La lex Irnitana consiste en fragmentos de leyes municipales romanas fechadas en el año 91 d. C. que habían sido inscritas en una colección de seis tablillas de bronce encontradas en 1981 cerca de El Saucejo , España . [1] [2] Junto con la Lex Salpensana y la Lex Malacitana proporciona la versión más completa [1] de la lex Flavia municipalis , o la ley municipal flavia . [1] [2] y ha permitido nuevos conocimientos sobre el funcionamiento del derecho romano. [3] Las tablillas se exhiben en el Museo Arqueológico de Sevilla . [1] Dado que las tablillas proporcionan la única copia sobreviviente de grandes partes de la ley municipal flavia, han proporcionado nuevos conocimientos sobre el aspecto procesal de los tribunales municipales. [4]
Las tablillas miden 57,5 por 91,5 cm (22,6 por 36,0 pulgadas) [1] y cada una tiene tres agujeros en la parte superior e inferior para fijarlas a la fachada de un edificio oficial a una altura donde pudiera leerse fácilmente, como lo exige expresamente el artículo 95. En total debieron extenderse unos 9 m (30 pies) como un volumen desenrollado . [2] Las letras miden de 4 a 6 mm (0,16 a 0,24 pulgadas) de altura y el texto está enmarcado por una moldura sencilla.
Las seis tablillas supervivientes están grabadas con las letras III , V , VII , VIII , IX y X. [ 1] [2] Posteriormente se han descubierto fragmentos de la tablilla II. [1] Una sanctio , un respaldo legal, en la tablilla X muestra que es la última tablilla. [2] Cada una de las placas consta de tres columnas de texto que sobreviven en gran parte intactas. Contiene 96 artículos ( rubricae ), un apéndice y una carta de Domiciano . [1] [2] Los artículos no están numerados, sino marcados con Rubrica seguido de una breve descripción. Correlacionando la Lex Irnitana con otros hallazgos, es posible reconstruir la mayor parte de la numeración original, excepto doce secciones al final de la tablilla V. [2]
La carta que se incluye al final proporciona dos fechas para el texto: Litterae datae IIII idus Apriles Circeis recitatae V idus Domitianas , que fecha la carta al 10 de abril y su lectura (pública) al 11 del mes de Domiciano (octubre) [2] ambas en el año en que Manius Acilio Glabrio y Marcus Ulpio Trajano fueron cónsules (91 d. C.) y es consistente con la concesión de derechos latinos a Baetica en 73/74 [5] y el texto original del documento debe haber sido compuesto en algún momento intermedio utilizando fragmentos de disposiciones existentes en leyes más antiguas de la época de Augusto e incluso de la República. [5] El apéndice está escrito en una letra más pequeña que el resto del texto y se cree que se añadió en el siglo II o III. [5]
El documento contiene las ordenanzas municipales de la ciudad hispanorromana de Irni y está firmado por el emperador Domiciano en Circei ( Italia ) en el año 91. El texto trata de las competencias de los duumviros , ediles y quaestores , regula el orden decurional , la manumisión y el nombramiento de tutores, las relaciones entre patronus y cliens , la adquisición de derechos civiles romanos por parte de los magistrados y los asuntos públicos, incluida la financiación de cultos, sacerdocios, rituales, calendario y juegos, que eran considerados materia religiosa. [1]
El texto de la ley era uniforme para todas las ciudades que tenían rango de municipio, sólo se modificó el nombre al ser inscrito en placas de bronce para su exposición pública. En ella se establecen las normas por las que debía regirse la vida municipal. Entre ellas se encuentran las que se refieren a las responsabilidades de las autoridades, el orden de intervención en las asambleas, la celebración de elecciones, el nombramiento de jueces, la remuneración de los trabajadores municipales, los gastos que podían generarse con cargo al erario público, la ciudadanía romana, el nombramiento de tutores y la prohibición continuada de los matrimonios mixtos entre romanos e indígenas. No obstante, se prevé una dispensa para aquellos matrimonios celebrados antes de la promulgación de la ley.
Los capítulos 52 a 55 de la ley contienen partes de la normativa que regulaba las elecciones locales anuales que permitían el nombramiento de los magistrados de la ciudad. Sus fuertes similitudes con las elecciones modernas hacen que estos pasajes sean particularmente intrigantes, ya que también se brindan instrucciones sobre los requisitos para los candidatos y la mecánica a seguir el día de la elección. [6]
La Ley de Irni reproduce prácticamente íntegramente el texto de las leyes de Salpensa y Malaca, encajando también en ella los fragmentos conocidos de Basilipo e Itálica . Por su mayor extensión, la Ley de Irni aparece como el principal texto conocido del derecho romano en provincias.
El municipio de Irnitano era desconocido antes del descubrimiento de estas tablillas, sin referencias epigráficas ni literarias. Las excavaciones realizadas en la zona del hallazgo revelaron un poblado ibérico romanizado, aunque no se puede confirmar que se trate de Irni. La casa donde se localizaron las tablillas parece haber sido un taller de broncíneo, al que pudieron ser trasladadas para su fundición, probablemente en torno al siglo III-IV.
El descubrimiento de las tablillas alteró el panorama de las leyes municipales hispánicas, al confirmarse la existencia de una ley modelo, la Flavia, de la que los distintos municipios habrían sacado sus respectivas copias. Por su mayor extensión, la Ley de Irni destaca como texto primario, relegando a un segundo plano las leyes de Salpensa y Málaga. [7] [8]