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Patrimonio anulable

Un patrimonio anulable se crea cuando un otorgante transfiere la tierra condicionalmente. Al ocurrir el evento o la condición establecida por el otorgante, la transferencia puede ser nula o al menos sujeta a anulación. (Un patrimonio no sujeto a tales condiciones se denomina patrimonio inanulable). Históricamente, el derecho consuetudinario ha desaprobado el uso de patrimonios anulables, ya que interfiere con el disfrute de los propietarios de su propiedad y, como tal, ha dificultado la creación de un interés futuro válido. A menos que se pretenda claramente un patrimonio anulable, los tribunales modernos interpretarán el lenguaje en contra de este tipo de patrimonio. Tres tipos de patrimonios anulables son el dominio absoluto determinable, el dominio absoluto sujeto a una limitación o interés ejecutorio y el dominio absoluto sujeto a una condición resolutoria . Un usufructo vitalicio también puede ser anulable.

Debido a que un patrimonio anulable siempre otorga menos que un dominio pleno , un patrimonio anulable siempre creará uno o más intereses futuros .

Propiedad absoluta determinable

Un dominio absoluto determinable es un patrimonio que terminará automáticamente cuando ocurra el evento o la condición establecidos. El interés revertirá al otorgante o a los herederos del otorgante. Normalmente, una posibilidad de reversión sigue a un dominio absoluto determinable. Sin embargo, una posibilidad de reversión no sigue a un dominio absoluto determinable sujeto a un derecho ejecutorio, porque una posibilidad de reversión está en el otorgante mientras que un derecho ejecutorio está en un tercero. El lenguaje duracional como "a A mientras la propiedad se use para un parque" crea un dominio absoluto determinable y una posibilidad de reversión. Otras palabras duracionales interpretadas para otorgar un dominio absoluto determinable incluyen "hasta", "durante" y "mientras".

Algunas jurisdicciones de los Estados Unidos han abolido este derecho. Por ejemplo, Kentucky abolió el derecho absoluto determinable y la posibilidad de reversión por ley en 1960. Un intento de crear un derecho de este tipo se interpreta como un derecho absoluto sujeto a condición resolutoria (véase más adelante), y una persona que tendría la posibilidad de reversión en el derecho consuetudinario tendrá en cambio un derecho de entrada. [1]

Una propiedad absoluta determinable no viola la regla contra las perpetuidades , ya que una posibilidad de reversión no está sujeta a la regla.

Propiedad absoluta sujeta a una limitación ejecutoria

Un dominio pleno sujeto a una limitación ejecutoria es un patrimonio que termina cuando se cumple una condición específica y luego se transfiere a un tercero. El interés no revertirá al otorgante. Si se cumple la condición, el cesionario pierde el interés y el tercero lo obtiene automáticamente. [2]

Ejemplo:

O concede Blackacre a A y al heredero de A; pero si A alguna vez acepta una barra de chocolate de C, entonces a B y a los herederos de B.

En este caso, O es el propietario original. Otorga a A un dominio absoluto sujeto a la condición subsiguiente de que no acepte una barra de chocolate de C. Sin embargo, a diferencia de un dominio absoluto sujeto a una condición subsiguiente , Blackacre pasa a un tercero (B) en lugar del otorgante (O) si se cumple la condición. Además, a diferencia de un dominio absoluto sujeto a una condición subsiguiente, B obtiene automáticamente el interés en Blackacre y no solo tiene un mero derecho a demandar por reingreso .

La cesión de Blackacre por parte del cesionario original conlleva la limitación original, pero el interés del cesionario posterior podría convertirse en pleno dominio absoluto tras la muerte posterior del cesionario original. Por ejemplo, A vende Blackacre a D. Si A luego aceptó una oferta de C por una barra de chocolate, Blackacre pasa automáticamente a B. Sin embargo, si A murió sin haber aceptado nunca una barra de chocolate de C, la condición no podría cumplirse. D tendría entonces un pleno dominio absoluto.

Propiedad absoluta sujeta a condición resolutoria

Un dominio absoluto sujeto a una condición resolutoria se crea cuando las palabras de una concesión respaldan la conclusión de que el otorgante tiene la intención de transferir un dominio absoluto pero ha adjuntado una condición a la concesión de modo que si ocurre un evento futuro específico, el otorgante recuperará su dominio absoluto , siempre que ejerza su derecho de entrada (o poder de terminación). Por lo tanto, un dominio absoluto sujeto a una condición resolutoria no termina automáticamente cuando se cumple la condición. El interés futuro se denomina "derecho de reingreso" o "derecho de entrada", y la propiedad solo revierte al otorgante original si este ejerce este derecho.

El derecho de entrada no es automático, sino que debe ejercerse para poner fin al dominio pleno sujeto a condiciones resolutorias. Para ejercer el derecho de entrada, el titular debe tomar medidas sustanciales para recuperar la posesión y el título , por ejemplo, mediante la presentación de una demanda. No se requiere la entrada física, pero el titular debe hacer más que simplemente proclamar su intención de recuperar la posesión.

Uno de los lenguajes utilizados para crear una propiedad en pleno dominio sujeto a condición subsiguiente y un derecho de entrada es "a A, pero si A vende alcohol en el terreno, entonces el otorgante tiene el derecho de entrada (o poder de terminación)".

Los usos comunes incluyen expresiones como "puede", "pero si", "sin embargo" o "siempre que...".

Referencias

  1. ^ Estatutos Revisados ​​de Kentucky Anotados § 381.218 (2006).
  2. ^ Kurtz, Sheldon. Introducción al derecho de propiedad inmobiliaria, 4.ª edición (2005), pág. 48.