Asociación piadosa o unión piadosa en el derecho canónico de la Iglesia Católica Romana es el concepto legal que describe una organización de personas católicas, aprobada por el ordinario local , dedicadas a la práctica de las obras espirituales y corporales de misericordia en nombre y de acuerdo con las enseñanzas de la Iglesia. [1] [2]
El Título V, “Asociaciones de fieles cristianos” (canon 298-329) [3] define estas organizaciones como distintas de las sociedades de vida consagrada y apostólica, que tienen como finalidad fomentar una vida más cristiana, promover el culto público y la doctrina católica, y ejercer otras obras de evangelización, piedad y caridad. La constitución apostólica más reciente y definitiva sobre las asociaciones piadosas es “ Provida Mater Ecclesia – Sobre los Institutos Seculares”, emitida por Pío XII en 1947. [4] [ se necesita una fuente no primaria ]