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Artículo 5 del Convenio Europeo de Derechos Humanos

El artículo 5 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (Art.5 CEDH para abreviar) establece que toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales . La libertad y la seguridad de la persona se consideran un concepto "compuesto": la seguridad de la persona no ha sido objeto de una interpretación separada por parte del Tribunal.

Artículo 5 – Derecho a la libertad y a la seguridad

  1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad de su persona. Nadie será privado de su libertad salvo en los siguientes casos y de conformidad con el procedimiento prescrito por la ley:
    1. la detención legal de una persona después de haber sido condenada por un tribunal competente;
    2. el arresto o detención legal de una persona por incumplimiento de una orden legal de un tribunal o para garantizar el cumplimiento de cualquier obligación prescrita por la ley;
    3. el arresto o detención legal de una persona efectuado con el propósito de llevarla ante la autoridad legal competente bajo sospecha razonable de haber cometido un delito o cuando se considere razonablemente necesario para impedir que cometa un delito o huya después de haberlo cometido. entonces;
    4. la detención de un menor por orden legal con fines de supervisión educativa o su detención legal con el fin de llevarlo ante la autoridad judicial competente;
    5. la detención legal de personas para la prevención de la propagación de enfermedades infecciosas, de personas mentalmente enfermas, alcohólicos o drogadictos o vagabundos;
    6. el arresto o detención legal de una persona para impedirle una entrada no autorizada en el país o de una persona contra la cual se están tomando medidas con miras a su deportación o extradición.
  2. Toda persona detenida será informada sin demora, en un idioma que comprenda, de los motivos de su detención y de cualquier cargo formulado contra ella.
  3. Toda persona arrestada o detenida de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1.c de este artículo será llevada sin demora ante un juez u otro funcionario autorizado por la ley para ejercer el poder judicial y tendrá derecho a ser juzgada en un plazo razonable o a ser puesta en libertad en espera de juicio. La liberación podrá estar condicionada a garantías de comparecencia a juicio.
  4. Toda persona privada de su libertad mediante arresto o prisión tendrá derecho a interponer procedimientos mediante los cuales un tribunal decidirá rápidamente sobre la legalidad de su prisión y ordenará su liberación si la prisión no es legal.
  5. Toda persona que haya sido víctima de arresto o detención en contravención a lo dispuesto en este artículo tendrá derecho efectivo a una indemnización.

Historia

El artículo 5 establece el derecho a la libertad y la seguridad , sujeto únicamente a arresto o detención legal en determinadas otras circunstancias, como el arresto por sospecha de un delito o el encarcelamiento en cumplimiento de una sentencia. El artículo también establece el derecho a ser informado en un idioma que se comprenda de los motivos del arresto y de cualquier cargo en su contra, el derecho a un rápido acceso a los procedimientos judiciales para determinar la legalidad del arresto o detención y a ser juzgado dentro de un plazo razonable. o libertad en espera de juicio, y el derecho a indemnización en caso de arresto o detención en violación de este artículo.

Caso de ley

Ver también

enlaces externos