La Directiva 93/13/CEE sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores es una directiva de la Unión Europea (entonces llamada directiva de la Comunidad Económica Europea) que regula el uso de cláusulas sorprendentes u onerosas utilizadas por las empresas en sus relaciones con los consumidores .
Las cláusulas abusivas en los contratos de consumo se declaran nulas en virtud del apartado 209/A(2) del Código Civil húngaro , que también establece en el apartado 209(1) que
Una cláusula contractual estándar o una cláusula contractual no negociada individualmente en un contrato de consumo será abusiva si establece los derechos y obligaciones de las partes que surgen del contrato de manera unilateral e injustificada, con violación de las exigencias de la buena fe y de la equidad y en perjuicio de la parte del contrato que no la redactó. [1]
El apartado 2(d) del Decreto gubernamental 18/1999 (II. 5.) sobre las cláusulas que deben considerarse abusivas en los contratos celebrados con consumidores, de 5 de febrero de 1999 (Magyar Közlöny 1999/8), establece que
Las cláusulas de un contrato de consumo se considerarán abusivas, en particular, salvo prueba en contrario, si permiten a la parte que celebra el contrato con el consumidor modificar el contrato unilateralmente y sin necesidad de justificación, en particular si dicha parte aumenta el nivel de la compensación económica definida en el contrato, o si dichas cláusulas permiten a la parte que celebra el contrato con el consumidor modificar el contrato unilateralmente por motivos justificados, tal como se definen en el contrato, sin que el consumidor tenga derecho a resolver o cancelar el contrato con efecto inmediato. [2]
En el Reino Unido, el Reglamento sobre cláusulas abusivas en los contratos con consumidores de 1994 [3] y el Reglamento sobre cláusulas abusivas en los contratos con consumidores de 1999 [4] son instrumentos legales del Reino Unido que implementaron la directiva de la UE. [5]