La resolución 1205 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , adoptada por unanimidad el 5 de noviembre de 1998, tras recordar todas las resoluciones sobre el Iraq , en particular las resoluciones 1154 (1998) y 1194 (1998) relativas a su programa de armas , el Consejo condenó la decisión del Iraq de cesar la cooperación con la Comisión Especial de las Naciones Unidas (UNSCOM). [1]
El 31 de octubre de 1998, el Iraq decidió poner fin a su cooperación con la UNSCOM y siguió imponiendo restricciones al Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA). El país debía cumplir sus obligaciones en virtud de la Resolución 687 (1991) y la cooperación eficaz con la UNSCOM y el OIEA es esencial en ese proceso. El Iraq examinaría las medidas que impondría una vez que hubiera revocado su última decisión.
Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas , el Consejo condenó la decisión de Iraq de no cooperar más con la Comisión Especial y el OIEA y exigió que retirara inmediatamente su decisión. [2] El país había anunciado previamente que suspendería la cooperación con ambos el 5 de agosto de 1998. [3] Hasta que Iraq cumpliera, no se revisaría la duración de las restricciones impuestas en la Resolución 687.