stringtranslate.com

Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas

El Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas (UNAT), que reemplaza al antiguo Tribunal Administrativo de las Naciones Unidas , es un tribunal de apelaciones del sistema formal de dos niveles de administración de justicia en las Naciones Unidas. [1] Fue establecido por la Asamblea General de las Naciones Unidas en diciembre de 2008 para revisar las apelaciones contra las sentencias dictadas por el Tribunal Contencioso-Administrativo de las Naciones Unidas (UNDT). [2] El UNAT, incluida su secretaría, tiene su sede en Nueva York y celebra sesiones en la ciudad de Nueva York , Ginebra y Nairobi , según lo requiera la carga de trabajo. Celebró su primera sesión en Ginebra en 2010. [1] : párrafo (S) 39-45  [3] El UNAT es un componente del Sistema de Justicia Interna de las Naciones Unidas y figura como una oficina, junto con el UNDT y la Oficina del Ombudsman de las Naciones Unidas, bajo la secretaría de las Naciones Unidas. El UNAT, al igual que el UNDT, depende de la secretaría de las Naciones Unidas para sus necesidades administrativas, de oficina, de personal y de viajes, incluidas las de los jueces. [4]

Admisibilidad y efectos de la interposición del recurso

La interposición de un recurso de apelación tiene el efecto de suspender la ejecución de la sentencia o de la orden impugnada. Para que el Tribunal de Apelaciones admita a trámite un recurso de apelación, éste debe: a) presentarse de conformidad con el artículo 2 del estatuto; y b) presentarse dentro de los 60 días naturales siguientes a la recepción del fallo del Tribunal Contencioso-Administrativo de las Naciones Unidas. [3] : artículo 11 

Competencia

El Tribunal Contencioso-Administrativo de las Naciones Unidas es competente para conocer y emitir fallo sobre una apelación interpuesta contra una sentencia del Tribunal Contencioso-Administrativo de las Naciones Unidas cuando (a) el Tribunal Contencioso-Administrativo de las Naciones Unidas se ha excedido en su jurisdicción o competencia; (b) no ha ejercido la jurisdicción que le es conferida; (c) ha cometido un error en una cuestión de derecho; (d) ha cometido un error de procedimiento, tal que afecta la decisión del caso; o (e) ha cometido un error en una cuestión de hecho, resultando en una decisión manifiestamente irrazonable. [3] : Artículo 2, Sección 1  El Tribunal puede "confirmar, revocar, modificar o remitir la sentencia del Tribunal Contencioso-Administrativo". [3] : Artículo 2, Sección 3  Las sentencias del Tribunal Contencioso-Administrativo de las Naciones Unidas son definitivas y vinculantes para las partes.

Poderes de AT

El Tribunal de Apelaciones podrá ordenar una o ambas de las siguientes medidas: a) La anulación de la decisión administrativa impugnada o... fijar un monto de indemnización que el demandado podrá optar por pagar como alternativa a la anulación de la decisión administrativa impugnada; b) Una indemnización por daños y perjuicios,... que normalmente no excederá el equivalente a dos años de salario básico neto del solicitante. En casos excepcionales podrá ordenar el pago de una indemnización por daños y perjuicios mayor". [3] : artículo 9 

Revisión de la sentencia AT

Cualquiera de las partes puede solicitar al Tribunal de Apelaciones "la revisión de una sentencia sobre la base del descubrimiento de un hecho decisivo que, en el momento en que se dictó la sentencia, era desconocido para el Tribunal de Apelaciones y para la parte que solicita la revisión". La solicitud de revisión debe presentarse dentro de los "30 días calendario a partir del descubrimiento del hecho y dentro del año a partir de la fecha de la sentencia". Además, cualquiera de las partes puede solicitar "una interpretación del sentido o alcance de la sentencia". [3] : Artículo 11, sección 1  [5] : Artículo 24 

Presentación de recurso

Las apelaciones deben presentarse al Registrador por vía electrónica o de otro modo en un formulario prescrito, acompañado de: (a) Un resumen que explique la base legal de cualquiera de los cinco motivos de apelación establecidos en el Artículo 2.1 del estatuto en el que se basa. [3] : artículo 2.1  [5] : artículo 8 sección 1–2  El registrador, después de asegurarse de que la apelación cumple con los procedimientos establecidos, transmite la apelación al demandado. Si no se cumplen los requisitos formales del artículo, el registrador puede requerir al apelante que ajuste la apelación a los requisitos del artículo. [5] : artículo 8  El formulario para la apelación está disponible en el sitio web del AT de la ONU. [6]

Respuestas, contra-apelaciones y respuestas a contra-apelaciones

La contestación del demandado deberá presentarse dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que el demandado haya recibido el recurso transmitido por el Registrador, en el formulario prescrito, junto con un escrito, que no exceda de 15 páginas, en el que se expongan los argumentos jurídicos en apoyo de la contestación, junto con el formulario de contestación original firmado y los anexos. El Registrador transmitirá una copia de la contestación al apelante.

La parte que conteste podrá interponer un recurso de apelación , dentro de los sesenta días siguientes a su notificación, acompañado de un escrito que no excederá de quince páginas, en el que el Tribunal de Apelaciones expresará el motivo de su recurso y los fundamentos del mismo. [5] : Artículo 9 

Expedición y publicación de sentencias

Las sentencias son dictadas por paneles de tres jueces y adoptadas por mayoría de votos, y contienen los motivos, los hechos y el derecho en que se basan. El Secretario es responsable de la publicación de las sentencias del Tribunal de Apelaciones en el sitio web del Tribunal de Apelaciones después de que se dicten. [5] : Artículo 19-20 

Formato y contenido de los documentos

El tribunal de la UNAT ha establecido que todos los documentos deben presentarse en papel tamaño carta de EE. UU. o A4, deben cumplir con los formularios estándar emitidos por el Tribunal de Apelaciones, estar numerados, respetar el límite de páginas y el recuento de palabras con un tipo de letra de 12 puntos con un espacio entre líneas de 1,5 y 10 puntos para las notas a pie de página con un espacio entre líneas simple. El recuento máximo de palabras permitido para cada escrito, incluidos los encabezados, las notas a pie de página y las citas, es de 6750 palabras para un escrito de 15 páginas, 2250 palabras para un escrito de cinco páginas y 900 palabras para un escrito de dos páginas. Cada anexo a un documento presentado debe tener numeración de páginas. [7] : Para IB 

Jueces de la UNAT

El Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas, que entró en funciones el 1 de julio de 2009, está integrado por siete jueces. Los jueces del Tribunal son designados por la Asamblea General por recomendación del Consejo de Justicia Interna, de conformidad con la resolución 62/228 de la Asamblea General. [1] : párrafo 44  No hay dos jueces de la misma nacionalidad y se presta la debida atención "a la distribución geográfica y al equilibrio de género". Los jueces normalmente examinan las apelaciones en paneles de tres miembros. Artículo 3.

Los siete jueces elegidos por la Asamblea General el 3 de marzo de 2009 fueron: [8]

  1. Sra. Sophia Adinyira (Ghana), mandato de siete años
  2. Sra. Rose Boyko (Canadá), mandato de siete años
  3. Sra. Inés Mónica Weinberg de Roca (Argentina), mandato de siete años
  4. Sr. Luis María Simón (Uruguay), mandato de siete años
  5. Sr. Jean Courtial (Francia), mandato de tres años
  6. Sr. Kamaljit Singh Garewal (India), mandato de tres años
  7. Sr. Mark Painter (Estados Unidos), mandato de tres años

Registro

La Secretaría del Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas tiene su sede en Nueva York. Está dirigida por un Secretario, un abogado de categoría P 5 pagado por las Naciones Unidas. El Secretario cuenta con la asistencia de un Oficial Jurídico de categoría P 3 y dos Auxiliares Administrativos del cuadro de servicios generales. Además, la Secretaría cuenta con el apoyo de Oficiales de Investigación Jurídica y Tecnología de la Información y del personal. La Secretaría del Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas proporciona apoyo técnico y administrativo a los magistrados del Tribunal, entre otras cosas "obligando a las partes a cumplir las normas de procedimiento del Tribunal". [1] : párrafo 44  [9] : párrafo 44 

Actividad de la UNAT 2013: Resultados de las apelaciones presentadas por funcionarios de las Naciones Unidas

Estadísticamente, los funcionarios de las Naciones Unidas tienen pocas posibilidades de obtener resultados favorables en sus apelaciones al Tribunal Contencioso-Administrativo de las Naciones Unidas. En 2013, de 115 sentencias del Tribunal Contencioso-Administrativo de las Naciones Unidas, 99 fueron contra apelaciones a sentencias del Tribunal Contencioso-Administrativo de las Naciones Unidas. De esas 99 apelaciones, 61 fueron interpuestas por funcionarios, de las cuales un abrumador 72 por ciento (44) fueron rechazadas. En cambio, de las 38 apelaciones interpuestas por el Secretario General de las Naciones Unidas contra funcionarios, 31 (el 82 por ciento) fueron admitidas total o parcialmente. [10] : párrafos 38-39 

OSLA

En 2013, 52 miembros del personal optaron por representarse a sí mismos, ya sea porque no tenían confianza en la Oficina de Asistencia Jurídica al Personal (OSLA) o porque la OSLA no estaba dispuesta a ayudarlos en el proceso de apelación. Sólo 32 miembros del personal recibieron asistencia de la OSLA en el proceso de apelación ante la UNAT. [10] : párrafo 55 

Véase también

Referencias

  1. ^ abcd : párrafo(S) 39–45  Asamblea General de las Naciones Unidas (6 de febrero de 2008). «62/228. Administración de justicia en las Naciones Unidas» (PDF) . Asamblea General . Consultado el 1 de abril de 2015 .
  2. ^ "Acerca de UNAT". Oficina de Administración de Justicia Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas (UNAT) . Consultado el 1 de abril de 2015 .
  3. ^ abcdefg Asamblea General de las Naciones Unidas (2008). "ESTATUTO DEL TRIBUNAL DE APELACIONES DE LAS NACIONES UNIDAS" (PDF) . ONU . Consultado el 1 de abril de 2015 . Tal como fue adoptado por la Asamblea General en su resolución 63/253 el 24 de diciembre de 2008 y modificado por la resolución 66/237, adoptada el 24 de diciembre de 2011, y la resolución 69/203, adoptada el 18 de diciembre de 2014
  4. ^ "Secretaría de las Naciones Unidas". Naciones Unidas . Consultado el 9 de abril de 2015 .
  5. ^ abcde "REGLAMENTO DEL TRIBUNAL DE APELACIONES DE LAS NACIONES UNIDAS" (PDF) . Documentos básicos del Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas . Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas. Abril de 2013 . Consultado el 1 de abril de 2015 . (Aprobado por la Asamblea General en la Resolución 64/119 el 16 de diciembre de 2009 y modificado por la Asamblea General en la Resolución 66/107 el 9 de diciembre de 2011, la Resolución 66/237 el 24 de diciembre de 2011 y la Resolución 67/241 el 24 de diciembre de 2012)
  6. ^ "Cómo presentar una apelación". UNAT . Consultado el 1 de abril de 2015 .
  7. ^ "DIRECCIÓN PRÁCTICA 1 SOBRE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y GESTIÓN DE CASOS" (PDF) . UNAT . Consultado el 1 de abril de 2015 . El Tribunal de Apelaciones emite esta Dirección Práctica N.° 1 de conformidad con el Artículo 31(2) de las Reglas de Procedimiento del Tribunal de Apelaciones (Reglas). Esta Dirección Práctica debe leerse junto con el Estatuto del Tribunal de Apelaciones (Estatuto) y las Reglas.
  8. ^ "Tribunal de Apelaciones de la ONU". Archivado desde el original el 30 de julio de 2010.
  9. ^ "Tribunal de Apelaciones de la ONU". Archivado desde el original el 28 de agosto de 2010.
  10. ^ ab "Séptimo informe de actividades Oficina de Administración de Justicia 1 de enero al 31 de diciembre de 2013" (PDF) . Oficina de Administración de Justicia. 2014. págs. 12–17 . Consultado el 1 de abril de 2015 .

Enlaces externos