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Materialidad (ley)

La materialidad es la importancia de los hechos para el asunto en cuestión. [1]

En el derecho de la prueba

Se dice que un elemento de prueba es material si tiene alguna conexión lógica con un hecho que tiene consecuencias para el resultado de un caso . La materialidad, junto con el valor probatorio , es una de las dos características que hacen que un determinado elemento de prueba sea relevante . [2] Esto depende en gran medida de los elementos de la causa de acción que el demandante intenta probar, o que el fiscal debe probar en un caso penal para asegurar una condena. Por lo tanto, las cuestiones que deben probarse fácticamente son un producto del derecho sustantivo subyacente . [3]

En derecho corporativo y de valores

En el contexto del derecho corporativo y de valores en los Estados Unidos , un hecho se define como material si existe una probabilidad sustancial de que un accionista razonable lo considere importante al decidir cómo votar sus acciones o invertir su dinero. [4] En este sentido, es similar al término contable del mismo nombre .

La materialidad es particularmente importante en el contexto del derecho de valores, porque bajo la Ley de Intercambio de Valores de 1934 , una empresa puede ser considerada civil o penalmente responsable por declaraciones de hechos falsas, engañosas u omitidas en declaraciones de poder y otros documentos, si el tribunal determina que el hecho en cuestión ha sido material de conformidad con la Regla 10b-5. [5]

En el derecho contractual

En el derecho de contratos , un término material en un contrato es un término o disposición que se refiere a cuestiones importantes, como el objeto, el precio, la cantidad, el tipo de trabajo a realizar y las condiciones de pago o ejecución. [1]

En la ley de patentes

En la legislación sobre patentes de los Estados Unidos , la información es material para la patentabilidad y, por lo tanto, está sujeta al deber de divulgación si

(1) Establece, por sí sola o en combinación con otra información, un caso prima facie de no patentabilidad de una reivindicación ; o
(2) Refuta o es incompatible con una posición que el solicitante adopta en:
(i) Oponerse a un argumento de no patentabilidad en el que se base la Oficina, o
(ii) Afirmar un argumento de patentabilidad. [6]

Véase también

Referencias

  1. ^ ab Diccionario de Derecho de Black , 7.ª ed.
  2. ^ Véase la Regla 401 de las Reglas Federales de Evidencia .
  3. ^ Fisher, George. Evidencia . Págs. 18-19. Foundation Press, 2002. ISBN  1-58778-176-X
  4. ^ Inversor razonable, Boston University Law Review, disponible en: http://ssrn.com/abstract=2579510
  5. ^ Véase TSC Industries, Inc. contra Northway, Inc. , 426 US 438 (1976)
  6. ^ Título 37 del Código de Reglamentos Federales, artículo 1.56