El Acta de Unión de 1707 y la legislación escocesa anterior a la Unión disponían que 14 miembros del Parlamento (MP) de Escocia fueran elegidos en los distritos de los burgos . Todos los burgos parlamentarios ( burgos representados en el Parlamento de Escocia anterior a la Unión ) fueron asignados a un distrito, excepto Edimburgo , que tenía un diputado solo. Los burgos de un distrito no estaban necesariamente adyacentes ni siquiera muy juntos.
Hasta 1832, el consejo de cada burgo de un distrito elegía un comisionado, que tenía un voto para el diputado. El comisionado del Burgo que regresa (cuya función rotaba entre los burgos en elecciones sucesivas) tenía un voto de calidad adicional si los números eran iguales.
La Ley de Reforma Escocesa de 1832 modificó la composición de los distritos y los límites de un burgo a efectos parlamentarios dejaron de ser necesariamente los del burgo para otros fines. Se amplió el sufragio y se sumaron los votos de todos los burgos.
Hubo más cambios en el número y la composición de los distritos en virtud de la Ley de Representación del Pueblo (Escocia) de 1868 , la Ley de Redistribución de Escaños de 1885 y la Ley de Representación del Pueblo de 1918 .
El sistema de distritos de burgos fue finalmente descontinuado por la Ley de la Cámara de los Comunes (Redistribución de escaños) de 1949 , pero el término Burghs continuó utilizándose en los nombres de algunos distritos electorales hasta 1974 .
La idea de burgos parlamentarios continúa hasta el día de hoy, en forma de distritos electorales de burgo , que son distintos de los distritos electorales de condado . Esta distinción es significativa en términos de los gastos permitidos a los candidatos electorales.
1708-1832 (14 distritos) (65 burgos)
1832-1868 (14 distritos) (69 burgos)
1868-1885 (15 distritos) (72 burgos)
1885-1918 (13 distritos) (62 burgos)
1918-1950 (6 distritos) (26 burgos)