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Ley de altura de los edificios de 1899

Ley de altura de los edificios de 1899 (Administración Nacional de Archivos y Registros)

La Ley de Altura de los Edificios de 1899 fue una ley estadounidense de restricción de altura aprobada por el 55º Congreso en respuesta a los avances en la tecnología de la construcción, específicamente el uso de marcos de hierro y acero , junto con fachadas enchapadas delgadas, que permitieron construir más livianas y en consecuencia, edificios mucho más altos. [1] Los residentes de ciudades densamente pobladas, incluida Washington DC , sintieron que la nueva tecnología no había sido probada y que las estructuras con estructura de acero pueden sufrir "defectos graves y fatales" debido a la corrosión de las tuberías de vapor y el cableado eléctrico, otro avance relativamente reciente. [2] Creían que estos nuevos edificios altos finalmente colapsarían. En un Informe Senatorial de 1899, el senador Warren Curtis especuló que "la vida de estas estructuras podría no ser más de setenta y cinco años". [2]

Otra preocupación era la dificultad de extinguir incendios en los pisos superiores de los edificios altos. En aquella época, los equipos de extinción de incendios estaban diseñados para combatir las llamas principalmente en edificios de poca altura. La creciente popularidad de los rascacielos presentó un nuevo riesgo de incendio. En su informe, el senador Curtis escribió que "Parecería que los jefes de bomberos de las grandes ciudades que han tenido experiencia con edificios altos están de acuerdo en que les es absolutamente imposible combatir con éxito las llamas a más de 85 pies (26 m) sobre el nivel del mar". tierra con el aparato contra incendios que ahora se fabrica, ya que la presión es tan grande que ninguna manguera que se fabrica ahora puede soportar la tensión y los hombres no pueden manejar la manguera ". [2]

En respuesta a estas preocupaciones, el 1 de marzo de 1899, el Congreso de los Estados Unidos aprobó la Ley para regular la altura de los edificios en el Distrito de Columbia, o más comúnmente conocida como Ley de altura de los edificios de 1899. La ley limitaba las alturas de Edificios nuevos según el uso del edificio y el tipo de construcción:

Sea promulgado por el Senado y la Cámara de Representantes de los Estados Unidos de América en el Congreso reunido,

SEGUNDO. 1. Que desde y después de la fecha de aprobación de esta Ley ningún edificio combustible o no ignífugo destinado a ser utilizado u ocupado como residencia o como edificio de apartamentos u hotel en el Distrito de Columbia se erigirá a una altura de más de cinco pisos o elevados a una altura superior a sesenta pies [18,2 m] sobre la acera, la medición se realizará según se prescribe a continuación.
SEGUNDO. 2. Que los edificios destinados únicamente a fines comerciales podrán erigirse a una altura de setenta y cinco pies [22,86 m] sin ser de construcción a prueba de fuego.
SEGUNDO. 3. Que todos los edificios, excepto las iglesias, que en lo sucesivo se construyan o modifiquen para exceder los setenta y cinco pies [22,86 m] de altura serán a prueba de fuego o no combustibles y estarán fabricados en todos los materiales que prescriban los Comisionados del Distrito de Columbia. Las iglesias deben ser de construcción a prueba de fuego hasta e incluyendo el piso principal o del auditorio.
SEGUNDO. 4. Que no se erigirá ni modificará ningún edificio en ninguna calle del Distrito de Columbia que exceda en altura sobre la acera el ancho de la calle en su frente, y en ningún caso un edificio excederá los noventa pies de altura en una calle residencial. ni ciento diez pies [33,5 m] en una calle comercial, según lo designado por el cronograma aprobado por los Comisionados del Distrito de Columbia, excepto en calles comerciales y avenidas comerciales de ciento sesenta pies de ancho, donde una altura no exceda los cien y se pueden permitir treinta pies [39,6 m]. La altura de los edificios en lotes de esquina se regulará en todos los casos por las limitaciones que rigen en la calle más ancha: Disponiéndose que se podrán erigir chapiteles, torres y cúpulas a una altura mayor que el límite aquí prescrito, cuando lo aprueben los Comisionados de la Distrito de Columbia: Disponiéndose, además, que en calles de menos de noventa pies [27,4 m] de ancho, donde se hayan establecido líneas de construcción de manera que sean un asunto de registro público y para impedir la construcción legal de cualquier edificio antes de dicha líneas, el ancho de la calle, en la medida en que controle la altura de los edificios según esta ley, podrá considerarse como la distancia entre dichas líneas de edificios.
SEGUNDO. 5. Que ninguna construcción de madera o estructura que se construya o modifique en lo sucesivo y que esté destinada a ser utilizada para viviendas humanas deberá exceder en altura los tres pisos, o cuarenta pies [12,1 m] hasta el techo.
SEC.6. Que la altura de todos los edificios se medirá desde el nivel de la acera opuesta a la mitad del frente del edificio hasta el punto más alto del techo; Si el edificio tiene más de un frente, la medición se realizará en el frente que da a la calle de mayor pendiente. Ningún parapeto se extenderá por encima del límite de altura.
SEGUNDO. 7. Que las limitaciones de altura aquí prescritas no aplicarán a edificios federales o municipales.
SEGUNDO. 8. Que el Congreso se reserva el derecho de alterar, enmendar o derogar esta Ley.
— Ley para regular la altura de los edificios en el Distrito de Columbia (1899), PL 55-322 [3]

La Ley de Altura de los Edificios de 1899 fue posteriormente modificada por la Ley de Altura de los Edificios de 1910 .

La corrosión estructural y las limitaciones de equipos inadecuados contra incendios son una preocupación menor hoy que a principios de siglo, y muchas ciudades importantes de Estados Unidos actualizaron sus leyes de zonificación para reflejar los avances en la tecnología de la construcción. [4] Por ejemplo, la resolución de zonificación de la ciudad de Nueva York de 1961 utilizó una relación de área de piso, en lugar de una restricción de altura, y permitió edificios más altos cuando se proporcionó un espacio público adyacente en el sitio. Sin embargo, en Washington DC las leyes de zonificación posteriores siguieron el precedente establecido por la Ley de 1899 y limitaron los edificios a alturas más bajas. Como resultado, el horizonte de Washington DC carece de rascacielos y es mucho más bajo que el de otros grandes [ cuando se define como? ] ciudades de Estados Unidos . [5] [6]

El mito de la altura del edificio del Capitolio

Un mito urbano sostiene que los edificios en Washington DC están actualmente, o alguna vez, restringidos a la altura del edificio del Capitolio de los Estados Unidos . [7] De hecho, la ley de 1899 fijó la altura máxima de cualquier edificio en 130 pies (39,6 m), [8] el límite de altura que los equipos contra incendios podían alcanzar efectivamente en ese momento, [2] y no los 289 pies (88 m) del edificio del Capitolio. Los artículos que repiten el mito incluyen uno en The Washington Post en 2006, [9] y otro en The American Surveyor en 2012. [10] Un artículo de 2009 sugirió que la ley de 1899 "establecía que ningún edificio podía ser más alto que el Capitolio", pero que la ley de 1910 restringió aún más las alturas a 20 pies por encima del ancho de la calle adyacente. [11]

El Informe de la Cámara de Representantes de diciembre de 1898, junto con el Informe del Senado del año siguiente, muestran que cuando se debatió en el Congreso el proyecto de ley para restringir la altura de los edificios , no se había hecho ninguna mención del edificio del Capitolio de los Estados Unidos , o la altura de su cúpula. [2] [12] [ ¿ investigación original? ] Ninguno de los proyectos de ley relacionados de la Cámara y el Senado, o la propia Ley de Altura, hizo mención alguna al edificio del Capitolio. [8] [13] [14] [ ¿ investigación original? ]

Documentos históricos

Referencias

  1. ^ Douglas, George H. (1996). Rascacielos: una historia social del edificio muy alto en Estados Unidos . Jefferson, Carolina del Norte: McFarland & Company, Inc. p. 12.ISBN​ 0-7864-2030-8.
  2. ^ abcde HR Rep. 1704, 55.º Congreso, 3.ª sesión (20 de diciembre de 1898)
  3. ^ "Una ley para regular la altura de los edificios en el Distrito de Columbia" (PDF) . Comité de 100 . Consultado el 10 de enero de 2023 .
  4. ^ Ciudad de Nueva York, Departamento de Planificación Urbana. "Zonificación de la ciudad de Nueva York: acerca de la zonificación, antecedentes". Nueva York.gov. Archivado desde el original el 4 de febrero de 2012 . Consultado el 10 de enero de 2023 .
  5. ^ Pershing, Ben (19 de julio de 2012). "El Congreso considera levantar los límites de altura en los edificios del Distrito". Política de DC . El Correo de Washington. Archivado desde el original el 11 de marzo de 2016 . Consultado el 10 de enero de 2023 .
  6. ^ DePillis, Lydia (17 de diciembre de 2010). "Dejemos que los edificios de DC crezcan: el caso para eliminar la ley de altura de Washington". Periódico de la ciudad de Washington. Archivado desde el original el 8 de diciembre de 2020 . Consultado el 10 de enero de 2023 .
  7. ^ Berg, Rebecca (20 de julio de 2012). "El Congreso da una nueva mirada a la zona baja de Washington". Política . Los New York Times. Archivado desde el original el 5 de septiembre de 2012 . Consultado el 10 de enero de 2023 .
  8. ^ ab Una ley para regular la altura de los edificios en el Distrito de Columbia (1899), PL 55-322
  9. ^ Grunwald, Michael (2 de julio de 2006). "El miedo de DC a las alturas". El Correo de Washington . Consultado el 8 de diciembre de 2012 . La ley original limitaba las construcciones a la altura del Capitolio
  10. ^ Wendy, Lathrop. "Vantage Point: la maldición de (ciertos) edificios altos". La revista American Surveyor. Archivado desde el original el 18 de febrero de 2012 . Consultado el 10 de diciembre de 2012 .
  11. ^ Shannon (19 de mayo de 2009). "DC Mythbusting: ¡El límite de altura!". Amamos DC . Consultado el 8 de diciembre de 2012 .
  12. ^ S. Rep. 1532, 55.º Congreso, 3.ª sesión (26 de enero de 1899)
  13. ^ Un proyecto de ley para regular la altura de los edificios en el Distrito de Columbia, S. 4898, 55.º Congreso, 3.ª sesión (7 de diciembre de 1898)
  14. ^ Un proyecto de ley para regular la altura de las residencias en la ciudad de Washington, HR 10430, 55.º Congreso, 2.º período de sesiones (23 de mayo de 1898)