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Código danés

Danske Lov ( en español : Código danés ) es el título de un libro de estatutos danés de 1683 que anteriormente formaba la base de la legislación danesa. Aunque se trataba principalmente de una recopilación de leyes regionales más antiguas, se necesitaron siete comisiones diferentes a lo largo de varias décadas bajo dos monarcas diferentes para elaborar el Código. En 1687, Noruega recibió su Código noruego , que en forma y contenido es aproximadamente idéntico al Código danés. El Código danés ha sido traducido al inglés, latín, alemán y ruso.

El estatuto debe considerarse en relación con las tradiciones europeas de justicia, que desde el siglo XII han ido evolucionando hacia una combinación de diferentes prácticas. Esta tradición fue fomentada por la Iglesia Católica . La mayor parte del estatuto ha sido reemplazada por leyes más nuevas. Sin embargo, partes del Código siguen vigentes, por ejemplo, el artículo 3-19-2, que establece que un empleador es responsable de la compensación por los daños que un empleado pueda causar durante su empleo.

Fondo

Antes de la adopción del Código danés, cada landskab tenía su propio código legal , a excepción de Uthlande (en gris), que seguía el derecho frisón .

El libro histórico Gesta Danorum de Saxo Grammaticus , que data del siglo XIII, describe los intentos de los reyes daneses de legislar. Uno de los primeros ejemplos de legislación danesa fue "Vederloven" de la década de 1180, que regulaba el ejército personal del rey, también conocido como Housecarls . Esto fue reemplazado por una serie de leyes regionales, primero la Ley de Scania , más tarde Jyske Lov y Sjællandske Lov. Generalmente, las leyes regionales se basan en la casuística . Esto significa que se basan en casos concretos de infracciones de la ley y describen cómo se debe resolver el conflicto. Sin embargo, las reglas de procedimiento son amplias.

Historia

Los dos primeros Comités Jurídicos y Peder Lassen

Christian V de Dinamarca

Inmediatamente después de obtener el poder absoluto, el rey Federico III nombró una comisión para examinar las leyes del reino, identificar las leyes que estaban en conflicto con el poder absoluto del rey y elaborar un nuevo procedimiento para la administración de justicia. El Código danés se considera nacido de la necesidad, ya que en aquella época la justicia se administraba sobre la base de un gran número de leyes algo contradictorias.

Además, la división de Dinamarca en dos áreas judiciales, basadas en Jutlandia y Zelanda respectivamente, se consideró molesta y anacrónica. El 12 de enero de 1661, el Colegio Estatal ( en danés : Statskollegiet ), un órgano de gobierno que supervisaba el funcionamiento del gobierno, publicó un informe en el que sugería la elaboración de un código danés integral. El rey Federico III estableció entonces el Primer Comité Jurídico, compuesto por tres juristas (incluido el asesor del Tribunal Supremo, Peder Lassen), ocho nobles y diez civiles. El trabajo en el primer Comité fracasó, una de las causas fue que los nobles no estaban contentos con la disminución sugerida de sus privilegios.

El 16 de noviembre de 1662, el rey sustituyó al primer comité por el segundo comité jurídico, integrado por los cuatro juristas más destacados del primero: Peder Lassen, Heinrich Ernst , Otte Krag y Niels Trolle . El comité redactó varios estatutos completamente nuevos, y en particular las sugerencias de Peder Lassen en materia de herencia se adelantaron a su tiempo en Dinamarca. [1] Las sugerencias del comité sobre leyes de procedimiento judicial se entregaron al Colegio Estatal, que respondió positivamente en julio de 1664. Para revisar las sugerencias, el segundo comité jurídico se amplió con cuatro juristas del Colegio Estatal, tras lo cual el trabajo comenzó a decaer una vez más.

El tercer comité jurídico y Rasmus Vinding

El 23 de febrero de 1666 se creó un tercer comité, integrado por Peder Lassen, el vicetesorero Holger Vind, el asesor de la Universidad Estatal Kristoffer Parsberg y el juez de la Corte Suprema Rasmus Vinding. El nuevo comité reflejaba la influencia del estadista Peder Schumacher (conde Griffenfeld después de su ennoblecimiento), ya que tanto Parsberg como Vinding eran sus amigos cercanos. El tercer comité inició un largo conflicto entre Lassen y Vinding en relación con el Código, ya que Lassen era el jurista profesional, mientras que Vinding carecía de formación jurídica. Vinding, profesor de historia y geografía, tenía buena reputación como juez talentoso, pero carecía de un conocimiento profundo de las leyes danesas. [2]

El trabajo en el Tercer Comité no se puso en marcha, por lo que el 8 de marzo de 1666, el Rey ordenó a cada uno de los cuatro miembros del comité que recopilaran y revisaran su propio conjunto de leyes, eliminando los estatutos obsoletos del sistema danés de escritos legales. En la práctica, se abandonó todo el trabajo anterior, lo que fue una derrota para Lassen, que había sido la fuerza impulsora hasta el momento, y tal vez una maniobra táctica del Rey para que Vinding lo sustituyera. [3] De los cuatro borradores presentados, el llamado Codex Fredericus de Vinding obtuvo la mejor recepción, después de lo cual el trabajo legislativo disminuyó nuevamente. Mientras tanto, Lassen mantuvo a mano su borrador rechazado por si el borrador de Vinding era rechazado.

A finales de la década de 1660, el amigo de Vinding, Peder Schumacher, fue designado asesor tanto del State College como de la Corte Suprema. Usó su influencia con el Rey para conseguir que se aprobara el borrador de Vinding, por lo que, mediante una orden secreta del 11 de marzo de 1669, se le encomendó a Vinding la tarea de redactar el nuevo cuerpo de leyes, Corpus juris Danici . [4] A finales de 1669, Vinding presentó sus sugerencias, que eran una versión actualizada de su anterior Codex Fredericus , pero con una estructura más sistemática y menos secciones obsoletas o contradictorias. El contenido del texto era principalmente leyes antiguas combinadas con leyes nuevas basadas en veredictos anteriores (es decir, Common Law ). [5]

Revisiones bajo Christian V

Busto de mármol de Cristián V de Dinamarca, obra de Christian Nerger, década de 1680, Museo Nacional de Varsovia

Tras la muerte del rey Federico III en 1670, el trabajo legislativo volvió a ralentizarse y el interés de Peder Schumacher (ahora conde de Griffenfeld) por el proyecto también disminuyó.

Primer Comité: Después de una larga pausa, el 24 de septiembre de 1672 se estableció un Comité de Revisión de tres personas para revisar el borrador de Rasmus Vinding. Los tres miembros eran Peder Lassen, el fiscal general Peder Lauridsen Scavenius y el canciller Peder Reedtz , quien encabezó el comité. El obispo Hans Vandal también estuvo relacionado con el trabajo, revisando las secciones que tratan sobre el clero. Lassen criticó la división del Código de Vinding en cinco partes, sugiriendo solo tres partes en su lugar. Sin embargo, su crítica no fue tan vehemente como antes, tal vez porque estaba cansado: Lassen había estado relacionado con el proyecto desde su inicio 11 años antes. [6] Las revisiones de Lassen al borrador son en su mayoría correcciones de malentendidos, con muy pocos comentarios altamente negativos. Por lo tanto, Vinding y Griffenfeld (anteriormente Schumacher) habían ganado la batalla sobre el diseño del texto.

Segundo Comité: Con la muerte del líder del comité Reedz el 10 de julio de 1674, Griffenfeld tomó el poder. Creó el Segundo Comité de Revisión incluyendo en el comité a su cuñado, el alcalde de Copenhague Jørgen Fogh y a su amigo Vinding. Cuando Griffenfeld cayó del poder el 11 de marzo de 1676, el trabajo sobre el Código danés se detuvo por completo durante cuatro años.

Tercer Comité: El 28 de febrero de 1680 se publicó una misiva real que establecía el Tercer Comité de Revisión. Estaba formado por 13 miembros, entre ellos los tres clérigos: el obispo Hans Bagger, el confesor real Hans Leth y el profesor de teología Kristian Nold. El trabajo en el comité fracasó, principalmente a causa de los clérigos que intentaron sin éxito demolerlo. El punto de fricción fueron los derechos de confesión de los extranjeros que vivían en Dinamarca, especialmente los hugonotes franceses exiliados .

Cuarto Comité: Los prolongados argumentos hicieron que el Rey designara un Cuarto Comité de Revisión el 16 de abril de 1681, compuesto por cuatro personas, entre ellas Rasmus Vinding. Fueron seleccionados para completar una revisión final del Código, e hicieron muchos cambios y adiciones menores al borrador anterior. [7] El comité completó su trabajo a fines de 1681, y el Rey aprobó el Código danés el 3 de enero de 1682. Se siguieron realizando pequeñas correcciones hasta el 23 de junio, cuando se imprimió la Ley, a pesar de que se completó oficialmente el 15 de abril, el cumpleaños del Rey.

Contenido

Además de los juramentos prestados por jueces y testigos, el código danés contiene seis libros:

Implicación e importancia del Código

El Código danés definitivo se basa, en primer lugar, en la labor legislativa danesa anterior. El derecho romano , que en aquella época tuvo una gran influencia en Europa fuera de Escandinavia, solo se puede rastrear en unos pocos lugares. [8] Esto encaja bien con el objetivo principal, que desde la Tercera Comisión Jurídica era recopilar leyes ya existentes en un formato más útil. Por tanto, el Código danés solo abordó nuevas áreas de forma limitada.

La promulgación de la ley danesa constituye un hito en la historia del derecho en Dinamarca e incluso en el norte de Europa, siendo notable en la evolución del sistema jurídico danés desde el derecho medieval hasta el sistema jurídico moderno.

La codificación del derecho danés tuvo como objetivo establecer el prestigio real por parte de Federico III y Christian V.

Se abordó parcialmente el tema del desarrollo económico y la centralización en Dinamarca mediante la creación de un texto legal único y más amplio. El área judicial danesa estaba dividida anteriormente en Jutlandia y Zelanda . En concreto, la contradicción entre lo que la mayoría tiende a llamar el derecho "civil" y "comercial" o "privado" representado por el derecho de Escania y el derecho de la Jyske Lov se resolvió en cambio con la promulgación del derecho danés bajo el gobierno de Christian V.

Algunos han hecho afirmaciones sobre su carácter "progresista" en comparación con la Europa de su tiempo; en particular, el carácter progresista de la ley danesa se refleja en la ley de herencia, hecha según la propuesta de Peder Lassen. La Ley prohibía los " crímenes contra la naturaleza " ( en danés : omgængelse mod naturen ), un término colectivo para un grupo de actos sexuales que incluían la sodomía y la bestialidad ; el castigo prescrito era la hoguera . [9]

Algunos profesores posteriores de derecho e historia, en particular el famoso jurista danés de finales del siglo XVIII y principios del XIX Anders Sandøe Ørsted , así como Edvard Holm, han comentado que la promulgación del Danske Lov fue un aspecto particularmente positivo del período de la monarquía absoluta en Dinamarca. Esta promulgación siguió en la forma los pasos dados por muchas monarquías absolutas europeas de la época, en el deseo de crear un cuerpo de leyes separado, independiente y centralizado en el Reino y la "nación" (con una comprensión algo diferente de este último término de la que se había utilizado posteriormente). Sin embargo, Stig Iuul sostiene que la legislación anterior merece el crédito porque el Código danés es en su mayor parte una compilación. [10]

El enviado inglés a Dinamarca en ese momento, Robert Molesworth , elogia el Código danés en su texto, por lo demás muy negativo, Un relato de Dinamarca como era en el año 1692. Afirma que en justicia, brevedad y claridad, el «Código supera a todos los demás textos legales que conoce»: «es tan claro y sencillo de entender que cualquier persona alfabetizada puede entender su caso y es capaz de representarse a sí misma en la Corte si así lo desea», tal vez una declaración bastante fantasiosa sobre el significado social imaginado del texto.

En siglos posteriores, el derecho fue objeto de modificaciones e intentos de sistematización académica, pero no se lo trató como un "sistema" o "fuente" de derecho universal y abarcador. Con el tiempo, no fue reemplazado y su importancia se debilitó, pero algunas de sus disposiciones siguen siendo relevantes y se invocan en decisiones judiciales.

Referencias

  1. ^ Stig Iuul, 1954, pág. 26.
  2. ^ Stig Iuul, 1954, pág. 29
  3. ^ Stig Iuul, 1954, pág. 33
  4. ^ Stig Iuul, 1954, pág. 36.
  5. ^ Stig Iuul, 1954, pág. 44-54
  6. ^ Stig Iuul, 1954, pág. 57
  7. ^ Stig Iuul, 1954, pág. 71
  8. ^ Stig Iuul, 1954, pág. 72.
  9. ^ "Omgængelse, som er imod Naturen, straffis med Baal og Brand". Kong Christian Den Femtis Danske Lov. Sjette Bog: Om Misgierninger, XIII. Kapitel: Om Løsagtighed, 15. Artikel [ Código danés del rey Cristián V. Libro 6: Sobre las fechorías, capítulo 3: Sobre la promiscuidad, artículo 15. ] (PDF) (en danés). Copenhague. 1683.
  10. ^ Stig Iuul, 1954, pág. 7

Fuentes

Enlaces externos