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Mandamus perentorio

Un mandato perentorio de mandamus (también mandato perentorio de mandato o simplemente mandamus perentorio ) es un mandato absoluto e incondicional (una orden escrita formal) que se le otorga al acusado para que realice el acto en cuestión. Se emite cuando el acusado no cumple o no demuestra causa suficiente en respuesta a un mandamus alternativo . Es uno de los tres tipos de mandamus .

Una definición más exacta de un mandato perentorio es "una orden final de un tribunal a cualquier organismo gubernamental, funcionario gubernamental o tribunal inferior para realizar un acto que el tribunal considera un deber oficial requerido por la ley". [1]

Distinguir de otros tipos de mandamus

Un mandato perentorio "se distingue de un mandato alternativo (mandamus), que ordena a la agencia gubernamental, al tribunal o a los funcionarios que obedezcan la orden o demuestren en una audiencia por qué no deberían hacerlo". [2]

Esto también puede distinguirse de un mandamus continuo , que solicita que un funcionario u otra autoridad realice sus tareas con rapidez durante un período de tiempo no estipulado para evitar un error judicial. [3]

"La práctica habitual es que quien desee obtener una orden de este tipo presente una petición de orden judicial alternativa. Si los funcionarios no cumplen con la orden y no logran convencer al tribunal de que no se debe emitir la orden judicial, el tribunal emitirá la orden judicial perentoria. En algunas situaciones de emergencia o cuando no existe ninguna razón concebible para que el gobierno no cumpla la ley, se emitirá la orden judicial perentoria después de una notificación de audiencia sin la orden judicial alternativa". [2]

En algunas jurisdicciones o sistemas judiciales , todos los tipos o clases de recursos se agrupan bajo un único marco procesal. En la práctica civil de Nueva York , cualquier recurso se denomina procedimiento contra (un) organismo o funcionario . [4]

California

En California , los mandatos judiciales suelen emitirse primero como alternativa y luego, si la parte que presenta la demanda prevalece, como mandato perentorio. Sin embargo, en ciertos casos, el tribunal de apelación o la Corte Suprema pueden conceder un "mandato perentorio en primera instancia", otorgando el alivio solicitado de inmediato. Aunque un mandato perentorio en primera instancia se emite sin una respuesta formal de la parte real en interés, el tribunal primero debe emitir un aviso de Palma para informar a la parte real en interés que se está considerando un mandato perentorio en primera instancia y darle la oportunidad de presentar una respuesta informal. [5]

Referencias

  1. ^ Hill, Gerald N.; Hill, Kathleen (2002). Diccionario jurídico popular: cómo sacar el misterio del lenguaje jurídico . Nueva York, NY: MJF Books. ISBN 9781567315530.
  2. ^ Véase Vineet Narain v. Unión de India , AIR 1996 SC 3386.
  3. ^ Artículo 78 de la Ley y Normas de Práctica Civil de Nueva York (CPLR), [en la web en http://www.assembly.state.ny.us/leg/ y vaya a CVP].
  4. ^ Palma v. US Industrial Fasteners, Inc. , 36 Cal.3d 171, 180 (1989).