificado el enfoque per stirpes y utiliza en su lugar un enfoque per cápita con representación (también conocido como per stirpes estadounidense moderno). [6] Bajo este enfoque, el número de ramas se determina por referencia a la generación más cercana al testador que tiene un descendiente sobreviviente. Por lo tanto, en el primer ejemplo, si C y D también ya están muertos, y cada uno dejó un hijo, C1 y D1 respectivamente, entonces cada uno de B1 , B2 , C1 y D1 recibiría una cuarta parte del patrimonio. Este método se utiliza en los estados de Alaska , Arizona , California , Colorado , Hawái , Maine , Michigan , Nueva Jersey , Nuevo México , Nueva York , Ohio , Oklahoma , Pensilvania , Utah y Virginia Occidental .

Véase también

Referencias

  1. ^ División de Apelaciones, Tribunal Supremo del Estado de Nueva York (1931). Informes de casos escuchados y resueltos en la División de Apelaciones del Tribunal Supremo del Estado de Nueva York. Banks & Bros.
  2. ^ BAR/BRI, Esquemas 2L/3L (Dallas, Texas: Barbari, 2015), Testamentos: 2.
  3. ^ Wendel, Peter (2010). Testamentos, fideicomisos y patrimonios (8.ª ed.). Nueva York: Aspen. pág. 30.
  4. ^ Black, Henry Campbell. "Per stirpes". Diccionario jurídico de Black (2.ª ed.). West Publishing . Consultado el 10 de diciembre de 2012 .
  5. ^ Ley de Testamentos de 1837 3(3) en su forma enmendada
  6. ^ Wendel 2010, pág. 31.
  7. ^ Wendel 2010, pág. 33.

Enlaces externos