En el Islam , ' iddah o iddat ( árabe : العدة , romanizado : al-ʿidda ; "período de espera") es el período que una mujer debe observar después de la muerte de su marido o después de un divorcio , durante el cual no puede casarse con otro hombre. [1] : 472 [2] Uno de sus principales propósitos es eliminar cualquier duda sobre la paternidad de un niño nacido después del divorcio o la muerte del marido anterior.
La duración del período de iddah varía según diversas circunstancias. En general, el período de iddah de una mujer divorciada es de tres meses lunares (es decir, unos 89 días), pero si el matrimonio no se ha consumado, no hay período de iddah. En el caso de una mujer cuyo marido ha fallecido, el período de iddah es de cuatro meses lunares y diez días (es decir, unos 128 días) después de la muerte de su marido, independientemente de si el matrimonio se ha consumado o no. Si una mujer está embarazada cuando enviuda o se divorcia, el período de iddah dura hasta que da a luz.
Los eruditos islámicos consideran que esta directiva es un equilibrio entre el duelo por la muerte del marido y la protección de la viuda de las críticas a las que podría verse sometida por volver a casarse demasiado pronto después de la muerte de su marido. [3] Esto también es para determinar si una mujer está embarazada o no, ya que cuatro meses y medio es la mitad de la duración de un embarazo normal. [4]
La directiva dentro del Corán ( Al-Baqarah 2:234-235), con respecto al período de espera para una viuda, es:
Si alguno de vosotros muere y deja esposas, ellas deberán esperar por sí mismas cuatro meses y diez días. Cuando hayan cumplido su plazo, no tendréis ninguna falta si se comportan de forma justa y razonable. Dios está bien informado de lo que hacéis. No tendréis ninguna falta si os prometéis matrimonio o si lo guardáis en vuestros corazones. Dios sabe que las amáis en vuestros corazones. Pero no hagáis con ellas un contrato secreto, salvo en condiciones honorables, ni os comprometáis con el matrimonio hasta que se cumpla el plazo prescrito. Y sabed que Dios conoce lo que hay en vuestros corazones y prestad atención a Él. Y sabed que Dios es indulgente, benigno. Al-Baqarah 2:234-235 Traducción Yusuf Ali (Orig. 1938) [5]
A continuación se presenta un resumen de las principales directivas (para las viudas) contenidas en estos versículos:
Estas son las directivas básicas de la Sharia con respecto al período de espera para una viuda. [ cita requerida ] También queda claro en otra directiva del Corán que durante este período de espera, la mujer no debe ser expulsada de su casa. [6]
La directiva dentro del Corán ( Al-Baqarah 2:228), con respecto al período de espera para un divorciado, es:
Las mujeres divorciadas deberán esperar tres meses para tener su primer hijo. No les está permitido ocultar lo que Dios ha creado en sus vientres, si creen en Dios y en el Día del Juicio. Sus maridos tienen más derecho a recibirlas de nuevo durante ese período, si desean la reconciliación. Las mujeres tendrán los mismos derechos que ellas, según lo que sea equitativo, pero los hombres tendrán un grado de ventaja sobre ellas. Dios es Poderoso, Sabio. Al-Baqarah 2:228 Traducción Yusuf Ali (Orig. 1938) [7]
En la sura Al-Ahzab se afirma:
¡Oh, creyentes! Si os casáis con mujeres creyentes y luego os divorciáis de ellas antes de haberlas tocado, no tendréis que esperar un tiempo para que se os cuente por ellas. Procuradlas y concededles una gracia. — (Corán 33:49) [8]
En la sura At-Talaq del Corán , versículo 65:4, se afirma:
Aquellas mujeres que hayan pasado la edad de la menstruación tendrán un período de tres meses, si tenéis alguna duda, y para las que no tienen menstruación, será lo mismo. A las que estén embarazadas, el período durará hasta que den a luz. A las que temen a Dios, Él les facilitará el camino. At-Talaq 65:4 Traducción Yusuf Ali (Orig. 1938) [9]
La directiva dentro del Corán Surat At-Talaq 65:4, con respecto al período de espera para "aquellos que no tienen cursos" (es decir, que aún son jóvenes), es:
[10] Y aquellas de vuestras mujeres que hayan pasado la edad de los ciclos menstruales, para ellas el 'Iddah (período prescrito), si tenéis dudas (sobre sus ciclos), es de tres meses, y para aquellas que no tienen ciclos (es decir, que aún son inmaduras) su 'Iddah (período prescrito) es de tres meses igualmente, excepto en caso de muerte .
La traducción de Mohsin Khan también aclara que esto se refiere a aquellas que aún no han menstruado , ya que son "aún inmaduras". [11]
A continuación se presenta un resumen de las principales directivas (para los divorcios) contenidas en estos versículos:
Comentario del Imam Suyuti, Tafsir al-Jalalayn: Y en cuanto a aquellas de vuestras mujeres que leen allā'ī o allā'i en ambos casos ya no esperan menstruar, si tenéis alguna duda sobre su período de espera, su período de espera prescrito será de tres meses y también para aquellas que aún no han menstruado debido a su corta edad, su período también será de tres meses - ambos casos se aplican a otras personas excepto aquellas cuyos cónyuges han muerto; para estas últimas su período está prescrito en el verso, esperarán por sí mismas durante cuatro meses y diez días. [12]
Tafsir ibn Kathir, dice de este verso:
Su ida es de tres meses en lugar de los tres ciclos mensuales de las que menstrúan, lo cual se basa en la aleya de (Sura) Al-Baqarah. (Ver 2:228) Lo mismo para las jóvenes, que no han alcanzado los años de la menstruación. Su ida es de tres meses como las que están en la menopausia. [13]
El Tafsir al Jalalyn escrito en coautoría con el erudito Imam Suyuti dice sobre este verso
Y [en cuanto a] aquellas de vuestras mujeres que (léase allā'ī o allā'i en ambos casos) ya no esperan menstruar, si tenéis alguna duda, su período [de espera] prescrito será de tres meses, y [también para] aquellas que aún no han menstruado, debido a su corta edad, su período [también] será de tres meses [14]
Y quienes llevan (vida en su vientre), su iddah durará hasta que den a luz sus cargas (Corán 65:4)
Las mujeres divorciadas y las viudas embarazadas no pueden volver a casarse hasta el parto. No pueden volver a casarse hasta que transcurra un período de espera que despeje toda duda sobre la existencia de un embarazo. [15]