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Elecciones libres y justas

Una elección libre y justa se define como una elección en la que " la coerción es comparativamente poco común". Esta definición fue popularizada por el politólogo Robert Dahl . Una elección libre y justa implica libertades políticas y procesos justos previos a la votación , un recuento justo de los votantes elegibles que emiten su voto, la ausencia de fraude electoral o supresión de votantes y la aceptación de los resultados electorales por todos los partidos. Una elección puede cumplir parcialmente con los estándares internacionales para elecciones libres y justas, o puede cumplir con algunos estándares pero no con otros. [1]

Factores

Un estudio de 2016 evaluó diez dimensiones de la conducta electoral entre 1975 y 2011: [2]

  1. marco jurídico (si existía un derecho constitucional de los ciudadanos a votar y postularse para un cargo, si se celebraban elecciones a intervalos regulares y si las leyes relacionadas con las elecciones no se modificaban inmediatamente antes de una elección);
  2. gestión electoral (si hubo manipulación de los distritos electorales y si los órganos de gestión electoral, si existieron, fueron independientes, imparciales y responsables );
  3. derechos electorales (si los ciudadanos podían, en general, votar sobre la base de la igualdad de sufragio y acceso);
  4. registros de votantes (si eran precisos, actuales y abiertos a los votantes para un registro fácil y efectivo );
  5. reglas de nominación / acceso a la votación (si los candidatos tenían en la práctica el derecho a competir en la elección, con rechazos de solicitudes de candidatos basados ​​en "normas internacionalmente reconocibles y aceptables" y sin que ningún candidato recibiera más del 75% de los votos, una señal de mala praxis o boicots electorales );
  6. proceso de campaña (si las elecciones se llevaron a cabo sin violencia, intimidación , soborno ( compra de votos ), uso de recursos gubernamentales para beneficiar al titular o "ventajas financieras masivas" para el titular);
  7. acceso a los medios de comunicación (si se protegió la libertad de expresión y si el partido gobernante se benefició desproporcionadamente de los medios de comunicación propiedad del gobierno );
  8. proceso de votación (si las elecciones se llevaron a cabo mediante votación secreta , según el principio de una persona, un voto , con seguridad adecuada para proteger a los votantes y protección contra el fraude en las urnas , la votación múltiple, la destrucción de papeletas válidas y otras formas de manipulación);
  9. papel de los funcionarios (si la elección se administró con personal adecuadamente capacitado, libre de campañas o intimidación en los lugares de votación, y con la capacidad de observadores electorales internacionales y representantes de partidos para observar los lugares de votación ); y
  10. recuento de votos (si los votos se contabilizaron de forma transparente y sin fraude ni manipulación)

Los índices de democracia V-Dem codifican las elecciones libres y justas por separado del alcance del sufragio . [3]

Alrededor del mundo

El estudio de 169 países de 1975 a 2011 estimó que solo alrededor de la mitad de las elecciones fueron libres y justas. [2] El estudio se preguntó si el aumento de regímenes no democráticos que celebraron elecciones a lo largo del tiempo junto con un aumento de los esfuerzos globales en torno a la observación electoral condujo a un aumento en la proporción de elecciones que se consideraron no libres y justas. La presencia de observadores electorales y las restricciones al poder ejecutivo se asociaron con una probabilidad 31% mayor de elecciones libres y justas en el estudio. [2]

Véase también

Referencias

  1. ^ Elklit, Jorgen; Svensson, Palle (1997). "¿Qué hace que las elecciones sean libres y justas?" (PDF) . Journal of Democracy . 8 (3): 32–46. doi :10.1353/jod.1997.0041. S2CID  154766533.
  2. ^ abc Bishop, Sylvia; Hoeffler, Anke (2016). "Elecciones libres y justas: una nueva base de datos". Revista de investigación para la paz . 53 (4): 608–616. doi :10.1177/0022343316642508. S2CID  110571606.
  3. ^ https://www.v-dem.net/documents/24/codebook_v13.pdf Coppedge, Michael, John Gerring, Carl Henrik Knutsen, Staffan I. Lindberg, Jan Teorell, David Altman, Michael Bernhard, Agnes Cornell, M. Steven Fish, Lisa Gastaldi, Haakon Gjerløw, Adam Glynn, Sandra Grahn, Allen Hicken, Katrin Kinzelbach, Kyle L. Marquardt, Kelly McMann, Valeriya Mechkova, Anja Neundorf, Pamela Paxton, Daniel Pemstein, Oskar Rydén, Johannes von Römer, Brigitte Seim , Rachel Sigman, Svend-Erik Skaaning, Jeffrey Staton, Aksel Sundström, Eitan Tzelgov, Luca Uberti, Yi-ting Wang, Tore Wig y Daniel Ziblatt. 2023. Libro de códigos V-Dem v13, Proyecto Variedades de la Democracia (V-Dem).

Lectura adicional

Enlaces externos