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Resolución 1404 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

La resolución 1404 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , adoptada por unanimidad el 18 de abril de 2002, tras reafirmar la Resolución 864 (1993) y todas las resoluciones posteriores sobre Angola , en particular las resoluciones 1127 (1997) , 1173 (1998), 1237 (1999), 1295 (2000), 1336 (2001), 1348 (2001) y 1374 (2001), el Consejo prorrogó el mecanismo de vigilancia de las sanciones contra la UNITA hasta el 19 de octubre de 2002. [1]

El Consejo de Seguridad expresó su preocupación por los efectos de la guerra civil en la situación humanitaria y determinó que la situación seguía siendo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales. Acogió con satisfacción el acuerdo de alto el fuego del 4 de abril de 2002 y declaró que el mecanismo de vigilancia seguiría en funcionamiento durante el tiempo que fuera necesario. Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas , el Consejo prorrogó el mecanismo de vigilancia por un período adicional de seis meses y le pidió que informara periódicamente al comité establecido en la Resolución 864 con un informe adicional antes del 15 de octubre de 2002. El presidente del comité debía presentar el informe al Consejo antes del 19 de octubre de 2002.

Se pidió al Secretario General Kofi Annan que designara cuatro expertos para formar parte del mecanismo de vigilancia y que hiciera los arreglos financieros necesarios para ello. [2] Por último, se pidió a todos los países que cooperaran con el mecanismo durante el curso de su mandato .

Véase también

Referencias

  1. ^ "El Consejo de Seguridad acoge con satisfacción el alto el fuego en Angola y prorroga el mandato del mecanismo de vigilancia de las sanciones hasta el 19 de octubre". Naciones Unidas. 18 de abril de 2002.
  2. ^ Findlay, Trevor (2003). "Seguimiento de las sanciones de la ONU en África: el papel de los grupos de expertos" (PDF) . Anuario de Verificación : 1–264. ISSN  1477-3759.

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