En la resolución 638 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , aprobada por unanimidad el 31 de julio de 1989, tras reafirmar las resoluciones 579 (1985) y 618 (1988), el Consejo expresó su profunda preocupación por la prevalencia de incidentes de toma de rehenes que tienen graves consecuencias para la comunidad internacional y las relaciones entre los Estados.
El Consejo recordó diversas resoluciones de la Asamblea General y de otras instituciones en las que se condenaban todos los incidentes de toma de rehenes y secuestros y se pedía la liberación inmediata y segura de los rehenes dondequiera que se encontraran. También instó a los Estados a que utilizaran su influencia política, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas , para lograr la liberación segura de los rehenes y las personas secuestradas.
En la resolución se pidió también a los Estados miembros que no son partes en la Convención internacional contra la toma de rehenes que se adhirieran a ella y a otros tratados. Por último, el Consejo instó a una mayor cooperación para elaborar y adoptar medidas eficaces, de conformidad con el derecho internacional , que faciliten el enjuiciamiento, la prevención y el castigo de todos los actos de toma de rehenes como "manifestaciones del terrorismo internacional".