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Elecciones generales de Puerto Rico de 2004

Las elecciones generales se llevaron a cabo en Puerto Rico el martes 2 de noviembre de 2004. Después de un conteo realizado por la Comisión Estatal de Elecciones , el ganador fue investido para un mandato de cuatro años como Gobernador de Puerto Rico el 2 de enero de 2005.

También fueron elegidos para términos de cuatro años el cargo de Gobernador de Puerto Rico y toda la Cámara de Representantes y todo el Senado , así como los Alcaldes de los municipios de Puerto Rico , y el Comisionado Residente .

Por primera vez en la historia de Puerto Rico , ciudadanos incapaces de movilizarse a colegios electorales por razones médicas, pero capaces de ejercer su derecho al voto, fueron visitados en sus propios hogares y hospitales para que pudieran ejercer su voto.

Candidatos

Gobernador

Comisionado residente

Resultados

Los resultados fueron anunciados por la Comisión Estatal de Elecciones (CEE-PUR) del 2 al 3 de noviembre de 2004 después del cierre de los colegios electorales el 2 de noviembre a las 3:00 pm AST .

El 3 de noviembre, luego de computarse 1.970.759 votos (98,3% del total de votos), Aníbal Acevedo Vilá (PPD) fue certificado preliminarmente como ganador para Gobernador de Puerto Rico . Por otro lado, Luis Fortuño (PNP) fue certificado como Comisionado Residente , mientras que el Senado y la Cámara de Representantes también estuvieron dominados por el Partido Nuevo Progresista .

La certificación preliminar fue firmada por Gerardo Cruz, comisionado electoral del Partido Popular Democrático (PPD), Brunilda Ortiz, comisionada electoral suplente del Partido Nuevo Progresista (PNP), y Andrés Miranda Rosa, comisionado electoral suplente del Partido Independentista Puertorriqueño ( PEPITA). Los comisionados suplentes fueron autorizados por los comisionados electorales en propiedad de su partido, Tomás Rivera Schatz (PNP) y Juan Dalmau (PIP).

Boleta de muestra para las elecciones de gobernador de 2004, que ilustra el voto mixto permitido según la Regla 50 de la CEE.

El margen de victoria de Acevedo Vilá sobre Pedro Rosselló fue de 3.566 (0,2%) votos, mientras que Luis Fortuño tuvo 11.137 (0,49%) votos de ventaja frente a Roberto Prats para Comisionado Residente . Debido al pequeño margen de victoria, las leyes electorales puertorriqueñas establecen que se debe realizar un recuento, y que una vez finalizado este recuento, el ganador oficial será certificado por la CEE-PUR. El recuento comenzó el lunes 9 de noviembre como marca la ley, y debía finalizar el 31 de diciembre o antes.

Durante el período, Rosselló interpuso una demanda civil contra el propio Acevedo Vilá por una disputa de ciertas papeletas emitidas durante las elecciones. Esto dio lugar a una prolongada controversia que involucró apelaciones ante los tribunales federales de los Estados Unidos y el Tribunal Supremo de Puerto Rico . Las papeletas en cuestión se emitieron marcando el Partido Independentista Puertorriqueño o el Partido Nuevo Progresista (es decir, marcando una cruz bajo el emblema de uno de estos partidos), además de colocar marcas individuales (cruces) de los candidatos a favor de Acevedo Vilá como candidato a la presidencia. gobernador del Partido Popular Democrático y Roberto Prats , candidato del Partido Popular Democrático a Comisionado Residente . La marca que indica la selección de un partido político selecciona la lista de candidatos de ese partido de forma predeterminada, pero el votante también puede seleccionar candidatos individuales de otros partidos para reemplazar a los candidatos de la lista predeterminada.

La controversia llegó al Tribunal Supremo de Puerto Rico , que dictaminó por 4 a 3 que las papeletas en cuestión eran válidas. En su opinión inicial, la mayoría de la Corte Suprema interpretó que las papeletas impugnadas indicaban que los votantes estaban votando por el PIP como partido a los efectos de declarar la afiliación partidista (y para la lista predeterminada del PIP), pero habían decidido trasladar sus votos a candidatos individuales. de las listas de otros partidos. Este tipo de voto, descrito como "voto mixto", está permitido en la Regla 50 de las reglas de la Comisión Estatal de Elecciones, con base en la Ley Electoral del Estado Libre Asociado, modificada en 2004, Título 2, Sección 2.001, Subsección 3. [1] La práctica Por lo tanto, se considera legal y desde hace bastante tiempo está publicado en las instrucciones oficiales para los votantes de la Comisión Electoral Estatal. Esta opción de voto también fue permitida y vista en las elecciones de 1996 y 2000, y nunca antes había sido impugnada, ni en la Legislatura ni por el Comisionado Electoral del PNP. Los votos individuales para candidatos que no pertenecen al partido seleccionado por el votante se deducen luego de los votos otorgados a los candidatos predeterminados del partido del votante. El resultado final es un solo voto por candidato.

Al mismo tiempo, Rosselló impugnó las boletas en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico, donde el juez de distrito Daniel Domínguez ordenó a la Comisión Electoral de Puerto Rico contar los votos en disputa pero no adjudicarlos a ningún candidato hasta que tomara una decisión. sobre el fondo del caso. Acevedo Vilá y su equipo impugnaron este fallo y el caso pasó a la Corte de Apelaciones del Primer Circuito de los Estados Unidos , donde tres jueces dictaminaron que la cuestión de si los votos fueron emitidos apropiadamente no era una cuestión constitucional federal en el caso Rosselló. -González v. Calderón-Serra y por lo tanto debería ser decidido por el Tribunal Supremo de Puerto Rico a nivel estatal. [2] La Corte Suprema confirmó su decisión anterior 4-3. El 28 de diciembre de 2004 finalizó el recuento y Acevedo Vilá fue certificado como ganador y por tanto elegido Gobernador. Una vez que se anunciaron los ganadores oficiales, fueron inaugurados por períodos de cuatro años el 2 de enero de 2005.

Gobernador

Comisionado residente

Senado

Cámara de los Representantes

Referencias

  1. ^ "Ley Electoral de Puerto Rico" (PDF) (en español). Comisión Estatal de Elecciones. Archivado desde el original (PDF) el 10 de octubre de 2004 . Consultado el 4 de diciembre de 2008 .
  2. ^ Dwyer Arce (15 de diciembre de 2010). "El Primer Circuito sostuvo que el tribunal federal carecía de jurisdicción para conocer la disputa electoral de Puerto Rico". JURISTA - Este día en el derecho.
  1. "Elecciones Generales de 2004". Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico. San Juan, Puerto Rico. 3 de noviembre de 2004.
  2. CEE certifica preliminarmente a Acevedo Vilá y Fortuño. San Juan, Puerto Rico: El Nuevo Día . 3 de noviembre de 2004.

enlaces externos