En Inglaterra, Gales e Irlanda del Norte, los directores de las escuelas son los supervisores de las mismas. En las escuelas públicas , tienen tres funciones principales: [1]
Son la fuerza voluntaria más grande del país. [2]
En Inglaterra, Gales e Irlanda del Norte, cada escuela pública tiene un órgano de gobierno, que consta de un número específico de distintas categorías de directores, según el tipo y el tamaño de la escuela. Los directores no reciben remuneración, pero pueden recibir un reembolso por gastos como el cuidado de personas a cargo o familiares y los gastos de viaje. En virtud del artículo 50 de la Ley de Derechos Laborales de 1996 , los empleadores deben conceder a cualquier persona que trabaje como director un tiempo libre razonable para llevar a cabo sus funciones de director. Los empleadores pueden decidir si este tiempo libre se concede con o sin goce de sueldo. [3]
Generalmente se aplican las siguientes categorías:
Las proporciones varían entre los diferentes tipos de escuela, pero, como ejemplo, en las escuelas comunitarias , que generalmente son propiedad de la LEA , las regulaciones prescriben que los gobernadores de padres deben ser al menos un tercio de los gobernadores, los gobernadores del personal al menos dos lugares, pero no más de un tercio, incluido el director; los gobernadores de la LEA el 20% y los gobernadores de la comunidad al menos el 20%. Las escuelas de la iglesia generalmente incluirán un representante de la iglesia además de las categorías anteriores. El número mínimo de gobernadores es nueve, el máximo es veinte (aunque los gobernadores patrocinadores se suman a estos números). Los gobernadores son nombrados por un máximo de cuatro años, este mandato es renovable.
El director de cada escuela es miembro del consejo directivo por derecho propio , pero puede negarse a asumir el cargo. Si decide no ser miembro del consejo directivo, su puesto queda vacante. [4]
Los miembros del consejo escolar (excepto el director) son elegidos por el personal de la escuela y deben recibir un salario por trabajar en la escuela, directamente por parte de la escuela (es decir, no en virtud de un contrato externo, como el de catering o limpieza). Al menos un miembro del consejo escolar debe ser docente y, si hay tres o más miembros del consejo escolar, al menos uno debe ser miembro del personal de apoyo. Si ningún miembro de la categoría correspondiente se presenta a las elecciones, el puesto vacante puede ser ocupado por una persona elegida de la otra categoría (es decir, si ningún docente desea convertirse en miembro del consejo escolar, todos los miembros del consejo escolar pueden ser miembros del personal de apoyo, y viceversa).
Los padres de los niños que asisten a la escuela pueden elegir a los directores de los colegios o, si no se elige a un número suficiente de ellos, pueden ser designados por el órgano de gobierno para cubrir las vacantes restantes. No es necesario que los designados sean padres de niños que asisten actualmente a la escuela; si no se encuentran candidatos adecuados, pueden ser padres de exalumnos o de cualquier niño en edad escolar. Los padres designados pueden ser destituidos de sus cargos por mayoría de votos del órgano de gobierno.
El órgano de gobierno puede designar miembros asociados como miembros de comités, y pueden incluir alumnos, personal escolar o cualquier otra persona que el órgano de gobierno considere que podría contribuir a su trabajo. Sus derechos de voto son decididos por el órgano de gobierno y también están limitados por ley para excluir asuntos relacionados con el presupuesto, las admisiones, la disciplina de los alumnos y la elección o designación de los directores. Los miembros asociados no son directores y no están incluidos en el instrumento de gobierno de la escuela.
Por ley, los órganos de gobierno se reúnen al menos tres veces al año, como órgano de gobierno en pleno , donde se discuten los asuntos en curso de los comités, el órgano de gobierno y la escuela, se informa sobre ellos y se toman decisiones por mayoría de votos. Sin embargo, la mayor parte del trabajo de los gobernadores se realiza a nivel de comité.
El órgano de gobierno está dirigido por el presidente , elegido por el órgano de gobierno entre sus miembros, aunque nadie que trabaje en la escuela puede presentarse como candidato al cargo. Desde el 1 de septiembre de 2003, el mandato del presidente puede ser superior a un año.
El presidente cuenta con el apoyo de uno o más vicepresidentes en su trabajo, a quienes se les pueden delegar ciertas tareas o responsabilidades. Algunas tareas, incluida la aprobación del presupuesto escolar, solo pueden ser realizadas por el presidente. [ cita requerida ] El proceso de elección del presidente y el vicepresidente y su período de mandato deben establecerse en el reglamento interno del órgano de gobierno.
El órgano de gobierno en pleno puede destituir al presidente o a cualquier vicepresidente mediante un voto mayoritario de censura.
Los directores reciben el apoyo de un empleado administrativo del órgano de gobierno. En muchas escuelas, esta función se combina con la de tesorero o funcionario administrativo, aunque también pueden desempeñar únicamente funciones de empleado administrativo. En algunas zonas, la autoridad educativa local puede proporcionar servicios de empleado administrativo . El empleado administrativo recibe una remuneración por su trabajo.
El secretario suele ser considerado parte integrante del órgano de gobierno, ya que ofrece asesoramiento pero no tiene derecho a voto. Su función es principalmente la de asesorar e interpretar el marco normativo y administrativo en el que trabajan los gobernadores, preparar y distribuir actas y órdenes del día, llevar registros y gestionar la correspondencia.
El director de la escuela es responsable de la gestión diaria de la misma. La función del órgano de gobierno es proporcionar una gestión estratégica y actuar como un "amigo crítico", apoyando el trabajo del director y del resto del personal.
Las escuelas suelen contar con un presupuesto delegado para cubrir salarios, gastos de funcionamiento, mantenimiento y equipamiento; el órgano de gobierno es responsable de gestionar este presupuesto. Puede decidir cuántos y qué tipos de personal contratar, qué equipamiento actualizar o reemplazar y cuáles son las prioridades para implementar nuevas estrategias e iniciativas.
Los gobernadores deben nombrar al director y pueden participar en el nombramiento de otros miembros del personal. [5]
Los gobernadores también desempeñan un papel en el seguimiento del progreso de la escuela y en el establecimiento de objetivos anuales para el desempeño de la escuela y del director (y en garantizar que el director establezca objetivos para el resto del personal).
Los gobernadores deben revisar las exclusiones escolares en determinadas circunstancias y tienen el poder de reincorporar a un alumno excluido o reducir el período de la exclusión (aunque no de aumentarlo).
Las escuelas de base , las escuelas subvencionadas voluntariamente y las academias actúan como sus propias autoridades de admisión. En dichas escuelas, el órgano rector establece la política de admisión, toma decisiones sobre admisión y defiende las apelaciones de admisión.
La mayoría de los órganos de gobierno utilizan una estructura de comités para llevar a cabo sus funciones de seguimiento y evaluación. La composición y los términos de referencia de los comités deben determinarse anualmente. Los comités de finanzas, personal, admisiones, salud y seguridad, currículo e instalaciones son muy comunes. Otras áreas cubiertas por los comités pueden incluir marketing, disciplina y gestión. Muchos órganos de gobierno forman grupos de trabajo para abordar problemas específicos.
Desde el 1 de septiembre de 2003, a determinados comités se les pueden delegar poderes para tomar decisiones sobre la escuela que no requieren la aprobación del pleno del órgano de gobierno.
La autoridad local, el gobierno central u otras organizaciones pueden ofrecer capacitación y apoyo a los gobernadores y secretarios.
Hay una serie de organizaciones, sitios web y recursos que apoyan a los gobernadores y órganos de gobierno en Inglaterra y Gales.
The Key for School Governors es un servicio de suscripción que ofrece información y recursos actualizados para apoyar a las juntas directivas. Además de herramientas de aprendizaje electrónico y en línea como Compliance Tracker, The Key ofrece una inducción gratuita en línea para gobernadores en asociación con Governors for Schools y Lloyd's Banking Group.
La Asociación Nacional de Gobernadores es un organismo que representa a los gobernadores de las escuelas de Inglaterra. La NGA es una organización benéfica independiente. Los gobernadores pueden unirse a la NGA como individuos, como miembros de un organismo rector o a través de su asociación local de gobernadores.
Governor Wales es la voz de los directores de las escuelas de Gales. Governor Wales está financiado por el Gobierno de Gales .
Governors for Schools es una organización benéfica financiada por el gobierno que se encarga de reclutar gobernadores para los órganos de gobierno de Inglaterra. Governors for Schools también recibe apoyo de organizaciones empresariales. El servicio Governors for Schools es gratuito para las autoridades educativas locales, los voluntarios, los empleadores y las escuelas. En 2012, Governors for Schools inició una asociación con la Universidad de Manchester para garantizar que las escuelas locales tengan acceso a gobernadores capacitados. [6]
GovernorLine ofrece asesoramiento, información y apoyo gratuitos y confidenciales a directores, secretarios y personas que participan directamente en la gestión de escuelas públicas de Inglaterra. GovernorLine es un servicio gratuito prestado por una organización llamada WorkLife Support, bajo contrato con el gobierno del Reino Unido.
GovernorNet.co.uk era un sitio web del gobierno del Reino Unido con información para los directores de escuelas. El Departamento de Educación lo cerró en abril de 2011, con una recomendación a los directores de utilizar los distintos foros disponibles, incluidos UK Governors y TES Connect.
Las escuelas privadas , y en particular las públicas, generalmente cuentan con órganos de gobierno, aunque por su propia naturaleza dichas escuelas suelen decidir sus propios requisitos para su composición.
En un estudio publicado en 1995 se examinó si los directores de las escuelas eran organismos de "ciudadanos activos" que brindaban oportunidades de participación democrática en la gestión de las escuelas o si eran voluntarios no remunerados que cumplían las órdenes del Estado. También se concluyó que la composición y el funcionamiento de los órganos de gobierno estaban determinados por las divisiones sociales de clase, raza y género. [7]