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Ley de altura de los edificios de 1910

La Ley de Altura de los Edificios de 1910 fue una ley del Congreso aprobada por el 61º Congreso de los Estados Unidos el 1 de junio de 1910 para limitar la altura de los edificios en el Distrito de Columbia , [1] modificando la Ley de Altura de los Edificios de 1899 . [2] La nueva ley de restricción de altura era más completa que la ley anterior y, en general, restringe las alturas de los edificios a lo largo de calles residenciales a 90 pies (27 m) y a lo largo de corredores comerciales al ancho del derecho de paso de la calle o avenida a la que da un edificio, o un máximo de 130 pies (40 m), lo que sea más corto. [3]

Fondo

La construcción del Hotel El Cairo dio lugar a la propuesta y aprobación de la ley.

En respuesta a la construcción del Hotel Cairo de 50 metros (164 pies) en 1894, los comisionados de DC emitieron regulaciones de altura para los edificios en DC, limitando su altura a 27 m (90 pies) para residenciales y 34 m (110 pies) para edificios. negocio, o al ancho de la calle de enfrente, lo que fuera menor. [4] La Ley de Altura de los Edificios original, aprobada por el Congreso en 1899, eliminó la restricción de las calles principales, pero reafirmó la limitación de los edificios a 90 pies (27 m) en calles residenciales y 110 pies (34 m) en calles comerciales. También hizo una excepción para los edificios en calles comerciales de 49 m (160 pies) de ancho, a los que se les permitió tener 40 m (130 pies) de altura.

Descripción

La ley de 1899 fue enmendada en 1910 creando el Capítulo 6, Subcapítulo 1, Sección 5. [3] La Sección 5 agregó la restricción de que la altura de cualquier edificio se limitaría al ancho de la calle adyacente más 20 pies (6,1 m) hasta un máximo de 90 pies (27 m) en calles residenciales, 130 pies (40 m) en calles comerciales y 160 pies (49 m) en una pequeña porción del lado norte de Pennsylvania Avenue entre las calles 1 y 15 al noroeste frente a la Federal Triángulo . [3]

Desde entonces, la ley ha sido enmendada ocho veces, de las cuales cinco enmiendas hicieron excepciones para edificios específicos: la Iglesia St. Matthews en diciembre de 1930, el Hotel Harrington en junio de 1914, el Edificio del Club Nacional de Prensa en abril de 1926, el Templo Masónico Unido en abril de 1930. , y finalmente el Hospital Universitario de Georgetown en marzo de 1945. [1] Las otras dos enmiendas incluyeron aumentar la altura máxima en calles residenciales en cinco pies adicionales y permitir que los edificios residenciales tuvieran diez pisos en lugar de ocho. [1]

Los edificios más altos del Distrito de Columbia

La Comisión de Zonificación del Distrito concedió una exención a la ley a la Basílica del Santuario Nacional de la Inmaculada Concepción , terminada en 1959. [5] Con 329 pies de altura, el Santuario Nacional es el edificio más alto de Washington, DC , excluyendo el Monumento a Washington (555 pies (169 m)) y la Torre Hughes Memorial (761 pies (232 m)). Cuando se aprobó la ley original en 1899, el antiguo edificio de la oficina de correos quedó protegido y sigue siendo el edificio federal de gran altura más alto del distrito. [6] One Franklin Square es el edificio comercial más alto del Distrito de Columbia y el quinto edificio más alto en general. Terminadas en 1989, sus torres gemelas se elevan a 210 pies (64 m) y por encima de la línea del techo principal, que alcanza el límite de altura del distrito de 130 pies (40 m). [7]

Cambios de política propuestos

La política actual de la Ley de Altura de 1910 ha estado vigente con sólo pequeñas modificaciones durante más de 100 años. Su influencia en el desarrollo del distrito, tanto dentro como fuera del núcleo monumental, ha dado forma al horizonte del Distrito de Columbia. Para determinar si se podría proporcionar al distrito algún alivio relacionado con las alturas de los edificios dentro de los límites originales del Plan L'Enfant y una relajación de la supervisión federal fuera del núcleo monumental mientras se protegen los intereses federales, se consideró justificado revisar la política. Congreso en este momento.

Un problema específico que el gobierno del Distrito de Columbia identificó y que está impactando el desarrollo dentro del centro de la ciudad es la ley que prohíbe el uso del nivel del ático (es decir, el techo) para necesidades distintas a las estructuras mecánicas (es decir, equipos HVAC). Por ejemplo, la altura de un edificio calculada por la Ley de Altura no incluye las estructuras de los tejados utilizadas para necesidades mecánicas dentro de la altura total permitida. Sin embargo, si las estructuras en la azotea (como una casa con piscina asociada con una piscina en la azotea) se construyen para la ocupación humana, entonces se calcula como parte de la altura total del edificio según la ley. Como resultado, los arquitectos y diseñadores actualmente tendrían que bajar los diseños de sus edificios en un piso entero para permitir algo de espacio ocupado por humanos en el techo, si el edificio quiere alcanzar la altura máxima permitida. Al permitir espacio utilizable para la ocupación humana en el nivel del ático, el Distrito de Columbia argumenta que no habría un impacto real en el límite de altura general y no cambiaría la "escala humana" del paisaje actual dentro del distrito. La altura permitida actual dentro del centro de la ciudad del distrito prohíbe "el disfrute de algunos de los espacios más grandes y de las vistas más impresionantes del distrito". [8]

Pub. L. 113-103 , aprobada en 2014, permitía la ocupación humana de pisos de áticos que antes estaban restringidos a usos mecánicos.

El segundo problema identificado se centra en el área del Distrito de Columbia fuera de la Ciudad Federal original diseñada por Pierre L'Enfant. Esta área suele estar al norte de Florida Avenue, NW (originalmente conocida como Boundary Avenue) y al este del río Anacostia. La aprobación de la Ley de Autogobierno y Reorganización Gubernamental del Distrito de Columbia de 1973 (Ley de Autonomía) permitió que muchas funciones del gobierno local fueran controladas a nivel local por primera vez. Sin embargo, dentro de la Ley de Autonomía, el Congreso declaró específicamente que el Consejo de DC no tiene la autoridad para "promulgar ninguna ley, resolución o regla que permita la construcción de cualquier estructura dentro del Distrito de Columbia que exceda las limitaciones de altura contenidas en la Sección 5 de la Ley de Altura." [9] El Distrito de Columbia puede argumentar que sus regulaciones locales de zonificación son tan estrictas, si no más, en el manejo de las alturas de los edificios en todo el Distrito. [10] El gobierno local ha sido un fuerte administrador de la evolución del paisaje arquitectónico del distrito a través de leyes de zonificación y preservación desde que obtuvo el control a través de la Ley de Autonomía. [11]

El 19 de noviembre de 2013, la Comisión de Planificación de la Capital Nacional publicó sus recomendaciones finales con respecto al Plan Maestro de Altura para el Distrito de Columbia. El plan, que analizaba la cuestión de posibles cambios a la Ley de Altura de los Edificios de 1910, también revisaba "quién o qué entidad debería gestionar las alturas de los edificios... [y] daba voz a cuestiones relacionadas con la autonomía, así como con la papel del Congreso de los Estados Unidos...". [12] La Comisión ha presentado cuatro recomendaciones para la consideración del Congreso que incluirían mantener el status quo en un caso, pero proponer cambios de política en el otro. La primera recomendación se centra en el área del Distrito de Columbia dentro de la ciudad original de L'Enfant. "Debido a la concentración de intereses federales dentro de la ciudad de L'Enfant y para proteger la integridad de la forma y el carácter de la capital de la nación, la Ley de Altura federal debe permanecer en vigor y no se deben realizar cambios en la fórmula o enfoque para calcular altura permitida del edificio." [12] La segunda recomendación se centra en el área fuera de la ciudad de L'Enfant y proporciona al gobierno del Distrito de Columbia un mecanismo para identificar áreas específicas en el distrito donde podrían proponer alturas de construcción para exceder el máximo actualmente permitido por la Ley de 1910. Ley de altura. "Estos pueden autorizarse a través del proceso del Plan Integral existente , pendiente de la aprobación del Congreso. Si dichas excepciones específicas se autorizaran a través del Plan Integral , la Ley de Altura permanecería vigente para todas las demás áreas tanto dentro como fuera de la ciudad de L'Enfant". [12] La tercera recomendación se centra en las importantes perspectivas que existen actualmente dentro del distrito. "Las cuencas visuales más importantes de la ciudad, que incluyen, entre otras, aquellas hacia y desde el Capitolio de los EE. UU. y la Casa Blanca, deben evaluarse más a fondo y establecer protecciones federales y locales, que incluyan políticas en los Elementos Federales y Distritales del Plan Integral ". [12] Finalmente, la última recomendación es en respuesta a una solicitud específica que el gobierno del Distrito de Columbia presentó ante el Congreso durante la audiencia de 2012. La Comisión de Planificación de la Capital Nacional está de acuerdo y recomienda enmendar "la Ley de Altura para permitir la ocupación humana en Áticos existentes y futuros, con restricciones." [12]

Ver también

Referencias

  1. ^ abc "Parte I: Antecedentes históricos de la Ley de altura de los edificios" (PDF) . Comisión de Planificación del Capitolio Nacional . Consultado el 10 de septiembre de 2018 .
  2. ^ Serie del Congreso de los Estados Unidos. Imprenta del gobierno de EE. UU. 1916.
  3. ^ abc "Capítulo 6. Zonificación y altura de los edificios". Código DC - Capítulo 6. Zonificación y altura de los edificios . Biblioteca de Derecho del Distrito de Columbia . Consultado el 10 de septiembre de 2018 .
  4. ^ "H-DC | H-Net".
  5. ^ "EL CAMPANIL Y CARILLON DE LOS CABALLEROS DE COLON". Basílica del Santuario Nacional de la Inmaculada Concepción . Consultado el 4 de agosto de 2008 .
  6. ^ "Antigua oficina de correos (DC)". Administración de Servicios Generales . Archivado desde el original el 26 de septiembre de 2006 . Consultado el 4 de agosto de 2008 .
  7. ^ "Una plaza Franklin". Emporis.com. Archivado desde el original el 11 de febrero de 2007 . Consultado el 4 de julio de 2008 .
  8. ^ Testimonio de la Sra. Harriet Tregoning, Oficina de Planificación de DC, Ley de cambios en las alturas: dar forma a Washington, DC para el futuro , 112.º Congreso de los Estados Unidos, segunda sesión, 19 de julio de 2012, número de serie 112-184, pág. 5-6
  9. ^ Ley de Autonomía del Distrito de Columbia, Ley Pública No. 93-198, Título 6, Sección 602 (a) (6), 24 de diciembre de 1973.
  10. ^ Regulaciones de zonificación del Distrito de Columbia, distritos superpuestos, http://dcoz.dc.gov/info/overlay.shtm Archivado el 3 de diciembre de 2013 en Wayback Machine.
  11. ^ Regulaciones de preservación histórica de DC, 10DCMR Título 10-C, Regla 10-C2002 Estándares y pautas de diseño y construcción, http://www.dcregs.dc.gov/Gateway/ChapterHome.aspx?ChapterNumber=10-C20 Archivado 2013-12 -03 en la máquina Wayback
  12. ^ abcde Comisión Nacional de Planificación de la Capital, Recomendación del Director Ejecutivo-Número de archivo NCPC 6886 , 19 de noviembre de 2013, http://www.ncpc.gov/heightstudy/