La Ley de Sumisión del Clero de 1533 [1] ( 25 Hen. 8 . c. 19) es una ley del Parlamento del Reino Unido .
Esta ley estaba parcialmente en vigor en Gran Bretaña a finales de 2010. [3]
La Ley en su totalidad, en la medida en que no fue derogada, excepto las secciones 1 y 3, fue derogada por la sección 1 y la Parte II del Anexo de la Ley de Derogaciones de Leyes Estatutarias de 1969 .
La derogación por la Ley de Estatutos (Derogaciones) de 1969 del artículo 2 de la Ley de Supremacía (1 Eliz 1 c 1) (1558) no afecta la vigencia continua, en la medida en que no haya sido derogada, de la Ley de Sumisión del Clero de 1533. [4]
El artículo 1(3) de la Medida del Gobierno Sinodal de 1969 establece:
Las disposiciones de las secciones 1 y 3 de la Ley de Sumisión del Clero de 1533-se aplicará de la misma manera a la formación, promulgación y ejecución de los Cánones por el Sínodo General .
- (a) requerir el consentimiento y la licencia de la Reina para la elaboración, promulgación y ejecución de cánones por dichas Convocaciones, y
- (b) siempre que no se hagan ni se pongan en ejecución por dichas Convocatorias cánones que sean contrarios o repugnantes a la prerrogativa real o a las costumbres, leyes o estatutos de este reino,
Las "convocatorias mencionadas" son las convocaciones de Canterbury y York , a las que se hace referencia en la sección 1(1).
Esta sección (que establece que ningún Cánón será contrario a la Prerrogativa Real o a las costumbres, leyes o estatutos de este reino) no se aplica a ninguna regla de derecho eclesiástico relacionada con cualquier asunto para el cual se pueda hacer una disposición por Canon de conformidad con la Medida de la Iglesia de Inglaterra (Culto y Doctrina) de 1974 [5] o la sección 1 de la Medida de la Iglesia de Inglaterra (Disposiciones Varias) de 1976. [6]
En esta sección, las palabras de comienzo fueron derogadas por la sección 1 y el Anexo 1 de la Ley de Revisión de la Ley Estatutaria de 1948 .
En esta sección, las palabras desde "pero que todo tipo de apelaciones" hasta el final fueron derogadas por la sección 87 y el Anexo 5 de la Medida de Jurisdicción Eclesiástica de 1963 (N.º 1).
En esta sección, las palabras de comienzo fueron derogadas por la sección 1 y el Anexo 1 de la Ley de Revisión de la Ley Estatutaria de 1948 .
Esta sección fue derogada por la sección 13 y la Parte I del Anexo 4 de la Ley de Derecho Penal de 1967 .
Esta sección fue derogada por la sección 87 y el Anexo 5 de la Medida de Jurisdicción Eclesiástica de 1963 .