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Organización de derechos de ejecución

Una organización de derechos de ejecución ( PRO ), también conocida como sociedad de derechos de ejecución, proporciona funciones intermediarias, en particular la recaudación de regalías , entre los titulares de derechos de autor y las partes que desean utilizar obras protegidas por derechos de autor públicamente en lugares como tiendas y restaurantes. La compra legal de obras por parte de los consumidores, como la compra de CD en una tienda de música, confiere derechos de ejecución privados . Las PRO generalmente solo recaudan regalías cuando el uso de una obra es incidental al propósito de una organización. Las regalías por obras esenciales para el propósito de una organización, como teatros y radio, generalmente se negocian directamente con el titular de los derechos. El interés de las organizaciones varía: muchas se centran únicamente en obras musicales, mientras que otras también pueden abarcar obras y autores para el sector audiovisual, el teatro, la literatura o las artes visuales. [1]

En algunos países, las PRO se denominan colectivos de derechos de autor o agencias de recaudación de derechos de autor . Un colectivo de derechos de autor es más general que una PRO, ya que no se limita a las interpretaciones o ejecuciones e incluye a las organizaciones de derechos de reproducción (RRO). Las RRO representan obras distribuidas a través de medios como CD, casetes de audio o archivos de computadora, en lugar de su uso en entornos públicos.

El organismo rector mundial de las OPI es la CISAC , con sede en Francia, y 228 sociedades miembros en 119 países. [1]

Historia

La primera sociedad de derechos de ejecución se estableció en Francia en 1851. En el Reino Unido, la Ley de Derechos de Autor de 1842 fue la primera en proteger las composiciones musicales con la Performing Right Society , fundada en 1914, que abarca las interpretaciones en vivo. Los derechos de interpretación grabada o transmitida son administrados por la Mechanical Copyright Protection Society , fundada en 1924. Italia introdujo una sociedad de derechos de ejecución en 1882 y Alemania en 1915. En los Estados Unidos, la American Society of Composers, Authors and Publishers (ASCAP) se fundó en 1914; Sociedad de Autores y Compositores de Escenario Europeos (SESAC) en 1930 y Broadcast Music, Inc. (BMI) en 1939. La Sociedad Puertorriqueña de Autores y Compositores de Música (SPACEM) fue fundada en San Juan, Puerto Rico en 1953. El nombre de SPACEM fue cambiado a ACEMLA, o Asociación de Compositores y Editores de Música y sigue siendo hoy PRO No. 76 en la lista de la CISAC [2] de sociedades de derechos de ejecución.

Actividades

Además de su función principal como intermediarios entre los titulares de derechos y los clientes, las PRO son muy activas en el ámbito jurídico. Las PRO llevan a los presuntos infractores de derechos a los tribunales o, en los EE. UU., al Copyright Royalty Board de la Biblioteca del Congreso . Las PRO ejercen presión en nombre de los titulares de derechos, especialmente en las discusiones sobre las tasas de regalías legales.

Como beneficio adicional del seguimiento de la ejecución pública de obras para la recaudación de regalías, las PRO publican estadísticas de las obras ejecutadas públicamente.

Se podría decir que los servicios de licencias proporcionados por una PRO proporcionan ventajas a los clientes, que pueden licenciar simultáneamente todas las obras que la PRO representa.

Críticas

Las PRO han sido criticadas por cobrar a las organizaciones sin fines de lucro por el uso de música protegida por derechos de autor en situaciones en las que la organización sin fines de lucro no estaba ganando dinero con el uso. ASCAP, por ejemplo, finalmente se vio obligada, frente a la opinión pública, a abandonar sus intentos de cobrar a las Girl Scouts de los EE. UU . por cantar canciones de fogata. La política de ASCAP y SESAC de cobrar a las estaciones de radio educativas no comerciales (NCE) por reproducir música protegida por derechos de autor también ha sido criticada, especialmente por las estaciones de radio universitarias de todo Estados Unidos, que dependen completamente del apoyo de los estudiantes y los oyentes para su financiación y tienen dificultades para pagar las tarifas adicionales. Las orquestas comunitarias, que en su mayoría interpretan obras clásicas de dominio público, pueden tocar ocasionalmente una obra protegida por derechos de autor, pero se ven obligadas a pagar licencias a las sociedades de derechos sobre todos los ingresos de los conciertos, incluidos los conciertos en los que toda la música es de dominio público, que luego se distribuyen a los compositores de canciones pop.

A menudo se critica a las PRO por forzar la definición de "interpretación pública". Hasta hace relativamente poco [¿ cuándo? ] en los EE. UU., reproducir música protegida por derechos de autor en restaurantes no implicaba problemas legales si el medio se había comprado legalmente. [ cita requerida ] Ahora las PRO exigen regalías por ese uso.

"Una excepción a la regla permite a las empresas de un cierto tamaño (tiendas de menos de 2.000 pies cuadrados, restaurantes o bares de menos de 3.750 pies cuadrados) reproducir música desde una radio, televisión o dispositivo doméstico similar sin licencia, siempre que haya menos de seis altavoces (con límites en la ubicación de los altavoces) y a los clientes no se les cobre por escuchar. Otras excepciones incluyen funciones educativas y benéficas... Si su empresa se encuentra en una de las categorías enumeradas anteriormente (tamaño de la empresa, número y ubicación de los altavoces, etc.) radio/TV], es posible que desee consultar la sección 110(5) de la Ley de Derechos de Autor. Ya que probablemente no necesitará una licencia. Pero, antes de tomar una decisión, consulte con un abogado". [3]

Al desalentar las representaciones en espacios públicos limitados, utilizando nuevamente el ejemplo del restaurante, los críticos [¿ quiénes? ] dicen que las PRO eliminan la publicidad gratuita que dichas representaciones proporcionan a una obra, lo que deprime las ventas en los medios. Por cierto, la disminución de las ventas en los medios entra en conflicto con las PRO, pero no se sabe que se produzcan disputas entre las dos partes, ya que cada tipo de organización representa los intereses de las mismas partes (los propietarios de los derechos) y se ven obligados a trabajar en beneficio de un interés común.

Los titulares de derechos –especialmente los independientes y los recién llegados que no están representados por las grandes editoriales– critican a las PRO por lo que consideran fórmulas "místicas" para decidir quién recibe qué parte de los ingresos totales por licencias. También critican a las PRO por los pagos lentos o inexistentes y las cuotas de membresía o tarifas por servicios excesivas. [ cita requerida ]

Organizaciones

Internacional

América del norte

Estados Unidos

Canadá

Otros

La mayoría de los países (que respetan los derechos de autor) tienen el equivalente:

Regulación estatal e impuestos sobre la renta

Aunque la cláusula de derechos de autor de la Constitución de los Estados Unidos delega el poder de establecer leyes de derechos de autor en los Estados Unidos, en los últimos años, varios estados han promulgado leyes de transparencia con respecto a las sociedades de derechos de ejecución. Estas generalmente obligan a las sociedades de derechos de ejecución a revelar las obras musicales que licencian. Esto se debe a que muchos establecimientos pagan tarifas de licencia generales a las sociedades de derechos de ejecución, pero tienen poca o ninguna idea de si las tarifas que pagan realmente garantizan los derechos para ejecutar obras musicales. Esto puede dar lugar a prácticas comerciales desleales llamadas peaje . Muchas sociedades de derechos de ejecución envían representantes a las empresas que intentan interrumpir o cerrar un concierto, alegando una licencia de derechos de ejecución insuficiente, y algunos estados han prohibido esta práctica.

Además, los estados con impuestos sobre la renta esperan retener los ingresos por regalías por "interpretaciones" dentro de esos estados en lugar de en el estado donde vive el compositor o compositor o donde se encuentra la Sociedad de Derechos de Interpretación. En la práctica, la contabilidad del impuesto sobre la renta estatal es muy difícil de regular. Cabe destacar la ley de Colorado, que exige que cada Sociedad de Derechos de Interpretación revele su catálogo completo.

Lectura adicional

Referencias

  1. ^ ab "Visión general de la CISAC | CISAC".
  2. ^ "Confédération Internationale des Sociétés d'Auteurs et Compositeurs", Wikipedia , 2019-07-08 , consultado el 11 de marzo de 2020
  3. ^ Deceglie, Paul (23 de febrero de 1998). "Cut It Out". www.entrepreneur.com . Entrepreneur . Consultado el 12 de marzo de 2013 .
  4. ^ "Exmiembro de la junta directiva de SESAC lanza nueva PRO para 'creadores de la era digital'". Billboard . Consultado el 4 de febrero de 2020 .
  5. ^ "Irving Azoff lanza 'Global Music Rights' para competir con ASCAP y BMI". Acceso total . Consultado el 24 de abril de 2020 .
  6. ^ "CISAC". members.cisac.org . Consultado el 28 de abril de 2022 .
  7. ^ "NCAC-MCSC-Sociedad de derechos de autor de música de China". en.ncac.gov.cn . Consultado el 28 de abril de 2022 .
  8. ^ Yim Seung-hye (28 de julio de 2015). "Las regalías divididas enfurecen a los músicos". Korea JoongAng Daily . Consultado el 30 de junio de 2016 .