La Ley de Comercio de 2002 ( Pub. L. 107–210 (texto) (PDF), HR 3009, 116 Stat. 933, promulgada el 6 de agosto de 2002 ; 19 USC §§ 3803–3805; Ley de Autoridad de Promoción Comercial de los Estados Unidos ) otorgó al Presidente de los Estados Unidos la autoridad para negociar acuerdos comerciales con otros países y le da al Congreso la aprobación solo para votar a favor o en contra del acuerdo, no para enmendarlo. Esta autoridad a veces se llama autoridad de vía rápida , ya que se cree que agiliza la aprobación de los acuerdos comerciales. Esta autoridad facilita la negociación de acuerdos, lo que genera tanto apoyo como oposición, oposición que proviene de los grupos laborales y ambientalistas.
La última vez que se le otorgó al Presidente la autoridad de vía rápida fue para negociar el Acuerdo de la Ronda Uruguay de la Organización Mundial del Comercio . La Ronda Uruguay se completó justo cuando la autoridad de vía rápida expiró en 1994. El Presidente no tuvo la autoridad hasta que se renovó en 2002. La autoridad de promoción comercial expiró en julio de 2007 (excepto para los acuerdos que ya estaban en negociación), pero se le otorgó nuevamente mediante la Ley Bipartidista de Prioridades y Responsabilidad Comercial del Congreso de 2015 .