El Consejo General de la Escocia medieval era una institución hermana del parlamento que existió entre finales del siglo XIV y principios del siglo XVI. Se ha sostenido que era casi indistinguible del parlamento y los historiadores siempre lo han tratado junto con él. La principal diferencia era que podía ser convocado con menos de los cuarenta días de preaviso que exige la ley para el parlamento y otros tribunales y, como no era un tribunal, no tenía la capacidad judicial final de la institución superior en cuestiones como la confiscación de la vida y la propiedad por traición. Podía aumentar los impuestos y promulgar leyes tan importantes como el parlamento. En tiempos de minoría o incapacidad real, a menudo se prefería al parlamento (por ejemplo, los reinados de Roberto II , Roberto III , el período de cautiverio de Jacobo I (1406 a 1424) y gran parte de la larga minoría de Jacobo II (1437 a 1445). En el reinado de Jacobo III , parece haber sido abandonado en gran medida, incluso en el período de minoría de 1466 a 1470, aunque esto puede ser en parte un efecto secundario de que sus registros se separaran del registro principal del parlamento y posteriormente se perdieran. Los Consejos Generales finalmente dejaron de celebrarse en el reinado de Jacobo IV, poco antes de que comenzaran a celebrarse las Convenciones de los Estados .