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Delito municipal

En Wisconsin , un delito municipal o un delito de ordenanza o un delito civil o un delito no penal o una infracción municipal es la infracción de una ordenanza municipal . [1]

Una infracción municipal no es un delito . [2] [3]

A partir de 1989, el Código de Montana disponía que:

7-1-4150. Infracciones municipales — delito civil. (1) Una infracción municipal es un delito civil punible con una multa civil de no más de $300 por cada infracción o, si la infracción es reincidente, una multa civil que no exceda los $500 por cada infracción reincidente.
(2) Un municipio puede, mediante ordenanza, disponer que la violación de una ordenanza constituye una infracción municipal.
(3) (a) Un municipio puede, mediante ordenanza, disponer que un delito penal conforme a la ley estatal que se castiga únicamente con una multa es una infracción municipal.
(b) Se deben imponer recargos legales, como se establece en 3-1-317(1)(a), 3-1-318(1) y 46-18-236(6)(a), sobre las infracciones municipales que son delitos penales según la ley estatal, y los montos deben distribuirse según lo dispuesto en esas secciones.
(c) No se podrá procesar a una persona por el mismo acto u omisión de actuar en virtud de una ordenanza de infracción municipal y del delito penal estatal correspondiente en el que se basa la ordenanza de infracción municipal.
(4) Un funcionario autorizado por un municipio para hacer cumplir un código o reglamento municipal puede emitir una citación civil a una persona que cometa una infracción municipal. La citación puede notificarse personalmente, por correo certificado dirigido al acusado a la última dirección postal conocida del acusado, con acuse de recibo solicitado, o por publicación, según lo dispuesto en la Regla 4D(5). MR Civ. P. El funcionario que la emite debe conservar una copia de la citación y debe enviar una copia al secretario del tribunal municipal o de la ciudad. La citación debe servir como notificación de que se ha cometido una infracción municipal y debe contener la siguiente información:
a) el nombre y la dirección del demandado;
(b) el nombre o la descripción de la infracción atestiguada por el funcionario que emite la citación;
(c) el lugar y la hora de la infracción;
(d) el monto de la multa civil que se aplicará o la reparación alternativa solicitada, o ambas; ::(e) la forma, el lugar y el momento en que se podrá pagar la multa;
f) la hora y el lugar de la comparecencia ante el tribunal; y
g) la sanción por no comparecer ante el tribunal. [4]

Véase también el Código de Iowa Anotado, West Pub Co, 1994, vol. 17, pág. 75.

Referencias

  1. ^ Ver todas las referencias
  2. ^ West's Southern Reporter. West Publishing Company. 1997. Párrafos 9-11, pág. 1215. Párrafo 630, pág. 101.
  3. ^ LSA-RS 14:7; Estado v Wilcoxon 26, 126 (La App 2d Cir 22/06/194), 639 So 2d 385, 390, recurso denegado, 94-1961 (La 12?16/94), 648 So 2d 386; Estado v Ladner 619 So 2d 1144 (La App 1st Cir 1993), recurso denegado; Estado v Martin 694 So 2d 1209, 29,352, 29,433 (La App 2 Cir 13/05/97)
  4. ^ Código de Montana anotado. Consejo legislativo de Montana. 1989. Volumen 2. Páginas 20 y 21.