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La fianza en Canadá

En Canadá, la libertad bajo fianza se refiere a la liberación (o detención ) de una persona acusada de un delito penal antes de ser juzgada en un tribunal o sentenciada . La Carta Canadiense de Derechos y Libertades garantiza el derecho a no ser negado una libertad bajo fianza razonable sin una causa justa. Ese derecho se implementa mediante el Código Penal , que establece varias formas para que una persona sea liberada antes de una comparecencia ante el tribunal. Una persona puede ser liberada por un agente de paz o por los tribunales . Una liberación por parte de los tribunales se conoce oficialmente como libertad provisional judicial. También hay varias formas de obligar a una persona a comparecer ante el tribunal sin la necesidad de un arresto y liberación.

Historia

La ley canadiense sobre fianzas se deriva de los principios de la fianza que se desarrollaron en el common law inglés . En particular, el derecho a ser liberado sin fianza excesiva fue consagrado en la Carta de Derechos inglesa [1] , que formaba parte de la ley de las colonias de la América del Norte británica.

Antes de la Confederación en 1867, cada colonia tenía la autoridad de promulgar leyes locales relacionadas con la fianza. Después de 1867, el Parlamento de Canadá adquirió jurisdicción exclusiva sobre el derecho penal, [2] incluida la ley de fianzas. La primera legislación federal importante con respecto a la fianza se incluyó en el paquete de legislación penal de 1869. [3] [4] En esa ley, el gobierno federal hizo que la fianza fuera discrecional para todos los delitos. [5] Esta disposición fue posteriormente objeto de mucha interpretación judicial, ya que hizo que la concesión de la fianza fuera altamente discrecional para cada juez de paz. También hizo un énfasis considerable en la fianza en efectivo, haciendo que la liberación bajo fianza dependiera de los recursos financieros del individuo, en lugar de factores como la probabilidad de comparecer para responder a los cargos. [6]

El siguiente cambio importante en la legislación sobre libertad bajo fianza en Canadá fue la Carta de Derechos Canadiense de 1960 , que preveía un "derecho a una libertad bajo fianza razonable". [7] Esta disposición fue posteriormente utilizada por los tribunales para dictaminar, por primera vez, que la Ley de Extradición incluía un derecho a libertad bajo fianza. [8]

A principios de la década de 1970, el procedimiento para conceder la libertad bajo fianza en Canadá fue completamente revisado por la Ley de Reforma de la Fianza , que modificó ampliamente las disposiciones sobre fianzas del Código Penal . [9] Esta ley colocó la carga de justificar la detención de un acusado en el fiscal, dio a la policía nuevos poderes para liberar a las personas acusadas de un delito antes de que comparezcan ante un juez y creó procedimientos detallados para las revisiones de la libertad bajo fianza. [10]

En 1982, la Carta Canadiense de Derechos y Libertades consagró el derecho a la libertad bajo fianza en la Constitución canadiense. El artículo 11(e) de la Carta estipulaba que "toda persona acusada de un delito tiene derecho... a que no se le niegue una libertad bajo fianza razonable sin una causa justa". [11] Esto fue utilizado posteriormente por la Corte Suprema de Canadá para eliminar las disposiciones sobre libertad bajo fianza del Código Penal que el tribunal consideró excesivamente vagas en R v Morales .

Otra reforma importante se produjo en R v Zora , una sentencia de la Corte Suprema de 2020, que determinó que el incumplimiento de la libertad bajo fianza tiene un carácter subjetivo, no objetivo, de mens rea . En otras palabras, una persona no puede ser condenada por incumplir las condiciones de la libertad bajo fianza debido a un accidente o error, sino solo por incumplir intencional o imprudentemente las condiciones de la libertad bajo fianza. [12] Zora también apuntó a la práctica común de imponer rutinariamente múltiples condiciones a la libertad bajo fianza; enfatizó que "la forma predeterminada de libertad bajo fianza es liberar a las personas acusadas sobre la base de un compromiso de asistir al juicio, sin ninguna condición que restrinja sus actividades o acciones" [13] y que cualquier condición debe ser la mínima necesaria para abordar los factores de riesgo específicos que presenta el acusado individual. [14]

Proceso para obligar a la asistencia sin arresto

El Código Penal prevé dos formas de llevar a una persona ante los tribunales sin exigirle previamente su detención: una citación de comparecencia , expedida por el agente de policía, o una orden de comparecencia , expedida por un juez de la Audiencia Provincial o un juez de paz . El incumplimiento de una citación de comparecencia o de una orden de comparecencia puede dar lugar a la expedición de una orden de detención, [15] y, posiblemente, a la presentación de nuevos cargos por no comparecer o no cumplir con las condiciones. [16]

Aviso de aparición

En ciertos casos, un agente de paz puede optar por emitir una citación de comparecencia a una persona, en lugar de arrestarla. Hay tres condiciones para emitir una citación de comparecencia: (1) el agente de paz debe tener motivos razonables para creer que una persona ha cometido un delito que puede ser objeto de una condena sumaria , un delito híbrido o un delito que está dentro de la jurisdicción absoluta de un juez de un tribunal provincial, [17] (2) estar convencido, con motivos razonables, de que una detención no es necesaria para establecer la identidad de la persona, obtener o preservar pruebas o impedir la continuación del delito o la comisión de otro delito, y (3) no hay motivos razonables para creer que la persona no se presentará ante el tribunal. [18]

La citación de comparecencia ordena al acusado que comparezca ante el tribunal en una fecha determinada. Cuando se alega que el acusado ha cometido un delito procesable, la citación de comparecencia también puede exigir que el acusado se presente para que le tomen las huellas dactilares y le tomen una fotografía de conformidad con la Ley de Identificación de Delincuentes . [19]

La citación de comparecencia deberá ser confirmada posteriormente por un juez de paz. [20]

Citación

Alternativamente, cuando un agente de paz cree con motivos razonables que una persona ha cometido un delito procesable, el agente de paz puede presentar una información ante un juez de la Corte Provincial o un juez de paz. Si el juez o el juez de paz está convencido de que existen motivos, puede emitir una citación requiriendo que el acusado comparezca ante el tribunal en una fecha determinada. [21] [22] La citación también puede requerir que la persona se presente para que le tomen las huellas dactilares y le tomen fotografías de conformidad con la Ley de Identificación de Delincuentes . [22]

Liberación por parte de la policía tras arresto

Los agentes de policía tienen varias opciones para poner en libertad a un acusado después de su arresto, pero sin que éste tenga que comparecer ante el tribunal para una audiencia de liberación. El incumplimiento de estos requisitos puede dar lugar a que se expida una orden de arresto [15] y posiblemente a nuevos cargos por no comparecer o no cumplir con las condiciones [16] .

Liberación por parte del oficial que realizó el arresto

El oficial que arresta a la persona puede liberarla mediante una citación de comparecencia o con la intención de solicitar una citación a un juez de paz, como se describe anteriormente.

Liberación por parte del oficial a cargo

Otra posibilidad es que el agente que detiene a la persona la lleve ante el agente encargado del centro donde se encuentra detenida, quien tiene entonces poderes para liberarla. La liberación puede incluir un requisito de que la persona se presente para que le tomen fotografías y huellas dactilares de conformidad con la Ley de Identificación de Delincuentes . [19] A diferencia del agente que realiza la detención, el agente a cargo puede imponer condiciones adicionales a la liberación en ciertos casos, en forma de compromisos. [23]

Citación o promesa de comparecer

El funcionario a cargo puede liberar a la persona con la intención de solicitar una citación, o puede emitir una promesa de comparecencia , que es similar a una notificación de comparecencia. [24]

Reconocimiento

El funcionario a cargo puede exigir que la persona se comprometa a pagar hasta 500 dólares si no se presenta ante el tribunal. No se exigen garantías . La persona no necesita depositar el dinero en la oficina a cargo, a menos que no resida habitualmente en la provincia o a menos de 200 kilómetros del lugar de detención. [24]

Compromiso con un oficial a cargo

El acusado puede comprometerse con un funcionario a cargo a cumplir ciertas condiciones mientras se encuentre en libertad, además de cualquier otra condición de liberación. [23] Un compromiso puede tener una o más de las siguientes condiciones:

Audiencia de liberación

Si la policía no libera a una persona detenida, debe celebrarse una audiencia judicial, formalmente conocida como solicitud de "libertad judicial provisional". Según las circunstancias y el delito, la audiencia puede celebrarse ante un juez de paz, un juez de la Corte Provincial o un juez del tribunal superior de primera instancia de la provincia. El juez o magistrado puede ordenar la detención de la persona o su liberación con diversas condiciones. El incumplimiento de las condiciones de la liberación puede dar lugar a que se expida una orden de arresto [25] o a la presentación de cargos adicionales por no comparecer o por no cumplir con las condiciones [16] .

Momento

La policía debe llevar a la persona arrestada ante un juez de paz (que puede incluir un juez de la Corte Provincial) sin demora injustificada y, en cualquier caso, dentro de las 24 horas siguientes a la detención. Si no hay un juez disponible dentro de las 24 horas, la policía debe llevar a la persona ante un juez lo antes posible. [26] El juez puede entonces celebrar una audiencia de liberación. [27]

La excepción es si la persona está acusada de delitos particularmente graves, como asesinato o traición . El juez de paz debe emitir una orden de procesamiento, autorizando la detención hasta que se resuelva el caso ante un juez de primera instancia. [27]

La audiencia podrá ser aplazada por el juez, o a petición de la persona detenida, del fiscal o del oficial de policía. Sin embargo, si la defensa no consiente el aplazamiento, el juez no podrá aplazar la audiencia por más de tres días. [28] Si se aplaza la audiencia, el juez podrá ordenar al acusado que no se comunique con determinadas personas mientras se encuentre detenido. [28]

Motivos de detención

Hay tres motivos diferentes para detener a un acusado antes de la sentencia. [29] Se les suele llamar motivos primarios, motivos secundarios y motivos terciarios.

Los motivos primarios se refieren a si la detención es necesaria para garantizar la comparecencia del acusado ante el tribunal. Entre los factores que se tienen en cuenta se encuentran los antecedentes penales del acusado, su comportamiento en el asunto que se debate ante el tribunal, sus vínculos (o la falta de ellos) con la jurisdicción y el tipo de delitos que se debaten ante el tribunal.

Los motivos secundarios se refieren a si la detención es necesaria para la protección o seguridad pública. Esto incluye si existe una probabilidad sustancial de que el acusado cometa otro delito o interfiera en la administración de justicia.

Los motivos terciarios se refieren a si la detención es necesaria para mantener la confianza en la administración de justicia y, por lo general, se reservan para delitos muy graves. Los cuatro factores que se deben tener en cuenta son:

Carga de la prueba

En general, el fiscal de la Corona tiene la carga de demostrar, en función de la ponderación de probabilidades , por qué el acusado debe ser detenido. Sin embargo, el fiscal puede consentir la liberación de un acusado con las condiciones impuestas por el juez. De manera similar, el acusado puede admitir que el fiscal puede demostrar la causa (o, si el acusado tiene la carga de la prueba, indicar que desea demostrar la causa por la que debe ser liberado) y consentir su detención.

Si bien la carga de la prueba normalmente recae en el fiscal de la Corona, el acusado tiene la carga de demostrar por qué debe ser liberado, también conocido como "carga inversa" si se le imputan los siguientes delitos: [30]

Si se ordena la detención de un acusado, el tribunal puede ordenar que no se comunique con determinadas personas mientras se encuentre detenido en espera de su juicio y sentencia. [31]

Evidencia

El nivel de evidencia en una audiencia de liberación es confiable y creíble , y puede incluir testimonios de oídas . Esto puede incluir un resumen del presunto delito y cualquier declaración de testigos. El tribunal puede considerar otros delitos por los que se le haya imputado al acusado pero por los que aún esté a la espera de juicio. [32]

Como en todos los demás procedimientos penales, la declaración del acusado es opcional. Si lo hace, no podrá ser interrogado sobre el delito ante el tribunal a menos que testifique sobre el delito en sí. [32] Esto sólo se aplica al delito del que se le acusa y no a otros delitos cometidos por el acusado. La regla no se aplica a ningún otro testigo en la audiencia.

Tipos de liberación

Si el tribunal considera que el acusado debe ser puesto en libertad, existen varias opciones: una promesa de pago, una fianza con o sin garantías o una fianza con depósito. El tribunal puede imponer condiciones adicionales a cada uno de estos tipos de liberación. El incumplimiento de las condiciones de la liberación puede dar lugar a la emisión de una orden de arresto [25] o a cargos adicionales por no comparecer o por no cumplir con las condiciones [16] .

Empresa

Un compromiso básico sólo exige que el acusado comparezca ante el tribunal según lo dispuesto en el compromiso. [27]

Reconocimiento sin fianzas y sin depósito

La orden de comparecencia exige que el acusado comparezca ante el tribunal según lo dispuesto en la orden. La orden de comparecencia puede ser por cualquier monto que el tribunal determine que sería apropiado en función de todas las circunstancias (la situación financiera del acusado, las circunstancias del delito, la probabilidad de que no se cumpla la orden de comparecencia y factores similares). [27]

Si el acusado no cumple con la fianza, un juez puede ordenar que el monto de la fianza sea confiscado a favor de la Corona. [33]

Reconocimiento con fianza y sin depósito

El tribunal puede exigir que se incluyan a los fiadores (personas similares a los cosignatarios de un préstamo ) en la fianza. El tribunal tiene la facultad de nombrar a personas específicas como fiadores. [27] Los fiadores pueden solicitar al tribunal que se los exima de sus obligaciones. Esto generalmente dará lugar a que el acusado sea arrestado y retenido para una nueva audiencia de liberación. [34]

Reconocimiento con depósito y sin fianzas

Otra opción es la libertad bajo fianza con depósito de dinero o valores por parte del acusado, pero sin garantías. Esta opción requiere el consentimiento del fiscal. [27]

Reconocimiento si no es residente ordinario

Si el acusado no es residente habitual de la provincia en la que se encuentra detenido o no reside habitualmente a menos de 200 kilómetros del lugar en el que se encuentra detenido, el tribunal puede exigirle que deposite una suma de dinero o una fianza valiosa. En esta situación, las fianzas son una opción. [27]

Sin fianzas ni seguros

En Canadá no existe ninguna actividad comercial de fianzas ni de seguros de fianzas. Actuar como fiador a cambio de un honorario es un delito penal, al igual que aceptar indemnizar a un fiador. Ambos se consideran obstrucción de la justicia. [35]

Condiciones de liberación

El tribunal puede imponer condiciones a la liberación, exigiendo al acusado que cumpla una o más de las siguientes condiciones:

Si el acusado está imputado por uno de los siguientes delitos, el tribunal deberá prohibirle poseer cualquier arma de fuego, ballesta, arma restringida o arma prohibida, a menos que el tribunal considere que tal orden no es necesaria:

Si al acusado se le imputa uno de los siguientes delitos, el tribunal deberá considerar si son necesarias condiciones para proteger a la víctima o a los testigos del delito:

Prohibiciones de publicación

Cualquiera de las partes puede solicitar la prohibición de publicación de todas las pruebas y de las razones presentadas en una audiencia de liberación hasta que se resuelvan los cargos. Si la defensa solicita la prohibición de publicación, es automática. [36] La disposición que establece una prohibición obligatoria de publicación ha sido impugnada por violar la garantía constitucional de la libertad de expresión , pero la Corte Suprema de Canadá confirmó la disposición, sobre la base de que su propósito era proteger el derecho del acusado a un juicio justo , que también es una garantía constitucional. [37]

Revocación de la liberación

Si un agente de policía tiene motivos razonables para pensar que un acusado ha infringido o está a punto de infringir cualquier tipo de libertad, puede detener al individuo, que debe ser llevado ante un juez para una audiencia. Si el fiscal prueba que se ha infringido alguna de las condiciones, el juez debe revocar la orden de liberación original. Si el juez revoca la orden de liberación, se celebra una nueva audiencia y el acusado tiene la carga de la prueba de por qué no es necesaria la detención. [25]

El juez de primera instancia también puede revocar cualquier tipo de libertad a petición de la Corona o, en circunstancias limitadas, por iniciativa del propio tribunal. El acusado es entonces arrestado y se enfrenta a una audiencia para la libertad provisional judicial como si acabara de ser arrestado por el delito original. [38]

Variación

Un reconocimiento o compromiso puede modificarse en cualquier momento con el consentimiento escrito del fiscal. [39]

Una orden de liberación o detención puede ser anulada y reemplazada sin necesidad de revisión o apelación en las siguientes situaciones:

Revisión de pedido

Solicitud de revisión

Cuando un juez o tribunal ordena la liberación o detención del acusado, o modifica dicha orden, cualquiera de las partes puede presentar una solicitud a un juez de primera instancia para que revise la orden y, de ser necesario, la revoque y la reemplace. Una vez que se toma una decisión, ambas partes deben esperar 30 días antes de que se les permita presentar otra solicitud. [40] [41]

Revisión automática

Si se ordena la detención de un acusado (ya sea en una audiencia de fianza o después de una solicitud de revisión de la fianza), un juez de un tribunal superior realiza una revisión automática de la fianza después de un período de tiempo prescrito. En el caso de un delito de condena sumaria, el período es de 30 días a partir de la fecha en que se dictó la orden de detención. En el caso de los delitos procesables, el período es de 90 días a partir de la fecha en que se dictó la orden de detención. Además de poder anular y reemplazar la orden, el juez también puede dar instrucciones para acelerar el juicio del acusado. [42]

Asesinato y otros delitos graves

El sistema es diferente para las personas acusadas de uno de los siguientes delitos:

Estos delitos son de la competencia exclusiva de los tribunales superiores de primera instancia, [43] y, por lo tanto, las solicitudes de libertad provisional judicial son decididas por dichos tribunales.

Cuando una persona es acusada de uno de estos delitos, el agente de policía debe llevarla ante un juez de paz, en los mismos plazos que cualquier otra persona arrestada. [26] Sin embargo, en lugar de realizar una audiencia, el juez de paz debe emitir una orden de arresto, que durará hasta que la persona sea juzgada conforme a la ley. [44]

Si el acusado solicita su liberación, debe solicitar a un juez del tribunal superior de primera instancia una audiencia de liberación. Cabe destacar que la carga de la prueba recae sobre el acusado, que debe demostrar por qué debe ser liberado. En otros aspectos, se aplican las mismas reglas para la liberación. [45]

Toda revisión de una orden dictada por el juez de primera instancia del tribunal superior es atendida por el Tribunal de Apelaciones provincial . [45] [46]

Jóvenes acusados ​​de delitos

La Ley de justicia penal juvenil regula los procedimientos penales para los jóvenes menores de 18 años acusados ​​de delitos penales en virtud del Código Penal . Las disposiciones del Código relativas a las audiencias de liberación se aplican generalmente a los jóvenes, [47] con algunas excepciones o normas especiales que tienen en cuenta la edad y la capacidad del joven.

Los tribunales de menores tienen prohibido detener a jóvenes antes de dictar sentencia como sustituto de medidas adecuadas de protección infantil, salud mental u otras medidas sociales. [48]

La carga de la prueba en el caso de detención recae sobre la Corona. Las condiciones que debe cumplir la Corona son algo más estrictas que las que se aplican a un adulto. Por ejemplo, la detención sólo puede ordenarse si el joven está acusado de un delito grave o enfrenta cargos pendientes. [48]

Si el tribunal de menores concluye que el joven debe ser detenido, puede ordenar que se lo detenga en un lugar de detención temporal, designado para jóvenes. [49] Alternativamente, el tribunal de menores puede investigar si existe una persona responsable que pueda ejercer control sobre el joven y si el joven está dispuesto a ser puesto bajo el cuidado de esa persona. En tal caso, tanto la persona responsable como el joven acuerdan un compromiso con condiciones. [50]

El incumplimiento del compromiso por parte del joven constituye un delito penal. A diferencia de un fiador, la persona responsable no se enfrenta a ninguna sanción económica. En cambio, la persona responsable también se enfrenta a un delito penal si incumple deliberadamente el compromiso. [51]

Véase también

Referencias

  1. ^ Declaración de Derechos (Ing.) 1 Will. & Mary, Ses. 2 (1688), c. 2.
  2. ^ Ley constitucional de 1867, art. 91(27).
  3. ^ Ley relativa a los deberes de los jueces de paz, fuera de sesiones, en relación con las personas acusadas de delitos procesables , SC 1869, c. 30.
  4. ^ Alan W. Mewett, "El derecho penal, 1867-1967" (1967), 45 Canadian Bar Review 726, págs. 726-727.
  5. ^ Trotter, Gary T. (1999). La ley de fianzas en Canadá . Toronto , Ontario : Thomson Canada (segunda edición) ( Carswell ). pág. 7. ISBN 0-459-25442-1.
  6. ^ ML Friedland, Detención antes del juicio: un estudio de casos penales juzgados en los tribunales de magistrados de Toronto (Toronto: University of Toronto Press, 1965), pág. 176.
  7. ^ Carta Canadiense de Derechos, SC 1960, c. 44, s. 2(f).
  8. ^ La Ley de fianzas en Canadá , pág. 15.
  9. ^ La ley de fianzas en Canadá , pi
  10. ^ La Ley de fianzas en Canadá , pág. 12.
  11. ^ La Ley de fianzas en Canadá , pág. 16.
  12. ^ R. v. Zora, 2020 SCC 14 (CanLII), párrafo 4.
  13. ^ Zora , en el párrafo 1.
  14. ^ Zora , en el párrafo 6.
  15. ^ ab Código Penal, RSC 1985, c. C-46, s. 512(2).
  16. ^ abcd Código Penal, art. 145.
  17. ^ Código Penal, art. 496.
  18. ^ Código Penal, art. 495(2).
  19. ^ Código Penal, art. 501. [ enlace muerto permanente ]
  20. ^ Código Penal, art. 508.
  21. ^ Código Penal, art. 507.
  22. ^ ab Código Penal, art. 509.
  23. ^ ab Código Penal, art. 499.
  24. ^ ab Código Penal, art. 498.
  25. ^ abc Código Penal, art. 524.
  26. ^ ab Código Penal, art. 503.
  27. ^ abcdefghij Código Penal, art. 515.
  28. ^ ab Código Penal, art. 516.
  29. ^ Código Penal, art. 515(10).
  30. ^ Código Penal, art. 515(6).
  31. ^ Código Penal, art. 515(12).
  32. ^ ab Código Penal, art. 518.
  33. ^ Código Penal, art. 771.
  34. ^ Código Penal, art. 766.
  35. ^ Código Penal, art. 139(1).
  36. ^ Código Penal, art. 517.
  37. ^ Toronto Star Newspapers Ltd. contra Canadá, 2010 SCC 21, [2010] 1 SCR 721.
  38. ^ ab Código Penal, art. 523.
  39. ^ Código Penal, art. 515.1.
  40. ^ Código Penal, art. 520.
  41. ^ Código Penal, art. 521.
  42. ^ Código Penal, art. 525.
  43. ^ Código Penal, art. 469.
  44. ^ Código Penal, art. 515(11).
  45. ^ ab Código Penal, art. 522.
  46. ^ Código Penal, art. 680.
  47. ^ Ley de justicia penal juvenil, SC 2002, c. 1, s. 28.
  48. ^ ab Ley de justicia penal juvenil, art. 29.
  49. ^ Ley de justicia penal juvenil, art. 30.
  50. ^ Ley de justicia penal juvenil, art. 31.
  51. ^ Ley de justicia penal juvenil, art. 139.

Lectura adicional